“Por fidelidad a Cristo, la iglesia no puede callar. Una religión que no tenga la valentía de hablar a favor del hombre, tampoco tiene derecho a hablar a favor de Dios.” (Luis Espinal)

¿Existe impunidad de abusos sexuales dentro de la Iglesia Católica? La Santa Sede presentó su informe periódico al Comité de los Derechos del Niño, conforme a su obligación internacional emergente de la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño.

En este sentido, el comité (2014) señaló que en relación a abusos sexuales de niñas, niños y adolescentes por clérigos, el Vaticano “ha preferido sistemáticamente preservar la reputación de la Iglesia y proteger a los autores de dicho abuso, y no el interés superior del niño”.

En Latinoamérica se han registrado casos de pederastia clerical, que han sido considerados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA (2020), en una audiencia temática solicitada por organizaciones de derechos humanos.

En la audiencia se conoció casos emblemáticos que compartían similitudes: la indefensión de las víctimas, el encubrimiento de la Iglesia, la impunidad de los pederastas y la ineficiente respuesta de los respectivos Estados.

En Bolivia, a partir de la publicación del Diario de un pederasta por el periódico El País de España, se conoció los abusos sexuales del sacerdote Alfonso Pedrajas a niños del colegio Juan XXIII de Cochabamba, en el que el cura pederasta fue director.

Casualidad o no, en los casos de pederastia clerical en Bolivia se van identificando conductas similares a las ya identificadas en la región, que constituyen un patrón común: el silencio.

En relación a estos patrones, el Comité de los Derechos del Niño ha manifestado que el Vaticano ha permitido “la continuación de dichos abusos por clérigos y la impunidad de los perpetradores”.

Otro factor que preocupa es la práctica de movilidad que realiza la Iglesia de autores de delitos sexuales, “con la intención de encubrir estos delitos”.

A la luz del derecho canónico, la Iglesia trata el abuso sexual infantil como un “delito grave contra la moral”, cuya jurisdicción determina procedimientos confidenciales, base del encubrimiento y del silencio. Por eso, ante casos de pederastia clerical no se denuncia ante la Iglesia, se denuncia a la Iglesia.

Se ha identificado además otro “código de silencio” impuesto a la comunidad clerical, bajo “pena de excomunión”, por ejemplo, en “casos de monjas y sacerdotes condenados al ostracismo, degradados y apartados del sacerdocio por no respetar el código de silencio”.

En Bolivia, la Iglesia tiene mucho que aclarar y para ello debemos ser objetivos y separar las aguas, por un lado, están los delitos cometidos por los pederastas como Alfonso Pedrajas y, por otro lado, está la inacción de quienes conocieron estos delitos y no los denunciaron oportunamente. 

El caso Karadima, en Chile, señala un precedente en el fallo emitido por la Corte de Apelaciones (2019), que estableció que “La indemnización a las víctimas esta referida exclusivamente al hecho propio de la iglesia y no a las acciones directas de abuso y violencia sexual del cura”.

La legislación boliviana, al respecto, prevé la reparación del daño causado por dolo o culpa, principio que incluye la responsabilidad objetiva de instituciones como la Iglesia.

Finalmente, si bien el Vaticano reconoce la competencia de jurisdicciones civiles, sigue aplicando el derecho canónico a casos de abuso sexual, que da lugar a la imposición del silencio a las víctimas “como una condición para obtener una indemnización financiera”.

Silencio de la Iglesia, silencio impuesto a las víctimas, silencio de algunas autoridades, son silencios que nos ensordecen, porque es el ruido de la impunidad histórica de la pederastia clerical en el mundo.

La garantía de “no repetición” de este tipo de delitos demanda que el Estado realice acciones integrales. Por ejemplo:

— Revisar el concordato vigente con la Santa Sede, conforme a la naturaleza de Estado laico de Bolivia.

— Establecer la imprescriptibilidad de delitos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes.

— Conformar una Comisión de la Verdad, Justicia y Reparación imparcial e independiente, con víctimas de pederastia clerical y organizaciones de derechos humanos, al margen de la presencia institucional de tipo gubernamental.

Hacerlo es una deuda histórica con las niñas, niños y adolescentes. ¡El silencio es olvido y el olvido es impunidad!

(*) Ninoska Durán Burgoa es abogada especialista en DDHH de niñez y adolescencia