La ética de la virtud

Marcelo Céspedes Cuéllar
En el marco de una democracia representativa los Estados que abrazan los principios democráticos eligen a sus autoridades que se hacen cargo del destino de sus sociedades. Sin embargo, ante esta delegación de responsabilidades, emergen cuestionantes: ¿cómo elegir bien a sus gobernantes o a sus autoridades?, toda vez que de las decisiones que éstos tomen, se marcan los destinos de los Estados, de los pueblos, de las personas.
En definitiva, al margen de los atributos profesionales de excelencia y meritocrática que conllevan un trabajo exitoso, la ética, así como los principios morales, se constituye en factor absolutamente indispensable para cumplir las funciones de manera transparente y honesta.
Filósofos de la antigua Grecia como Sócrates y Platón sostenían que la ética tenía su sustento en la virtud y era entendida como la expresión de una moralidad suprema. Su importancia está presente en saber qué estamos haciendo bien y qué estamos obrando mal; nos garantiza, de algún modo, que podamos actuar o conducirnos correctamente. David Hume decía que son principios que permiten emitir juicios sobre lo bueno o lo malo.
En ese marco, se entiende a la ética como aquellas normas morales que rigen la conducta, el comportamiento de la persona en cualquier ámbito de la vida, en cualquier función o tarea que le toque desempeñar.
Pantaleón Dalence Jiménez, connotado jurisconsulto boliviano, quien, además de ocupar cargos importantes dentro de la administración gubernamental de esa época, pasó por la función judicial y represento uno de los mayores aportes en este campo. En su discurso de la apertura del Año Judicial de 1874, cuando fungía como presidente de la entonces Corte Suprema de Justicia de la Nación, ahora Tribunal Supremo de Justicia, señalaba que uno de los atributos en virtud que debe regir la conducta de quienes tienen a su cargo la administración de la justicia es la moralidad; además, decía que aquel juez instruido carente de esta moralidad es más peligroso y temible que el ignorante honrado.
La coyuntura jurídica que se ha estado suscitando a raíz de las cuestionadas decisiones judiciales como la DCP 0049/2023 y el ACP 0113/2024-O evidencian el debilitamiento de la credibilidad e institucionalidad del sistema judicial, aspectos que, sin duda, han erosionado bastante el aparato judicial. Académicos, juristas e inclusive el ciudadano de a pie coinciden en señalar que las autoridades se han desmarcado de los patrones legales, así como de los principios ético-morales permitidos en la sociedad, poniendo de este modo en entredicho la probidad de las mismas y que estas acciones contribuyen en el debilitamiento del Estado democrático de derecho.
Estas decisiones distan en absoluto de la naturaleza y los fines que conlleva la ética y los principios morales. Si bien es imperioso generar cambios en la Justicia, también es imperativo el respeto irrestricto a la Constitución Política del Estado y al conjunto de normas para garantizar un sistema judicial confiable y una democracia fortalecida; sin embargo, son los principios éticos y morales que el soberano tiene que considerar a tiempo de elegir a sus gobernantes y autoridades, toda vez que dichos atributos determinan el comportamiento y las decisiones de las personas y sobre todo de aquellas autoridades que por su investidura tienen a su cargo el destino de los Estados y de importantes instituciones públicas nacionales.
*Es abogado y politólogo.