Nueva NB-SPO
La nueva NB-SPO desarrolla un contexto conceptual que supera la vieja lógica cortoplacista.
En pasados días, se promulgó el DS 3246, que pone en vigencia la nueva Norma Básica del Sistema de Programación de Operaciones (NB-SPO), disposición normativa que se presenta como un instrumento necesario para la gestión del sector público, pues permite reorientar la planificación de corto plazo de las entidades públicas en la lógica conceptual del actual Sistema de Planificación Integral del Estado (SPIE), contenido en la Ley 777.
Para contextualizar un poco lo señalado, hay que entender que el SPIE determina una forma de planificación estatal, articulada y contenida en planes de largo, mediano y corto plazo, aplicables a la pluralidad institucional del Estado, delimitando además las estructuras, contenidos y criterios a utilizarse en su formulación y construcción.
Así, la nueva NB-SPO permite que la planificación de corto plazo, a través del Plan Operativo Anual (POA) de cada entidad del sector público, pueda materializarse a través de lo que se denomina “acciones de corto plazo”; las cuales son programadas para una gestión fiscal, de manera articulada, concordante y consecuente con la planificación de mediano plazo contenida en el Plan Estratégico Institucional (PEI), de carácter quinquenal y que es formulado a su vez en el marco de la planificación de largo plazo.
Por otro lado, los resultados esperados de las acciones de corto plazo deben ser medibles y cuantificables a través de indicadores, que necesariamente deben contribuir a los objetivos establecidos en la planificación de mediano plazo a través del PEI.
A su vez el POA se articulará con el presupuesto anual (que deviene igualmente de una proyección plurianual), vinculando una a una las acciones de corto plazo con los programas de la estructura programática del presupuesto. Las entidades del sector público deben emitir en forma periódica la información de ejecución del POA por cada acción de corto plazo, de acuerdo con las condiciones y periodicidad establecidas previamente.
Finalmente, se realizan evaluaciones periódicas en el marco de una valoración cuantitativa y/o cualitativa, recolectando la mayor cantidad de información posible mientras se ejecutan las acciones de corto plazo. Así, en caso de detectarse desviaciones en la ejecución respecto a la programación, la propia entidad puede disponer de las medidas correctivas que correspondan, a efecto de su reorientación oportuna, asegurando el logro de los resultados esperados.
De esta manera, la nueva NB-SPO, más allá de ser una norma que regula algo técnico, desarrolla en sí misma un contexto conceptual que le permite ir erradicando de la gestión pública esa vieja lógica cortoplacista, apuntalando desde lo anual, el logro de lo previsto en el mediano y largo plazo.