Icono del sitio La Razón

Venezuela: el derecho de injerencia

El embrollo venezolano, con aristas inéditas, nos ha puesto en apuros aquí, en París, a los profesores de Derecho Internacional, primero por el modo de dos gobiernos que, aparentemente, funcionan de manera paralela, en una delicada vitrina que el mundo todo contempla, opina, se irrita y cae en la tentación de ofrecer fórmulas propias para solucionar el entuerto. Sin embargo, el elemento básico de la discordia radica en la legitimidad que ambos contendientes reclaman para sí mismos. Si bien en las elecciones presidenciales de mayo 2018 salió triunfante Nicolás Maduro, éstas se realizaron bajo la supervisión de una Corte Electoral sumisa al Gobierno, con los principales oponentes presos y sin observadores internacionales. Añádase a ello el cerco al Parlamento legalmente constituido y el intento de reemplazarlo por una espuria Asamblea Constituyente. Todo bajo un escenario callejero donde las protestas ciudadanas son cotidianamente repelidas por mortíferos escuadrones de la muerte, apodados “colectivos”. Pero cuando Maduro se juramentó ilegalmente para un nuevo periodo, los legisladores resolvieron —con arreglo a la Constitución— ungir al diputado Juan Guaidó como presidente encargado de convocar a nuevas elecciones directas y transparentes. En esa tónica, la Unión Europea, Estados Unidos y la mayoría de los países latinoamericanos decidieron reconocer prontamente a Guaidó.

Ante la patética situación de catástrofe humanitaria que por falta de alimentos y medicinas sufre la población, siendo el éxodo de 3 millones de venezolanos agravante insoslayable, países amigos acordaron organizar el acopio de medicinas e insumos alimenticios para encaminarlo hacia Venezuela en una caravana de ayuda humanitaria destinada a los necesitados. Esta circunstancia ha sido tildada de intervención por el régimen madurista. No obstante, debe recordarse que el concepto doctrinario del “derecho de injerencia” se remonta a 1980, promovido por el profesor Mario Bettati, secundado por Bernard Kouschner (dirigente de Médicos sin Fronteras) en ocasión del conflicto de Biafra. La implantación de corredores humanitarios se repitió, con resguardo militar, en Irak, Somalia, Haití, Bosnia y Kosovo. Es más, entre 1988 y 1991, las crisis de este tipo dieron paso a resoluciones de Naciones Unidas que aludían al deber de injerencia, cuando ciertos gobiernos atropellen los derechos humanos o constatando que un Estado fallido no pueda garantizar a su población las mínimas necesidades humanas. Algunos tratadistas opinan que, dentro del derecho Internacional, la asistencia humanitaria ofrecida por terceros países tendría que contar con la anuencia del Estado receptor.

En Venezuela, irónicamente, mientras Guaidó solicita esa cooperación externa, Maduro se opone a ella. Empero, siendo que los países donantes reconocen como legítimo a Guaidó, en este caso se ajustan a la norma. El debate sobre el derecho de injerencia despierta susceptibilidades entre quienes sostienen que es un privilegio de las naciones poderosas que contando con los medios pertinentes pueden ejercer ese derecho en detrimento de los pueblos débiles, por cuanto es inimaginable que esa modalidad se ejerza en sentido inverso. Por ello, es más factible que en aquella ingeniería humanitaria se apele a la formación de una coalición, cuando no se pueda obtener el aval del Consejo de Seguridad que, como en el ejemplo venezolano, se ampare en el veto ruso o chino.

Lo grave es que el imprescindible resguardo militar para el corredor humanitario choque con contingentes armados que se opongan a la operación. Ese es el peligro que se cierne —ahora— en la frontera colombo-venezolana.

* Doctor en Ciencias Políticas y miembro de la Academia de Ciencias de Ultramar de Francia.