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Incentivos para actores educativos

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Luis Callapino López

A pocos días del sábado 23, cuando se desarrollará el Censo de Población y Vivienda 2024 en todo el territorio nacional, el Ministerio de Educación, a través de los viceministros de los subsistemas Regular (Manuel Tejerina), Alternativa y Especial (Viviana Mamani) y Superior de Formación Profesional (José Luis Gutiérrez) emitieron el jueves 14 el Instructivo IT/VER 0011/2024, con la finalidad de dar cumplimiento al Decreto Supremo 4760 y atención a la solicitud del Instituto Nacional de Estadística (INE) de la suspensión de actividades educativas previa y posterior al empadronamiento.

De acuerdo con el DS 4760, se declara al Censo de Población como una prioridad nacional, en tal virtud, el Ministerio de Educación dispuso oficialmente que el viernes 22 se suspenden las clases en todas las unidades educativas del país, y el lunes 25, exclusivamente en los contextos educativos rurales.

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Ante estos antecedentes, es imperante resaltar el reglamento para la otorgación de incentivos a estudiantes, maestros, directivos, docentes y personal administrativo por su participación como voluntarios censistas, que fue aprobado mediante la Resolución Ministerial 0148/2024, el 27 de febrero, que tiene como objetivo la regulación del procedimiento de referida normativa.

En el caso particular del Subsistema de Educación Regular, los estudiantes censistas (edad mínima de 16 años) de cuarto, quinto y sexto de secundaria de las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio que cumplan su labor censal, se beneficiarán con 30 puntos, que podrán ser dispuestos hasta en tres áreas (materias) en el segundo y/o tercer trimestre de la presente gestión.

Sobre los maestros y los administrativos censistas con Registro Docente Administrativo (RDA) que cumplan con el operativo censal, serán acreedores a un año de servicio solamente para ascenso de categoría y dos puntos para cualquier proceso de calificación de méritos. Cabe aclarar que quienes ya participaron en censos anteriores quedan exentos del último incentivo.

Al referirse al procedimiento para la efectivización del incentivo, procederá una vez que los maestros, administrativos y estudiantes cuenten con el certificado de participación emitido por el Instituto Nacional de Estadística.

Por ejemplo, en el caso de los estudiantes el INE remitirá al Ministerio de Educación la base de datos correspondiente, que a la vez serán incorporados al Sistema de Administración de Información Académica para Unidades Educativas. Posteriormente, la o el estudiante presentará a la o el director el certificado de participación y el Formulario de Registro de Beneficio, en el cual se asignan los 30 puntos en las tres áreas que fueron elegidos voluntariamente.

Contrastados los datos de los estudiantes con el listado de participantes remitido por el INE, los directores, en coordinación con los maestros de las materias identificadas, asignarán los 30 puntos en las materias que fueron elegidas, correspondientes al segundo y/o tercer trimestre del presente año escolar.

Con relación a los maestros y los administrativos, el incentivo del año de servicio computable solamente para examen de ascenso, será efectivizado en la Unidad de Asuntos Administrativos, sección de trámites del RDA y Escalafón de las Direcciones Departamentales de Educación.

(*) Luis Callapino López es magister en Políticas de Formación Docente