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Las no alianzas

A pocos días del vencimiento del plazo previsto para registrar alianzas que competirán en las elecciones generales de octubre, no existen señales evidentes ni menos decisiones al respecto entre las candidaturas habilitadas para los comicios. Es claro que los nueve binomios en carrera, y sus organizaciones políticas, confían en fortalezas propias para obtener votos.

La Ley de Organizaciones Políticas (LOP) establece dos momentos de alianzas para los procesos electorales de alcance nacional. Es una innovación respecto a la anterior normativa. El primero es para la elección de binomios presidenciales, ya cumplido en el marco de las primarias realizadas el 27 de enero. El segundo momento es para la confección de las listas de candidaturas a senadurías y diputaciones a ser postuladas en las elecciones generales. El plazo para el efecto se cumple pronto.

Como van las cosas, parece improbable que algunos candidatos habilitados “se bajen” de la competencia y, por tanto, irán solos. Tampoco se percibe mucho movimiento con relación a las agrupaciones ciudadanas regionales. En el caso del MAS-IPSP, por su naturaleza de partido predominante, no necesariamente tiene interés en alianzas partidarias. Además, asume que el “instrumento político” ya articula una amplia gama de acuerdos con movimientos sociales, organizaciones sectoriales y otros actores.

En el campo de la oposición, en tanto, se ha pasado del anhelo del frente único, inviable, a la exigencia del frente amplio, fallido. En los hechos hay ocho candidaturas separadas, nada menos. Solo se lograron dos alianzas, malogradas, en el ámbito de las primarias. La alianza entre Demócratas y UN naufragó antes de estrenarse. Y la alianza Comunidad Ciudadana afronta prematuros ruidos internos: voces en el FRI que reclaman por ser excluidos y la dirigencia de Sol.Bo marginada por “faltas éticas”.

En los próximos días, el Tribunal Supremo Electoral debe decidir y anunciar la fecha de realización de las elecciones generales. Si asumimos razonablemente que la votación podría ser el 20 de octubre, ello implica que la convocatoria se emitirá al menos 150 días antes, esto es el 20 de mayo. La LOP establece como plazo para las alianzas hasta 60 días antes de la emisión de la convocatoria. Estamos, por tanto, al límite de tiempo para esta importante actividad previa al calendario electoral.

Más allá de este plazo y del registro de alianzas, es probable que en los siguientes meses se produzcan acuerdos o adhesiones en torno a algunas candidaturas, tanto de organizaciones políticas como de colectivos ciudadanos. Las alianzas formales habrán quedado en el camino: por estrategia política, por imposibilidad, por soberbia. Lo cierto es que en octubre se prevé una elección competitiva. Con dispersión opositora, que pasó del deseo de una gran alianza por el No a la realidad de las no alianzas.