Icono del sitio La Razón

Transforma tus facturas en dinero

TRIBUNA

Días atrás fui a visitar a una amiga a quien no veía hace bastante tiempo. Una vez en su casa empezamos a conversar sobre varios temas. En medio de tan amena conversación centré mi atención en algunas facturas que tenía en su mesita comedor y, cortando el tema de la charla, le pregunté si esas facturas tenían algún valor para ella, a lo que me contesto que no, ya que su esposo no las necesitaba para realizar ningún descargo, pero que sí, los vendedores le emitían facturas por la compra de bienes y servicios, aunque no las necesitara.

Escuchando su respuesta pude percatarme de que ella no conocía los beneficios de pertenecer al Régimen de Reintegro en Efectivo del Impuesto al Valor Agregado (Re- IVA), el cual favorece con la devolución de un cinco por ciento (5%) del monto facturado por la adquisición de bienes y servicios en territorio nacional a todos los ciudadanos dependientes, independientes y jubilados cuyos ingresos sean menores a Bs 9.000. En tal sentido, para acceder a dicha ventaja solo es necesaria la inscripción como beneficiarios a través de la opción “Registro de Beneficiarios Re- IVA” del portal “Servicio al Ciudadano” de la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), se trata de un procedimiento sencillo el cual se encuentra ubicado en la página web www.impuestos.gob.bo., pudiendo realizar esta operación desde el celular o en la comodidad del hogar.

Una vez ingresado al sistema del SIN se debe llenar el formulario de inscripción con datos personales, además de un número de cuenta registrado a nombre del beneficiario donde se recibirá el depósito del reembolso, asimismo, se debe elegir una modalidad del beneficio para recibir el reintegro, manual o automática, la primera es previo registro manual de las facturas del mes y su posterior envío mediante sistema y la segunda es el cómputo automático de las facturas que son presentadas por los vendedores al SIN, particularmente es la más recomendable ya que cualquier factura emitida por medios electrónicos se registra automáticamente en la base de datos de la Administración Tributaria, por lo que no existe la necesidad de llenar un formulario y enviarlo al SIN, es importante señalar que el registro para ser beneficiario dura un año, por lo que es necesario renovar el registro para seguir gozando de los beneficios del Re-IVA.

Después de esa breve explicación, ejemplifiqué a mi amiga a través de un cálculo cuál era el monto que estaba perdiendo su esposo por no acceder a dicho beneficio, el ingreso mensual que generaba su esposo como microempresario independiente es aproximadamente de Bs 5.000 y recibía facturas por un valor de Bs 4.000 por la adquisición de diferentes bienes, de este total de compras facturadas el reembolso del 5% es Bs 200, recursos que estaría dejando de percibir por mes, este monto sumado por 12 meses ascendería a Bs 2.400.

Así como mi amiga existen muchas personas que no conocen esta medida que fue impulsada por el gobierno del presidente Luis Arce en la gestión 2020 con el fin de redistribuir los ingresos hacia las personas que perciben menos recursos, generando a su vez un efecto multiplicador el cual coadyuva a dinamizar la demanda interna, ya que los ciudadanos consumen más bienes de las empresas y locales comerciales que facturan; en tal sentido, y considerando que a nadie le cae mal contar con más ingresos, se hace necesario difundir noticias positivas como la presente, a fin de que más personas puedan beneficiarse con esta política.

Catalina Sofía Apaza Aduviri es economista.