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De ley

Han pasado 12 años de la insurrección de octubre de 2003. El pueblo alteño fue determinante en el curso que tomaron aquellas protestas por el destino del gas boliviano, así como también en la propuesta de refundación del país, con la necesidad de organizar una Asamblea Constituyente conformada por el pueblo a través de los representantes de las organizaciones sociales. Fue genial escribir una nueva Constitución Política del Estado con la participación de hombres y mujeres constituyentes con escolaridad básica, pero que sin embargo tenían claro lo que significaba un país para todas y todos, después que estuvieron más de cinco siglos acallados; una nueva Carta Magna que costó mucho, por toda la violencia desatada por una derecha que no quería perder privilegios y que para nosotras hoy significa el piso sobre el que construimos la nueva Bolivia. En efecto, es el piso para el proceso de cambios y no el techo que limita nuestra posibilidad de soñar y construir el Vivir Bien.

En ese sentido, me parece necesario reflexionar sobre la función de las leyes. Llama la atención la gran cantidad de normas que se han promulgado, cuya cualidad vanguardista es indudable. Por ejemplo leyes que servirán para garantizar los derechos de las mujeres, que son los cuerpos sobre los cuales se construyen e inventan todas las opresiones y dominaciones posibles, para luego practicarlas sobre otros hombres y los pueblos.

Aunque requiere mucho trabajo y esfuerzo consensuar, presentar y promulgar nuevas normas, esto es mucho más fácil que la voluntad política y el trabajo necesarios para presupuestarlas e implementarlas. No es tarea fácil garantizar derechos y lograr los cambios culturales y sociales que se pretende alcanzar.

Resulta imprescindible realizar esta reflexión, preguntarnos sobre el rol de los órganos Legislativo y del Ejecutivo y, sobre todo, la relación de ambos poderes con el proceso de cambios estructurales y revolucionarios que pretendemos realizar. Promulgar leyes puede convertirse solamente en un ejercicio de marketing internacional del Estado Plurinacional cuando no hay esfuerzos reales para implementarlas, o cuando no se dimensiona el poder real de las normas. La función de las normas es la de penalizar, digamos más fácilmente, la función de amenazar. Es un primer paso necesario cuando hay violación de derechos e impunidad, fruto de la naturalización por ejemplo de la violencia hacia las mujeres. Y por eso la aplicación de la ley debe ser rápida y efectiva.

Sin embargo, por muchas amenazas que se haga, no hay un cambio cultural en los usos y costumbres de una sociedad y en realidad nos quedamos con la ley y favorecemos la represión. Repito: la ley debe ser efectiva y rápida en su implementación y aplicación. Pero la tarea principal es la de un plan nacional como política pública, y ése es el trabajo donde participan todas las instancias del Estado y la sociedad con sus organizaciones, movimientos e instituciones. Ya tenemos el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades, pero está archivado. Y si a lo que se van a dedicar los legisladores es a seguir sacando leyes o modificándolas, sin planes concretos dotados de presupuestos para poner en práctica lo avanzado, será nomás puro pajeo.