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Derecho al anonimato

El derecho a la libertad de expresión es una de las libertades centrales de la democracia. Este derecho es reconocido en varios documentos internacionales de DDHH como la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros.

Este derecho requiere de otro para asegurar su ejercicio, se trata del derecho al anonimato. La idea es que el anonimato es una forma de proteger el derecho a la libertad de expresión, evita posibles represalias hacia las personas de parte de otros que no gusten de los mensajes emitidos.

Actualmente el derecho al anonimato se pone en tensión debido a que el enorme tráfico de datos e información personal en internet permite acceder, construir y predecir aspectos personales e incluso íntimos de las personas. Al extremo, se afirma que el solo hecho de conectarse a internet elimina la posibilidad del anonimato, porque al conectarse se usa una empresa proveedora que registra la conexión y porque prácticamente ningún sitio web permite la interacción sin crear una cuenta (“loguearse”), o debido a la habilitación de cookies, que extraen información de los comportamientos de navegación y de la identidad de los usuarios.

Adicionalmente varios países han implementado medidas tendientes a eliminar el anonimato en internet como el registro obligatorio de todas las direcciones IP del país, el registro de usuarios de equipos en cafés internet, la prohibición del uso de pseudónimos y obligación de uso del nombre real. Todo bajo el argumento de combate contra actividades criminales como la trata y tráfico de personas, estafas en línea, terrorismo, pornografía infantil, entre otros.

Por tanto, acechados por las empresas y los gobiernos, el derecho a la libertad de expresión y el derecho al anonimato requieren nuevas reflexiones y nuevos enfoques. Preocupado por esta situación, el informe “Libertad de expresión en el ámbito digital. El Estado de situación en América Latina”, publicado por la Asociación por los Derechos Civiles, propone dos políticas concretas: la protección de datos personales y del discurso anónimo.

En el país, por una parte, se ha puesto en debate la necesidad de identificar usuarios de redes sociales para evitar que se cometan delitos en estos espacios virtuales. Y por otro, se ha debatido acerca de la protección de datos personales en el proceso del proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública, que lamentablemente ha quedado congelado. Ambas corrientes de debate son necesarias, porque muestran aspectos sociales no resueltos, pero deben realizarse siempre en el entendido de que son cuestiones de derechos humanos.