Tribunal Séptimo rechaza cesación de la detención preventiva de William K. D.
Su defensa presentó la solicitud con el argumento de que su cliente tiene insuficiencia respiratoria ocasionada por su hábito de fumar, que se agravó durante los cinco años de detención preventiva en el penal de San Pedro.
William K.D., quien enfrenta un juicio oral por el presunto feminicidio de Andrea A. A., de 27 años, en agosto de 2015, intentó por tercera vez obtener la cesación de su detención preventiva. Sin embargo, el Tribunal Séptimo de Sentencia en una audiencia virtual efectuada la mañana de hoy, denegó su petición.
Audalia Zurita, una de sus abogadas, informó que la solicitud fue planteada en el marco de las circulares y recomendaciones en sentido de que los privados de libertad que tengan enfermedades de base sean beneficiados con medidas sustitutivas a la detención para preservarlos del contagio con el COVID-19, emitidas por el Tribunal Supremo de Justicia, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y del Alto Comisionado de Naciones Unidas de Derechos Humanos.
“La solicitud ha sido denegada con el argumento de que no se han desvirtuado los riesgos procesales, que la enfermedad crónica de William K. D. no estaría acreditada. Además, que en aplicación de la perspectiva de género, hay una persona muerta y en un test de proporcionalidad es conveniente que él siga manteniendo la detención preventiva”, explicó la profesional.
Respecto a la salud del procesado, Zurita dijo que hay certificación del médico del penal de que su cliente tiene insuficiencia respiratoria.
“El Tribunal quieren que un neumólogo certifique su mal pulmonar, lo que es imposible en este momento porque el tribunal no está trabajando y no puede autorizar la salida del penal de William K. D. para que vaya a un neumólogo. Y, por otra parte, en este momento no hay uno que vaya al penal”.
Respecto a los riesgos procesales, la profesional explicó que el juicio oral prácticamente ha acabado, por lo que no puede haber riesgo de obstaculización. “Solo nos falta la audiencia de alegatos y conclusiones y que se dicte sentencia”.
En cuanto al riesgo de fuga, los jueces justificaron su decisión con el argumento de que el procesado podría huir a España utilizando una licencia de conducir, que a la fecha ha vencido. Esta caducidad que no fue acreditada por la defensa porque el cuaderno de investigaciones está en poder del tribunal.
Lo mismo sucede con su pasaporte. “Ellos han dicho que no les consta que el pasaporte haya sido entregado al juez instructor. Nosotros no tenemos acceso al cuaderno en este momento, tendríamos que sacar fotocopias. ¡Cómo vamos a hacer eso si el tribunal no está trabajando debido a la cuarentena? Los jueces están pretendiendo lo imposible”, añadió.