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País ‘sui generis’, con síndrome de Munchausen

Bolivia es un país sui generis, por su geografía, biodiversidad, por sus pueblos y culturas… y lamentablemente también por la mala historia de sus dictadores y caudillos. También fueron sui generis las inéditas elecciones primarias (cerradas, solo para militantes, aunque el registro de los electores tenía tantos huecos como un Roquefort); nuestra versión electoral del mercado en el país de los soviets: de cada producto, una única oferta, fueran limones o automóviles.

En Argentina, para sus habituales PASO (primarias “abiertas”; es decir, todos votan, propios y extraños) se discutió la conveniencia de suspenderlas para evitar gastos inútiles, porque las 10 listas (¡nos ganaron por una!) tenían una sola candidatura y más bien realizarlas durante la selección de diputados y senadores (en Bolivia no se hace), cuando haya más de una lista. Pero esta iniciativa no prosperó por falta de consenso entre los partidos, porque el proceso electoral ya estaba muy avanzado (no olvidemos que las PASO se realizan el 11 de agosto y las elecciones, el 27 de octubre, dos meses y 16 días después; recuerde esto más adelante).

Sui generis también es la Sentencia Constitucional 0084/2017 del TCP que atribuyó más valor a su supuesta “interpretación” (írrita e intencionada) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y se saltó la vigente CPE, que establece claramente en su Art. 410 la prelación jerárquica de normas: “1. Constitución Política del Estado. 2. Los tratados internacionales. 3. Las leyes nacionales (…)”. Lo cual es una violación de la misma Carta Magna y un doble desconocimiento, a la vez, de la voluntad ciudadana: por violar la Constitución y por desconocer los resultados con fuerza constitucional del 21F (no voy a recordar ahora los contubernios de determinados magistrados con algunos señalados narcotraficantes, porque es otro tema)

Otra confirmación de nuestra condición sui generis es la Ley 1096/2018 de Organizaciones Políticas (modificada a conveniencia del oficialismo en la Asamblea Legislativa Plurinacional), la cual significó un retroceso de participación democrática en el país respecto a las leyes 1983/1999 y 2771/2004, al reducir la representación de las agrupaciones ciudadanas y de pueblos indígenas al ámbito subnacional, reinstalando el monopolio de los partidos políticos (tampoco analizaré cómo la LOP fue rediseñada con el firme propósito de habilitar al binomio rechazado en el referéndum constitucional de 2016).

Retomaré los 77 días tras las PASO hasta la elección en Argentina para compararlos con los 266 días luego de las primarias bolivianas del 27 de enero de 2019; o más sui géneris todavía, los 367 días después del inicio del calendario electoral el 19 de octubre de 2018, con la convocatoria para las primarias (verdad que nos ahorramos siete días, adelantando al 20 de octubre, porque hubieran sido 374 días electoralizados).

Me queda otra muestra de lo sui generis. Todos hemos sido bombardeados con que los candidatos habilitados en las primarias (incluidos los habilitados inconstitucionalmente) solamente pueden bajarse de listas “(…) si se produjese la muerte de una o uno de los candidatos ganadores del binomio presidencial, o se comprobase una enfermedad gravísima», según el Art. 10 de la LOP. Pero esta premisa olvida la tercera condición: “o por incumplimiento de los requisitos establecidos en la Constitución Política del Estado y la Ley” (le paso este dato a don Jaime para que lo tome en cuenta)

En lo sui generis, me queda el síndrome nacional de Munchausen (por el Barón de Münchhausen) de victimizarnos y culpar a otros de lo que hicimos o no hicimos. Pero será en otra columna.

* Analista y consultor político.