Lo improvisado y absurdo de los Qhara Qhara
Lo absurdo está en pedir reconstitución de sus territorios conforme a las resoluciones coloniales
La nación originaria Qhara Qhara está protagonizando una marcha, bajo el argumento de que demanda la restitución de su territorio ancestral. A simple lectura, es un discurso romántico que agrada, pero que en el fondo está fuera de todo contexto.
La Constitución Política del Estado, en el artículo 30, establece que las naciones y los pueblos indígena originario campesinos tenemos derecho: “A la titulación colectiva de tierras y territorios”. La misma norma suprema, al prever la constitución de las autonomías indígena originaria campesinas, en el artículo 290, parágrafo I, señala: “La conformación de la autonomía indígena originario campesina se basa en los territorios ancestrales, actualmente habitados por esos pueblos y naciones, y en la voluntad de su población, expresada en consulta, de acuerdo con la Constitución y la ley. Asimismo, ratificando lo anterior, el artículo 293, parágrafo I, dice: “La autonomía indígena basada en territorios indígenas consolidados y aquellos en proceso, una vez consolidados, se constituirá por la voluntad expresa de su población en consulta de conformidad a sus normas y procedimientos propios como único requisito”.
De estas determinaciones constitucionales se entiende que: La Constitución boliviana garantiza la reconstitución de naciones y pueblos indígena originario campesinos en territorios consolidados o por consolidarse de acuerdo con normativas, considerando que en algunos casos un territorio indígena originario campesino es señalado por sus pobladores, superficies que trascienden límites municipales, departamentales e internacionales. Es muy complicado fracturar estructuras territoriales que se han conformado en el transcurrir de la historia reciente. Bajo esta previsión constitucional se han constituido el Municipio Indígena de Charagua o el Territorio Indígena Originario de Raqaypampa.
La vía más importante de reconstitución de territorios y autonomías de naciones y pueblos indígena originario campesinos, está sobre la base de la voluntad expresada de manera clara, mediante procedimientos inequívocos. Esta voluntad debe ser manifestada por todos los habitantes del territorio, que tienen orígenes ancestrales.
Por lo que la marcha de la nación Qhara Qhara, que demanda la reconstitución de sus territorios ancestrales, es absolutamente improvisada, porque no se toma la vía constitucional y no se tiene expresada la voluntad de todos sus habitantes.
El caso paradigmático es el de la marka Quila Quila, afiliada ahora a la nación Qhara Qhara, que siendo solo el 10% de la población del territorio señalado, sin consensuar, pretende imponer caprichos. Lo cierto es que el proceso de saneamiento de los Quila Quila se realiza desde el 19 de abril de 2010, en su mayor parte el territorio ya está saneado por voluntad de sus habitantes, bajo la modalidad de saneamiento simple, es decir, con el objetivo de lograr tener títulos individuales, sin romper la pertenencia comunitaria. Esta modalidad de saneamiento optada por el 90% de los pobladores ha pretendido ser truncada inclusive con un recurso constitucional como es la Acción Popular, la misma que, en revisión, el Tribunal Constitucional ha ordenado que el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) prosiga con el proceso de saneamiento.
Lo absurdo está en el hecho de pedir reconstitución de sus territorios conforme a las resoluciones coloniales y republicanas. Se puede calificar de esta manera, porque en la república, algunas de las comunidades de la marka Quila Quila, durante la vigencia del Consejo Nacional de Reforma Agraria, después de 1953, han sido tituladas como haciendas, pertenecientes a los patrones que sometían a “pongueaje” a los antepasados de los actuales habitantes.
César Hugo Cocarico Yana
Es ministro de Desarrollo Rural y Tierras.