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Derechos de humanos

Tener una pareja, gozar del amor, construir un hogar y una familia, hacer una vida juntos y, sobre todo, gozar de la protección que el Estado garantiza para las parejas y familias bolivianas, eran derechos hasta hace pocos días exclusivos de las personas heterosexuales, lo cual dejaba a un importante porcentaje de la población totalmente al margen. El jueves último, eso cambió.

Con la inscripción en el Registro Civil de la unión libre de David Aruquipa y Guido Montaño no solo se reparó una injusticia denunciada por esta pareja hace dos años al impedírseles acceder a una serie de derechos que, sin más razón que la fuerza de la tradición, les estaban negados solo por no ser pareja de sexos opuestos, sino, sobre todo, se dio un paso de gigante en el camino de la ampliación de derechos para todas y todos.

Esta historia de amor, iniciada hace poco más de una década cuando decidieron vivir en pareja, se convirtió en tema de Estado hace dos años, cuando en 2018 decidieron registrar su unión ante el Servicio de Registro Cívico (Serecí) segun lo establecido en el artículo 137 del Código de las Familias, que ya incluía la innovación de establecer que el matrimonio no es la única forma de convivencia en pareja bajo el amparo del Estado.

En aquel momento los oficiales del Registro Cívico se rehusaron a inscribir a la pareja bajo el argumento de que la unión de dos personas del mismo sexo no está prevista en la legislación boliviana, lo cual les motivío a presentar un demanda ante el Tribunal Constitucional, la misma que dio paso al fallo de la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz el 3 de julio último, en que se instruye al Órgano Electoral dar curso al registro solicitado.

Meses después, y como esperando a coincidir con el Día Internacional de los Derechos Humanos, conmemorado el 10 de diciembre, el Serecí emitió la Resolución 003/2020 instruyendo el registro de esta unión, así como la modificación de los sistemas informáticos que supongan un obstáculo para el cometido.

Si bien la sentencia constitucional de julio está elaborada de tal modo que solo aplique para el caso de David y Guido, ya los expertos en derecho constitucional y en derechos humanos han señalado que es un precedente que no podrá ser ignorado, especialmente a la luz de la doctrina constitucional boliviana que dispone siempre dar curso a la aplicación de más y mejores derechos.

Así, la primera unión libre de personas del mismo sexo en Bolivia abre el camino para muchísimas personas que, lejos de las ideas fáciles y fantásticas del amor romántico, buscan que el Estado les otorgue los mismos derechos que a cualquier persona heterosexual: formar pareja, tener familia y, al final de la vida, heredar. Se trata, pues, de una medida que solo amplía derechos y no restringe los de nadie, cosa a la que los sectores más conservadores se oponen sin tener argumentos válidos.