Defensor del agua
Salud, agua potable y servicios básicos son imprescindibles; no pueden faltar, no pueden fallar.
Las siguientes líneas son parte de un ejercicio mental que sopesa un escenario posible y hasta quimérico. Todo surge cuando el defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, logra el 29 de mayo, a través de una Acción Popular, frenar los constantes y, desde todo punto de vista, perjudiciales paros de los médicos bolivianos.
En un hecho inédito, la Sala Civil Primera de La Paz, en su condición de Tribunal de Garantías Constitucionales, dictó “el cumplimiento del deber de garantizar el derecho a la salubridad en condiciones de normalidad de todos los usuarios del Servicio de Salud Pública por parte del Colegio Médico a tiempo de ejecutar su derecho a la huelga”. De esta manera se sentó jurisprudencia sobre este tipo de movilizaciones, y se dio un duro golpe a los galenos que acudían a las huelgas para reclamar por sus reivindicaciones, como muchos otros sectores.
El ombudsman defendió a mansalva la pertinencia de sus acciones. Claro, lo hacía ante las críticas que había generado, la Central Obrera Boliviana (COB) por ejemplo lo tildó de “verdugo del pueblo trabajador” y de “Defensor del patrón”. Tezanos Pinto replicaría: “Quién puede estar en contra de que se le garantice la energía eléctrica, salud, teléfono; estas son cosas protegidas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”.
La Constitución Política del Estado establece que “la Acción Popular procederá contra todo acto u omisión de las autoridades o de personas individuales o colectivas que violen o amenacen con violar derechos e intereses colectivos” (Art. 135), como lo es la salud, pero también el agua.
El vicepresidente Álvaro García afirmó, correctamente, que “hay derechos fundamentalísimos universales por encima de todo”, como la salud y el agua. “Nunca se cierra la llave de paso del agua, ni tampoco se cortan los interruptores de luz” y “la Constitución establece que hay cosas imprescindibles de vida: salud, agua potable, servicios básicos. Son cosas imprescindibles que no pueden faltar, no pueden fallar”. Así lo dijo García y así es.
Tezanos Pinto juró al cargo el 14 de mayo de 2016, casi seis meses antes de ese 8 de noviembre, cuando la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento (EPSAS) comenzó a aplicar, de imprevisto, un duro plan de racionamiento del líquido elemento en 94 barrios de La Paz, que luego se extendería a El Alto. ¿Dijo algo el Defensor sobre el asunto? ¿No se vulneró entonces un derecho fundamental, un interés colectivo? ¿Fue omisión o favoritismo?
He ahí el asunto y el fin de este ejercicio mental. En fin, ante todo, las líneas precedentes son meras elucubraciones que están lejos, siquiera, de rozar la realidad. ¡Ay tata Dios!