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La banca y su laberinto

Referirse a la banca en general es hablar de un complejo laberinto. No obstante, en estas cuantas líneas se intentará mostrar algunos puntos en contraste con la publicación realizada en el periódico El Diario, por Flavio Machicado, titulado: La banca en su laberinto tributario.

De la lectura al citado artículo de opinión se pueden extraer elementos que no deben pasar desapercibidos, los mismos que en un orden de importancia son: la crisis financiera, confianza y transparencia, subsistencia de la banca, bolivianización artificial y tributos adicionales a la banca.

Pasaron más de ocho años desde que el banco privado estadounidense Lehman Brothers anunciara su quiebra con la que se desató una hecatombe económica global, produciendo la mayor crisis financiera de los últimos tiempos. Esta crisis reveló el lado oscuro del laissez faire-laissez passer, provocando efectos nocivos para la economía mundial por la falta de regulación y control de las libertades del mercado financiero.

En este escenario, los Acuerdos de Basilea I y II resultaron ser un fracaso para establecer mecanismos financieros macroprudenciales, siendo el Basilea III la esperanza para mejorar el control de las instituciones financieras, a fin de desarrollar un sistema más estable en el largo plazo, a pesar de que ya se habla de Basilea IV.

En el caso boliviano, la aplicación de la nueva política financiera establecida en la Ley 393 permite generar un escenario de estabilidad y crecimiento del sector financiero, con un dinamismo favorable en términos de su cartera y depósitos en moneda nacional, disminución de la mora e incrementos de la rentabilidad y del grado de capitalización.

Todos estos elementos apuntan a mostrar un sistema financiero sólido, solvente y confiable tanto para los empresarios banqueros como para la población, los cuales son corroborados por informes financieros del BCB y la Asfi. Asimismo, el hecho de que en julio de 2013 el Estado boliviano fuera excluido de la lista gris del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) se constituye en un factor determinante de transparencia en la lucha del país por combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, sin el cual se hubiera generado un bloqueo económico financiero.

En cuanto a la (economía de) subsistencia de la banca, hay que tener presente que la fuente principal de las ganancias de este sector proviene del spread bancario, es decir, la diferencia entre la tasa de interés activa y pasiva. A fines de diciembre de 2016, la tasa activa para créditos de consumo alcanzó en promedio el 17% y para depósitos en caja de ahorro, 0,72%; mientras que para DPF (360 días) fue de 1,58%, sin considerar que también existe una brecha amplia de 12 puntos del tipo de cambio para la compra-venta de dólares, así como el cobro de diferentes comisiones por servicios, que junto a otros ingresos permitió al sistema bancario (banca múltiple y pyme) alcanzar en 2016 ganancias de $us 299,2 millones, que representa un incremento del 15,3%.

Con relación a la bolivianización artificial, hay que aclarar que la bolivianización deber ser entendida como la recuperación de la soberanía monetaria por el uso de la moneda nacional y el desplazamiento de la moneda extranjera (dólar) en las operaciones domésticas. Visto de esta manera, el proceso de bolivianización no puede ser atribuido exclusivamente a una medida fiscal, como es el Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera, puesto que la bolivianización per se es una parte fundamental de la política monetaria.

Por ejemplo, en 2000, el 3% de los créditos era otorgado en bolivianos, mientras que los depósitos tan solo en 5%. Luego de 16 años el panorama es otro, pues los créditos en bolivianos llegaron al 96% y los depósitos, al 84%. Por ello, la bolivianización no es artificial, sino resultado de la combinación de mecanismos monetarios y fiscales para alcanzar ese fin, que en definitiva permitió recuperar la confianza en nuestra moneda como unidad de cuenta, medio de cambio y depósito de valor.

En cuanto a los tributos adicionales a la Banca, referidos al 6% del aporte al fondo de garantía, corresponde señalar que el mismo no puede ser considerado como un tributo, ya que según la Ley 2492, los tributos son obligaciones en dinero que se imponen para obtener recursos a favor del Estado. En este caso, el fondo de garantía es una previsión en favor de todo el sistema financiero, para el cumplimiento de una función social que dinamiza los créditos a la sociedad, cuyos intereses no son nada despreciables a la hora de materializarse en ingresos.

Para finalizar y en línea con el premio nobel de economía 2001, Michael Spence, ante la existencia permanente de asimetrías de información en los mercados financieros, una buena regulación es la mejor defensa.