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Perdonazo tributario

Con el objetivo de recaudar al menos Bs 3.500 de los Bs 27.000 millones que tiene en mora el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), la Asamblea Legislativa Plurinacional aprobó el jueves en la Cámara de Diputados un proyecto de ley del “perdonazo” tributario, que hasta febrero de 2019 permitirá a quienes se acojan al beneficio pagar sus deudas sin intereses y casi sin multa.

Según se sabe del proyecto de Ley de Regulación de Pago de Deudas y Multas de Dominio Tributario, quienes cancelen lo adeudado hasta el 30 de noviembre de 2018 estarán exentos de intereses acumulados y solo pagarán el 5% de la multa impuesta; quienes paguen hasta el 28 de febrero de 2019 tendrán el mismo tratamiento, pero deberán abonar el 10% de la multa. Finalmente, quienes soliciten un plan de pagos también se verán libres de los intereses, pero abonarán el 20% de la multa.

El perdonazo, dice la norma, se aplicará a todas las deudas que van a favor del nivel central del Estado, es decir, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), Régimen Complementario al IVA (RC-IVA), Impuesto a las Transacciones (IT) e Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE). La disposición aplicará para todos los casos sin importar el estado del proceso, incluso si estuvieran en la vía judicial. Todos los contribuyentes, sin importar su tamaño, serán beneficiarios.

El SIN ha sido criticado por el modo de tratar las infracciones y adeudos tributarios e imponer sanciones y multas, a menudo draconianas, que hacían casi imposible honrar las obligaciones del contribuyente. La eliminación de estos cobros, así sea por unos meses, debería darle respiro al empresariado y permitirle conciliar sus cuentas con el Estado.

El principal obstáculo que afrontó el proyecto de ley estuvo en la resistencia de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) a una disposición que establecía que las empresas debían revelar al SIN información confidencial de sus finanzas. Días atrás, en una reunión entre dirigentes del gremio empresarial y el Presidente del Estado se acordó eliminar esa disposición, allanando el camino para el debate parlamentario.
Por otra parte, también se le ha criticado a la norma el hecho de que, con este tipo de incentivos que se ofrecen episódicamente cada tantos años, se estimula un comportamiento tributario poco sano, ya que habrá contribuyentes que busquen beneficiarse repetidamente de estas exenciones y perdonazos. Sin embargo, también hay quienes realmente necesitan el alivio de ver perdonados sus adeudos.

Será, pues, necesario que el SIN acompañe la aplicación de la ley del “perdonazo” con nuevos incentivos para la práctica tributaria, comenzando por establecer mecanismos más transparentes de seguimiento a los contribuyentes, en los que la imposición de sanciones y multas sea oportunamente conocida, en lugar de esperar a que los intereses hayan crecido hasta ser imposibles de pagar.