CIJ

CIJ es la sigla con la que se conoce en el mundo de habla hispana a la Corte Internacional de Justicia. La misma es considerada el centro solar de arreglo judicial debido a su condición de Órgano Judicial de las Naciones Unidas. Su origen se encuentra en la Corte Permanente de Justicia cuya breve duración (1921-1946) mostró que es posible pensar en una justicia internacional. Los fallos de la Corte Permanente continúan siendo tomados como razonamientos jurisprudenciales válidos para la Corte actual.
La CIJ cuenta con un estatuto y un reglamento, sin embargo, también existen directrices prácticas que son costumbres procesales que se van convirtiendo en norma.
La CIJ se compone de 15 magistrados elegidos por mayoría absoluta por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas por un periodo de nueve años. Los magistrados deben representar a las grandes civilizaciones y a los principales sistemas jurídicos del mundo (conforme lo señala el artículo 9 del Estatuto de la CIJ). Para lograr cumplir con este mandato se estila el siguiente reparto geográfico: tres jueces al grupo africano, dos al asiático, dos al latinoamericano, dos al europeo occidental y uno al europeo oriental, más los cinco jueces nacionales de los Estados miembros permanentes del Consejo de Seguridad. Esta condición de composición (de la Corte) se muestra ampliamente plural, y, en consecuencia, enfatiza en la condición de su administración de justicia, es decir, en la manera en la que debe de llegarse a una solución justa a partir de la diversidad de procedencia de los jueces, una especie de pluralismo jurídico pactado.
El procedimiento de renovación de magistrados es ejemplar y podría ser un punto de partida para pensar cómo conformar los tribunales supremos y constitucionales en cualquier país, incluido el nuestro. Cada tres años se renuevan cinco magistrados, de esta manera se mantiene un constante movimiento de magistrados sin afectar a la mayoría de ellos y, en consecuencia, sin afectar a las condiciones de posibilidad de permanencia de las líneas jurisprudenciales. Cabe destacar que los magistrados pueden ser reelegidos por una vez más.
Si no hubiere un juez de la nacionalidad de uno de los Estados parte en una controversia, las partes podrán designar un juez ad hoc de su elección, que puede ser nacional o no, que participará en el procedimiento con voz y voto, es decir, en términos de igualdad con los otros jueces. La Corte, entonces, ha sido concebida como un pleno, cuyo quorum es el de nueve magistrados, y sus decisiones deben ser tomadas como las de un cuerpo colegiado, y no como la suma de votos individuales, lo cual no excluye la posibilidad de votos disidentes.
La CIJ ha sido y seguirá siendo el espacio más importante de justicia internacional.
Farit Rojas T. es docente investigador de la UMSA.