Libertad de expresión y COVID-19
Resulta irreal pensar que una norma que prohíbe las noticias falsas evitará que se produzcan y difundan

El Decreto Supremo 4200, del 25 de marzo de 2020, fue emitido por el Gobierno para hacer frente al COVID-19. Entre las medidas establecidas por este decreto están principalmente la cuarentena y un par de paliativos sociales, como las reducción de las tarifas de los servicios básicos y subsidios alimenticios.
Sin ser este su principal tema, en el Art. 13, numeral II, se dispone una medida relacionada con la libertad de expresión, la cual establece que “las personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo, desinformen o generen incertidumbre a la población serán sujeto de denuncia penal por la comisión de delitos contra la salud pública”. Varios países en la región (Perú, El Salvador y Honduras, por mencionar algunos) han elaborado proyectos e incluso aprobado normas con el mismo tenor, orientado a evitar los daños que algunos contenidos publicados en internet puedan producir.
Ya conocemos que las noticias falsas y los procesos de desinformación pueden polarizar a las sociedades, producir alarma social, radicalizar discursos de odio, promover violencia digital, lastimar la cohesión social, entre otros resultados nocivos. Es indiscutible la necesidad de dar soluciones a problemas como estos. Sin embargo, pensar que una norma los resuelve puede vulnerar derechos humanos básicos como la libertad de expresión y ser poco efectivo.
Es irreal pensar que una norma que prohíbe las noticias falsas evitará que se produzcan y difundan. Es posible crear cuentas anónimas precisamente como reacción a una norma de este tipo, para poder seguir expresando libremente opiniones o generar disturbios en la opinión pública digital. Identificar la identidad de las cuentas es engorroso y toma tiempo, y en determinados caso es imposible.
Además, no es deseable. Una norma de este tipo desincentiva la libre expresión porque no hay claridad en ¿quién juzga qué es desinformación o generación de incertidumbre?, ¿qué es desinformación y qué no lo es?, ¿o qué grado de incertidumbre debe generar para iniciar el mencionado proceso penal? Por ejemplo, los informes diarios del progreso de la infección que emite el Gobierno generan nervios e incertidumbre en la población, porque no hay certeza del futuro. ¿Serían entonces plausibles de ser acusados bajo este artículo? Son algunas preguntas que requieren un debate social más amplio para poder llegar a soluciones complejas.
El Gobierno necesita calibrar el delicado equilibrio entre garantizar la paz social y dar todas las condiciones para un debate democrático y el desarrollo de internet como tecnología que favorece las libertades, incluso en un estado de excepción como el actual.
Eliana Quiroz, ciberactivista