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Una ley solidaria

TRIBUNA

En pasados días se publicó en un medio de comunicación el artículo titulado “El sistema de pensiones es un sistema quebrado socialmente”, que menciona críticas mal intencionadas con relación a la Ley de Pensiones y a su vez cuestiona a los servidores públicos que se encargan de la emisión de la normativa en materia de Seguridad Social de Largo Plazo.

El hecho de la supuesta “quiebra social” hace deducir que se trataría de un rompimiento, distanciamiento, del sistema de pensiones y la sociedad (jubilados), no obstante, de las interpretaciones, la crítica versa con relación a la seguridad previsional en diferentes direcciones, criticando, entre otros, a la incidencia del Gobierno en el tema de las inversiones, la necesidad de entidades autónomas para la administración de los recursos de los Fondos de Pensiones, la devolución de aportes que habría dejado sin jubilación a los asegurados y el cuestionamiento a que los aportes estén principalmente en bolivianos.

Lo cierto es que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) no prestan recursos de los Fondos de Pensiones al Gobierno, debido a que esta actividad no está comprendida dentro de su giro de negocio, por el contrario, realizan inversiones en Títulos Valores del Tesoro General de la Nación (TGN), operación que está abierta a cualquiera de las entidades habilitadas para participar de forma voluntaria y bajo la normativa vigente, pudiendo participar las empresas del Sector Financiero (Bancos), Sector No Financiero (Aseguradoras, Fondos de Inversión Cerrado, etc.) y por supuesto las AFP.

Se evidencia que, a septiembre de 2022, las inversiones de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones (SIP) se encuentran en un 31% en el sector estatal, mientras que el restante 69% está distribuido en sectores privados de la economía, como ser el Financiero Bancario, Financiero No Bancario, Industrial, entre otros, aclarando que la rentabilidad de las inversiones es responsabilidad de las AFP debido a que dichos recursos están bajo su administración.

Por otra parte, la idea de generar instituciones autónomas, para la administración de los citados Fondos, contraviene la Carta Magna, la cual dispone que los servicios de la Seguridad Social no podrán ser privatizados ni concesionados y deben ser administrados por el Estado, creándose de esta manera la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo (Gestora) para tal propósito.

A su vez, la Gestora, en el marco del Artículo 156 de la Ley de Pensiones, contará con un Directorio profesional y especializado, considerando la responsabilidad que conlleva la toma de decisiones en cuanto a inversiones, gestión administrativa, prestaciones y beneficios, entre otras, vale decir, ajenas a los temas políticos y que no contemplan injerencia alguna, situación similar a las entidades públicas que tienen competencias en materia de pensiones.

En referencia a la devolución de aportes de las AFP, observa que, producto de esta medida, muchos adultos mayores no se podrían jubilar; en tal sentido, aclarar que dicha política fue adoptada para apoyar e impulsar a las familias que se vieron afectadas por efectos de la pandemia, recursos que les permitieron reactivar su economía y con la posibilidad de restituir los mismos.

El mencionado beneficio, alcanzó a más de 313.000 asegurados del SIP con un monto total de Bs 1.068,9 millones, y es importante aclarar que existieron límites para la devolución de los aportes, precisamente para evitar que los asegurados no se vean afectados en su etapa de jubilación y puedan contar con una vejez digna.

Ahora bien, con relación a que el 90% de los recursos de los aportes de los asegurados están en bolivianos y que existen riesgos de inflación y devaluación, no se comprende dicha afirmación, considerando que Bolivia tiene una de las tasas más bajas de inflación del mundo, alrededor del 2%. A su vez, es conocido que en zonas limítrofes de nuestro país las familias extranjeras prefieren ahorrar en bolivianos, demostrando de esta manera la confianza hacia nuestra moneda, que además no se devaluó en comparación con otras de países vecinos, y que por el contrario se mantiene estable con relación al dólar estadounidense.

En este marco, se hace notar los aciertos de las medidas adoptadas y el principio solidario que contempla la Ley de Pensiones, priorizando la calidad de vida de los jubilados con el reconocimiento de sus años de trabajo y la otorgación de los beneficios correspondientes, favoreciendo principalmente a los asegurados que tienen ingresos bajos.

Es importante la expresión de ideas y comentarios mediante medios de comunicación, pero resulta fundamental que, previo a esto, se informen, a efectos de emitir criterios responsables con relación a diferentes temáticas, en este caso en lo referente a pensiones.

Gustavo Gómez es economista.