Ilegítimo ataque saudí contra Yemen
Los bombardeos contra Yemen han causado numerosas pérdidas entre la población civil
Arabia Saudita inició una agresión militar contra Yemen anunciándola como una respuesta al pedido que hizo el presidente dimisionario yemení Abdrabbo Mansur Hadi para luchar contra los rebeldes huties en ese país, sobre la base del principio de legítima defensa, enmarcado en la Carta Fundacional de las Naciones Unidas, para lo cual se prevé emplear todos los medios posibles, incluyendo la intervención militar. El propósito del presente artículo es el de analizar la legitimidad de esta intervención desde tres puntos de vista: a) la legislación interna, b) el derecho internacional y c) el derecho humanitario de Yemen.
a) Según la Constitución yemení, las condiciones que posibilitan la intervención de un país extranjero para estabilizar la situación interna no coinciden con la situación existente. Existen dos vías para legitimar el uso de fuerzas militares foráneas en Yemen, una debe contar con la aprobación del Parlamento, y la otra, por el Consejo de Defensa Nacional.
La Constitución de ese país establece que “tras la aprobación del Parlamento, corresponde al presidente anunciar la movilización de las tropas”. Sin embargo, el presidente no puede decidir una intervención militar sin la aprobación parlamentaria. Además, el Consejo de Defensa Nacional, hasta antes de la agresión saudí, no había sido convocado para este particular ni tampoco se había aventurado a tomar una decisión al respecto. Por lo tanto, la agresión militar en Yemen, además de vulnerar su Constitución, constituye una violación del derecho internacional, empleando el uso de la fuerza en asuntos internos, con el riesgo de desmembrar la integridad territorial de Yemen.
b) Según la Carta Fundacional de las Naciones Unidas, los miembros de esa organización se comprometen a “arreglar sus controversias por medios pacíficos, de tal manera que no se arriesguen ni la paz y la seguridad internacionales ni la Justicia”. Este principio prohíbe la recurrencia a cualquier medio no pacífico. Asimismo prohíbe a todos los miembros recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza, así como a cualquier otro método incompatible con los propósitos de la ONU contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado. “Todo miembro de las Naciones Unidas que haya violado repetidamente los principios contenidos en esta Carta podrá ser expulsado de la organización por la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad”.
Como se puede colegir, la agresión saudí contra Yemen no corresponde con los propósitos internacionales. La Carta de las Naciones Unidas establece que los Estados antes de cualquier acción militar deben apelar a la negociación, la investigación, la mediación y otros medios pacíficos. Lo significativo de estos principios internacionales es que establecen el modo de intervención del Consejo de Seguridad de la ONU en la solución de diferendos entre dos o más Estados. Sobre esta base, primero el Consejo debe pedir a las partes involucradas que solucionen las diferencias por dichos medios. De no ser posible esta vía, las partes deben someter a un diferendo al Consejo de Seguridad; y más importante aún es el rol que se le ha asignado a esta instancia de la ONU respecto a recomendaciones a las partes. La Carta establece que “ninguna disposición menoscabará el derecho inmanente de legítima defensa, individual o colectivamente, en caso de ataque armado contra un miembro de las Naciones Unidas, hasta que el Consejo de Seguridad haya tomado las medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad internacionales. Las medidas tomadas por los miembros en ejercicio del derecho de legítima defensa serán comunicadas inmediatamente al Consejo de Seguridad”.
Por tanto, la justificación saudí para una intervención militar en Yemen, basada en la solicitud del expresidente yemení (Hadi presentó su dimisión al Parlamento en enero ante las crecientes exigencias de los rebeldes), es injustificable, y es imposible referirse a tal solicitud como un pedido legítimo. Riad solamente podría justificar su acción en caso de que el exmandatario fuese presidente.
Segundo, Arabia Saudita, antes de la agresión, habiendo informado de la situación al Consejo de Seguridad, debería haber obtenido el permiso necesario. Abdrabbo Hadi solamente era la persona encargada del proceso de transición de poder en Yemen, y carece de la atribución para solicitar la intervención militar del Gobierno saudí.
En resumidas cuentas, según la Carta Fundacional de las Naciones Unidas, la invasión a Yemen es un hecho ilegítimo e ilegal. Este documento establece que los países deben contar primeramente con la aprobación del Consejo de Seguridad antes de realizar acciones contra cualquier otro país. Éste es un paso que de ninguna manera han dado las autoridades saudíes antes de la invasión a Yemen, vulnerando lo establecido en la Carta. Es obvio que el Consejo de Seguridad se vendó los ojos ante esta notoria violación de los sauditas, que está ocasionando una matanza de inocentes, así como la destrucción de la infraestructura de Yemen.
c) Los ataques contra Yemen han causado numerosas pérdidas humanas entre la población civil. Los objetivos de los sauditas para doblegar al pueblo yemení incluyen la destrucción de la infraestructura urbana, las redes de los servicios básicos y los hospitales. Tales daños y agresiones entran en contraposición con las declaraciones y resoluciones de la ONU en referencia al respeto a los derechos humanos y a los principios básicos sobre el apoyo a los civiles en situaciones conflictivas. Pese a que estos documentos vinculantes prohíben los ataques contra los civiles, Arabia Saudita continúa realizando estas acciones.