Cárceles abarrotadas
Se supone que la detención preventiva debe ser usada solo en casos extremos, y no ser la norma, como ahora.
Según estimaciones del INE y de Régimen Penitenciario, la población carcelaria del país se ha más que duplicado en las últimas dos décadas, al pasar de 8.151 reos en 2000 a 18.970 en 2018. No obstante, la capacidad de las instalaciones penales se ha mantenido prácticamente sin variación, dando lugar a un preocupante hacinamiento. Esto pese a los indultos, que en los últimos años han beneficiado a 6.413 personas.
Las cárceles de San Roque, en Sucre, y de San Pedro, en la ciudad de La Paz, son dos claros ejemplos de esta precaria situación. El recinto penitenciario ubicado a cinco cuadras de la plaza central de la ciudad capital fue construido para albergar a 80 personas, pero actualmente cobija a 450 reos, según datos de la Defensoría de Chuquisaca, de los cuales solamente el 30% tiene sentencia ejecutoriada; mientras que el resto está detenido de manera preventiva.
A su vez, en el penal paceño ubicado en el barrio del mismo nombre la población sobrepasa los 2.200 reclusos, pese a haber sido construido hace más de 100 años para albergar a 300 internos. Y al igual que en San Roque, la mayoría de los reos, un 75%, están recluidos de manera preventiva sin sentencia. A raíz de esta situación, muchos de ellos (unos 200 solo en San Pedro) carecen de una celda propia, lo que los obliga a vagar durante el día y a dormir en los pasillos y en los mesones durante la noche, siempre y cuando encuentren un sitio libre.
A ello se suma la ausencia de baños y duchas para tantos reclusos, déficit que obliga a los internos a realizar largas filas para bañarse y poder cumplir con sus necesidades básicas todos los días. En cuanto a la alimentación, el prediario de Bs 8,50 que se destina para cada uno de los internos alcanza solamente para el almuerzo, situación que se refleja en los elevados índices de desnutrición y problemas de salud entre los reos que carecen de recursos y/o familiares que puedan apoyarlos.
Respecto a las razones de este preocupante hacinamiento carcelario que se repite en mayor o menor medida en el resto de los penales del país, son de conocimiento público. Uno de los principales factores es la retardación de justicia, causada en parte por la excesiva carga laboral y la falta de recursos en los tribunales, pero también debido a la ausencia de magistrados probos comprometidos con la pronta justicia. Clara prueba de ello es el empleo excesivo y arbitrario de la detención preventiva para “resolver” los casos.
En efecto, se supone que esta figura legal debería ser utilizada únicamente en casos extremos, cuando existe peligro de fuga o el acusado puede entorpecer el proceso, pero en la práctica de muchos jueces y fiscales constituye la norma. De allí que la mejor manera de atenuar las deplorables condiciones de hacinamiento que imperan en las cárceles del país pasa por modificar, con urgencia, los términos de la legislación penal sobre la detención preventiva; medida que tal y como hoy en día es aplicada distorsiona el régimen penal y el sentido de la justicia en el país.