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Renta Dignidad, beneficio universal

En Bolivia hay personas que emiten opiniones en las que todavía confunden la Renta Dignidad con el extinto Bonosol, por eso es necesario aclarar que no hay punto de comparación entre ambos bonos. Con el Bonosol solo la población mayor de 65 años se beneficiaba. En 2007, con la promulgación de la Ley 3791, nace la Renta Dignidad. Su principal característica es la universalidad: los beneficiarios son todos los adultos mayores a partir de los 60 años, sin necesidad de haber realizado aportes a la seguridad de largo plazo. Además por su periodicidad, una vez al mes, este beneficio puede ser considerado como una renta, que incluso incluye el pago den un 13 bono denominado aguinaldo.

Desde su implementación en 2008 hasta 2018, el número de beneficiarios se ha incrementado a una tasa promedio anual de más del 3%, casi el doble del crecimiento vegetativo actual del país, pasando de 752.000 a más de 1 millón en este periodo. El monto dispuesto inicialmente en 2008 también se ha incrementado de manera sustancial. La Renta Dignidad para los no rentistas subió de Bs 2.400 a Bs 3.900, en tanto que para los jubilados pasó de Bs 1.800 a Bs 3.250 anuales. Tales incrementos se dieron mediante la aprobación de diferentes leyes, lo que da cuenta de que este beneficio se ha constituido en una política de Estado, sin discriminación alguna; por lo que el país se perfila como una de las pocas economías que tiene una cobertura y protección del 100% de su población.

En otras naciones que asumieron políticas similares la cobertura y los beneficios distan mucho de lo que se ha conseguido en Bolivia, a través de la implementación del modelo económico social comunitario productivo. Por ejemplo Perú tomó como modelo la Renta Dignidad con estudios de caso en 2009, y recién en 2011 lanzó el bono “Pensión 65”, con muchas diferencias respecto a los beneficios que otorgamos en nuestro país. Este beneficio se focaliza únicamente en las personas en condición de vulnerabilidad, que no reciben una pensión, y se otorga previa calificación socioeconómica, cuando el adulto mayor cumple 65 años, implementado progresivamente en los distritos más pobres, según reporta el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social del Perú, y cuya información está disponible en su página web www.pension65.gob.pe.

Chile también ha utilizado nuestra política de cobertura y protección para las personas de la tercera edad como modelo. El país trasandino implementó la política denominada “Pensión básica solidaria de vejez” que, según señala el Instituto de Previsión Social chileno (www.ips.gob.cl), entre otros requisitos establece que el beneficiario no tenga derecho a una pensión, integre un grupo familiar que pertenezca al 60% más pobre de la población y tenga más de 65 años de edad.

Tanto en el caso de Perú como en el de Chile las pensiones están orientadas a grupos considerados de extrema pobreza, lo que no permite llegar a la totalidad de adultos mayores, pese a referirse a beneficios no contributivos para este grupo etario.

De allí que Bolivia se convierte en un referente internacional en materia de políticas de seguridad social de largo plazo, por cuanto es imitada por otros países, aunque no igualada, por las diferencias antes mencionadas. Por lo que nuestro Estado, en el marco de las políticas de redistribución implementadas por el Gobierno Nacional, llega al 100% del universo de adultos mayores, lo cual se constituye en una política de Estado.

* Especialista en pensiones.