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Wednesday 8 May 2024 | Actualizado a 01:23 AM

Intocable Mostajo, ¿mucho que ver o nada en el escándalo de los respiradores?

La única denuncia contra el Embajador de Ciencia y Tecnología fue presentada por el exdiputado Bernardo Montenegro, a quien le preocupa la situación de su caso por la reserva dictada en la causa por parte del Fiscal General.

/ 8 de junio de 2020 / 11:29

Desde que estallara el escándalo de los respiradores, un nombre comenzó a sonar con recurrencia: Mohammed Mostajo Radji. Con funciones en el Gobierno pensadas para su experiencia, el hombre es señalado como uno de los implicados en la trama. Sin embargo, aparenta ser intocable.

El caso fue develado a mediados de mayo, arrastró al exministro de Salud Marcelo Navajas, ahora bajo detención preventiva, y puso en serios aprietos a la administración de Jeanine Áñez. Se trata de la compra irregular y con presunto sobreprecio de 170 respiradores españoles a un precio unitario de contrato de $us 28.080, a diferencia de precio de fábrica de $us 7.234.

El caso apunta a algunos funcionarios del Ministerio de Salud, a consultores del Banco Interamericano (BID), a diplomáticos, a empresarios españoles e incluso a personas particulares, como el llamado “testigo clave” Fernando Humérez.

Sospechoso

Al conocer la causa, el fiscal departamental de La Paz, Marco Antonio Cossío, anunció la convocatoria a declarar a unas 10 personas, entre ellas Mostajo, embajador de Ciencia y Tecnología e Innovación. Sin embargo, hasta ahora no se conoce nada de esa citación.

Tampoco actuó en ese sentido el ministro de Justicia, Álvaro Coímbra, cuyo despacho se ha convertido en la parte querellante del caso. Y la semana pasada, la comisión de la Asamblea Legislativa Plurinacional que fue conformada para el caso anunció que incluirá en sus investigaciones, paralelas a las del Ministerio Público, al embajador.

Sin embargo, la única denuncia vinculada al expediente es la presentada por el exdiputado Bernardo Montenegro, quien, luego de varios intentos, logró sentar sus acusaciones el 19 de mayo en la Fiscalía de Santa Cruz. Al día siguiente, la fiscal Mirna Arancibia transfirió los legajos a su par de La Paz.


Mostajo en 2017. Fuente: su cuenta de Facebook

Única denuncia

El exlegislador de Poder Democrático y Social (Podemos), antigua alianza del expresidente Jorge Quiroga, acusa a Mostajo de haber participado del presunto negociado de los respiradores a partir de su papel en el gobierno de Áñez, que lo nombró con un cargo nuevo en la diplomacia boliviana y lo incluyó en su equipo asesores en las acciones contra el COVID-19.

Montenegro acusa al embajador de siete delitos: enriquecimiento ilícito, enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado, favorecimiento al enriquecimiento ilícito, uso indebido de influencias, beneficios en razón cargo, delitos contra la salud pública e incumplimiento de deberes.

Cree que Mostajo favoreció a su primo, Eduardo Claros Mostajo, en presuntos negocios de adquisición de medicamentos para el Estado. En una conversación con La Razón el 27 de mayo, dijo que éste, sin ser funcionario, participó de la entrega de medicamentos en Trinidad junto el ministro Coímbra, a principios de abril.

En su denuncia, el exdiputado también pidió al Ministerio Público investigar quién es Claros Mostajo o de quiénes son o a qué se dedican las empresas Mediquip, Dolphin Mall y Medimark, empresas que presuntamente pertenecen al primo y que importan medicamentos en esta emergencia sanitaria.

En otra comunicación con este diario, este domingo, Montenegro lamentó que el caso se haya declarado en reserva y que él no haya sido notificado sobre la demanda. “Deja mucho que pensar, del porqué no se me comunica oficialmente si mi demanda ha sido admitida o no, para que yo puede ampliar en la presentación de nuevos elementos”, dijo vía WhatsApp.

https://www.facebook.com/jeanineanezc/videos/527139861552483

Mostajo, desaparecido

En su criterio, Mostajo ya debió ser convocado, como también pidieron “varios sectores”. Tiene que explicar sobre “irregularidades y la clara participación en todo lo referente a adquisiciones de este señor, y lo más extraño es que ha desaparecido de todo lado, no se supo NADA más de él”, afirmó Montenegro.

Mostajo apareció en la escena pública el 13 de febrero, cuando Áñez lo nombró representante Extraordinario en Misión Especial para la Ciencia, Tecnología e Innovación ante Organizaciones Internacionales, misión nueva bajo dependencia del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Apuntado como mentor de la compra de los 170 respiradores de la fábrica española GPAinnova y a través de la intermediaria IME Consulting Global Services SL, el embajador se defendió diciendo que no fue parte de la transacción sino el Ministerio de Salud.

«El Comité Científico no realiza compras, el Comité Científico asesora a la presidenta las estrategias de Estado. ¿A qué me refiero cuando digo estrategia del Estado? A la cuarentena que tenemos, el cerrar fronteras, la cuarentena dinámica, ese tipo de decisiones», se justificó en una entrevista con la red Unitel el 20 de mayo.

Desde esa fecha no se supo rastro de él; el 17 de mayo había dejado de escribir en sus redes sociales de Twitter y Facebook.

Sin embargo, las tareas de ese comité de asesores y sus acciones contradicen a Mostajo, como cuando anunció la compra de 500 respiradores o la importación de hidroxicloroquina, cefotaxima y metamizol. “Solo con la cantidad de hidroxicloroquina tendremos un millón de dosis, que da más o menos para tratar a 37.500 pacientes, que es mucho más de los que esperamos tener”, dijo a La Razón el 12 de abril.


Mostajo, de sobrero, a lado de Carolina Ribera

Comité Científico

El 1 de abril, siete días antes de que Navajas fuera nombrado en reemplazo de Aníbal Cruz, la presidenta Áñez presentó en su cuenta de Facebook un video en el que se ve a Mostajo anunciar la compra de 500 respiradores para la atención de pacientes con COVID-19 en el país.

“Nos encontramos hoy en la Casa Grande del Pueblo, en el Centro de Coordinación Estratégica del COVID-19, donde estamos ejecutando el plan de acción para la contención de la enfermedad (…)”, dice el joven de 31 años.

El 24 de abril, Áñez presentó en sus redes sociales al Comité Científico Asesor (CCA) de la Presidencia y el gabinete de ministros, en cuya nómina incluyó al embajador Mostajo y a otros profesionales externos, de los que dijo que trabajarán ad honorem: Carlos Javier Cuéllar, Cinthya Urquidi Bellota, Verónica Osorio Calderón, René Soria Saucedo, Roberto Torrez Fernández, Juan Saavedra Quintanilla y  Miguel Ángel Delgado Koriyama.

En el texto adjunto, hubo una vasta explicación de las referencias de los profesionales y los objetivos del CCA: “Su principal objetivo es desarrollar información técnica basada en la evidencia para orientar la toma de decisiones en políticas públicas para el control de la pandemia COVID-19”.

“La principal función del CCA es de brindar recomendaciones en materia de control y manejo de la pandemia de COVID-19 en Bolivia, basados en la revisión crítica de la evidencia científica, revisión sistemática de los reportes nacionales e internacionales y tendencias nacionales y de otros países”, complementa el texto.

Un ‘yerno’ poderoso

A Mostajo se le atribuye una relación amorosa no desmentida con la hija de la presidenta Áñez, Carolina Ribera, con quien aparece en varias fotografías que circulan en las redes sociales y los medios de información.

“Hay algo raro y oscuro” en esas acciones, las investigaciones que no lo incluyen; “no sé si es porque (Mostajo) es demasiado cercano a la Presidenta o hay algo que se está encubriendo”, dijo Montenegro en una primera conversación con La Razón.

Ambos fueron vistos juntos en la recepción del cargamento de hidroxicloroquina a su llegada de China, en una cata de vinos o una celebración del 9 de enero, entre otros momentos. Aficionado a la cata de vinos, el 28 de marzo escribió: “Tomé electivas en cata de vinos, tomé psicología, para aprender a hablar a una persona que tiene una enfermedad neurológica”.

Doctor en Biología Molecular y Celular, Mostajo Radji anotó al día siguiente de su juramento Bs 487.200 en su declaración jurada ante la Contraloría General del Estado, en la que no registró ni deudas ni rentas.

Hasta antes de sus funciones, era presidente de la Fundación Clubes de Ciencia Bolivia (CdeCBo), una organización de jóvenes para el liderazgo y la educación. Renunció a esas tareas arguyendo ética y una oportunidad de crecer. “Con mi nuevo cargo asumo el desafío de crear desarrollo científico, tecnológico e innovador para el país y esto incluye pero no se limita al área de educación”, escribió el 19 de febrero en Facebook.

El 28 de marzo anunció su vuelta de Estados Unidos a Bolivia, en el “último vuelo comercial” que consiguió. “No sé hasta cuándo estaré en el país, estaré el tiempo que sea necesario. Todavía no sé en donde seré de más ayuda: Cenetrop, hospitales, en el centro de monitoreo de la Casa del Pueblo. Pero ahí estaré”, escribió. (08/06/2020)

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Ante fallos sobre las judiciales, el TSJ pide que se respeten las sentencias constitucionales

Jaimes recordó que las decisiones constitucionales son ajenas al Órgano Judicial, pero de cumplimiento obligatorio.

El presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Marco Jaimes.

Por Boris Góngora

/ 7 de mayo de 2024 / 23:01

El presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Marco Jaimes, señaló que las determinaciones de cada órgano del Estado son independientes y deben ser respetadas, al referirse sobre las decisiones emitidas por las Salas Constitucionales sobre las judiciales.

“Esa aclaración (sobre el fallo de la Sala Constitucional de Pando) es importante, porque el Tribunal Supremo de Justicia, al igual que todo ciudadano o toda autoridad que cumple funciones en el Estado Plurinacional, debe acatar las decisiones del Tribunal Constitucional o, en su caso, las propias Salas Constitucionales que existen en cada departamento, y así lo venimos haciendo diariamente”.

“Si como consecuencia de un auto supremo pronunciado por el Tribunal Supremo o por alguna de sus salas se interpone una acción de defensa, pues el Tribunal Supremo debe acatar la decisión de esa Sala Constitucional o del Tribunal Constitucional Plurinacional como lo viene haciendo diariamente”, recalcó el magistrado.

Sin embargo, Jaimes recordó que las decisiones constitucionales son ajenas al Órgano Judicial, pero de cumplimiento obligatorio. “Esto es en resguardo de la institucionalidad que rige en el país, debe siempre procurarse acatar las decisiones que emiten los tribunales y, en este caso, las Salas Constitucionales de nuestro país”.

Lea más: Fallo ordena a la Asamblea ‘equilibrio’ en la convocatoria para la inclusión de mujeres e indígenas de Pando

La Sala Constitucional de Pando dejó sin efecto el proceso de preselección de postulantes en la Asamblea y declaró la “inaplicabilidad” de la Ley 1549 (Transitoria para las Elecciones Judiciales) y el reglamento de preselección de candidatas y candidatos para la conformación del Tribunal Supremo Constitucional, el Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal Agroambiental y el Consejo de la Magistratura.

Este martes, las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural fueron notificadas de manera oficial con el fallo constitucional. La medida fue asumida tras la presentación de una acción popular por la dirigente indígena y abogada Yeny Duri, quien denunció que las postulantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones respecto a las del resto de los departamentos.

“Estas resoluciones tienen el fundamento constitucional, seguramente, resuelven las acciones de defensa interpuesta por postulantes, por ciudadanos y en resguardo de los derechos a lo dispuesto, lo que es de conocimiento de la opinión pública”.

Jaimes reiteró que la jurisdicción constitucional es independiente. “Entiéndase que esta no es parte propiamente del Órgano Judicial, y las resoluciones tienen el fundamento constitucional que defiende las acciones interpuestas por los ciudadanos; en resguardo de los derechos asumen sus determinaciones, y aguardemos que sean debidamente analizadas para que los órganos de poder del Estado boliviano acaten estas decisiones y, en su caso, planteen las impugnaciones que puedan corresponder”, manifestó.

La autoridad también defendió la prórroga de funciones de los magistrados, enmarcada en la resolución que asumió el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), en resguardo de los derechos de los bolivianos y el respeto a la Constitución Política del Estado.

“En el caso de los magistrados del TSJ, existe el cumplimiento de una declaración constitucional de carácter vinculante y obligatorio, consecuentemente el TSJ, al igual que toda autoridad que cumple funciones en el Estado de Bolivia, debe acatar las decisiones del TCP y así lo venimos haciendo diariamente”, concluyó.

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Fallo ordena a la Asamblea ‘equilibrio’ en la convocatoria para la inclusión de mujeres e indígenas de Pando

La Sala Constitucional de Pando dejó sin efecto el proceso de preselección la semana pasada, luego que la dirigente indígena y abogada Yeny Duri presentará una acción popular.

Audiencia de la acción popular de la Sala Constitucional de Pando.

Por Boris Góngora

/ 7 de mayo de 2024 / 22:07

El fallo de la Sala Constitucional Primera de Pando que dejó “sin efecto” la preselección de postulantes a las judiciales y determinó la “inaplicabilidad” de la Ley 1549 y el reglamento, ordenó a la Asamblea el “equilibrio” de la convocatoria para la inclusión de mujeres e indígenas, “en base a normas que respeten la igualdad material de las personas basadas en la realidad de cada departamento”.

“Por tanto: se deja sin efecto el proceso de preselección de candidatos para las elecciones judiciales y la inaplicabilidad de la Ley 1549 y el ‘Reglamento de preselección…’ disponiendo que se proceda a realizar uno nuevo, en base a normas que respeten la igualdad material de las personas basadas en la realidad de cada departamento, dictando medidas de acción afirmativa o positiva adecuadas de flexibilización en los requisitos habilitantes y calificación de méritos a los postulantes de Pando, mujeres e indígenas, mediante reglas diferenciadas acordes con la realidad del departamento, valoración de experiencia profesional de la mujer postulante de Pando”, señala parte de la sentencia constitucional.

Añade que se “deberá calificar solo para ese departamento con criterio de inclusión y despatriarcalización, valoración del ejercicio profesional conforme a reglas de integridad del derecho (ejercicio de la profesión del derecho es en todas las áreas), valoración de experiencias indígenas originaria campesinas de justicia como ejercicio de derecho constitucional y cumplimiento de requisitos específicos, valoración de experiencias indígenas originario campesinas con valor puntuable en el proceso de evaluación, regla de cumplimiento de requisitos conforme al principio de favorabilidad y de búsqueda”.

La Sala Constitucional de Pando dejó sin efecto el proceso de preselección la semana pasada, luego que la dirigente indígena y abogada Yeny Duri presentará una acción popular el 18 de abril.

Lea más: Sala Constitucional de Pando notifica a las comisiones mixtas la suspensión de las judiciales

En primera instancia, la Sala Constitucional dictó una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos, posterior a ello, tras una audiencia cautelar se dejó sin efecto el proceso de preselección. La resolución fue notificada de manera oficial este martes a las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural de la Asamblea Legislativa. 

En sus considerandos, la sentencia señala que “el derecho a la igualdad reconocido en la Constitución, no implica tratar a todas las personas de la misma manera, sino garantizar condiciones equitativas que permitan superar situaciones de desventaja y promover la igualdad entre hombres y mujeres; por ello, ante la evidente vulneración de este derecho a partir de la promulgación de Ley 1549 y Reglamento de convocatoria… ninguna de estas normas adopta medidas afirmativas o positivas que promuevan la igualdad real entre hombres y mujeres”.

Agrega que la acción popular “es la vía idónea para tutelar derechos colectivos, sea que se traten de derechos propiamente colectivos o de derechos individuales en su dimensión colectiva como en el presente caso; puesto que si bien la convocatoria ha sido emitida en febrero de 2023, se ha visto la necesidad de revisar el proceso de preselección ya que deben tomarse acciones positivas al evidenciarse en la norma una situación de desventaja en las que se las situó a las mujeres e indígenas del departamento de Pando, lo que se comprobó con la inexistencia de postulantes mujeres habilitadas al Tribunal Constitucional (Plurinacional)”

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Arcistas hacen fuerza para modificar el estatuto orgánico del MAS

Consideran que el estatuto es inconstitucional porque viola derechos políticos y está hecho a medida del expresidente Evo Morales.

Por Daniel Zenteno

/ 7 de mayo de 2024 / 18:25

Con una nueva directiva, el ala arcista del Movimiento Al Socialismo (MAS) pretende ahora modificar el estatuto orgánico del partido. De acuerdo con actores afines al Gobierno, el estatuto vigente tiene elementos inconstitucionales que deben modificarse.

“Hay que cambiar el estatuto, hay que ajustarlo. En realidad, es un estatuto totalmente inconstitucional, porque te pone ciertos cortapicos y te viola tus derechos políticos”, criticó el viceministro de Coordinación Gubernamental, Gustavo Torrico, en conferencia de prensa.

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Justamente, el congreso arcista que finalizó el domingo y donde se eligió a Grover García, de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), como nuevo jefe nacional del MAS, se rechazó en varias ocasiones por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El TSE observó al congreso por ser contrario a lo que establece el estatuto orgánico del partido. La convocatoria carecía de las firmas de la directiva precedida por el expresidente Evo Morales.

Años de militancia

“Ponerle una antigüedad de 10 años, es deshacerse de la juventud, totalmente, ni Andrónico (Rodríguez) entra. Te deshaces de la juventud, de todo un conglomerado de más de un millón de militantes en el MAS”, cuestionó.

Uno de los elementos que establece el estatuto es que quien quiera ser candidato presidencial debe tener como mínimo 10 años de militancia para ser elegido. El presidente Luis Arce y el propio Torrico, por ejemplo, incumplen con este requisito, de acuerdo con la lista de militancia que fue actualizada en 2018.

El diputado arcista y jefe de bancada del MAS, Jerges Mercado, respaldó las declaraciones de su colega.

“El tema de la militancia creo que también hay que ser más flexibles, porque hay líderes que están surgiendo que no vienen de 20 años, 10 años”, consideró el martes en conferencia de prensa.

‘Liderazgo nato’

“A pesar de que este estatuto fue hecho a medida de cierta persona, se lo ha respetado como correspondía, pero no puede ser que en el estatuto se hable de un jefe de por vida”, cuestionó.

El artículo 6, parágrafo 15, del estatuto orgánico del MAS establece que el expresidente Evo Morales tiene “liderazgo nato” dentro del partido.

“Hay varios aspectos que tienen que ser modificados en el estatuto. Por eso hay que llamar a un nuevo congreso justamente para definir esos temas”, insistió el legislador.

Una vez elegido como jefe nacional, García afirmó que en 90 días se convocaría a un congreso estatuario, para modificar el estatuto vigente.

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Huaytari propone ley corta o anulación de preselección de candidatos para viabilizar las judiciales

El presidente de Diputados considera que las comisiones mixtas son las que tienen la última palabra respecto al destino de las judiciales.

Por Daniel Zenteno

/ 7 de mayo de 2024 / 17:04

Luego de que el proceso de preselección de los candidatos para las elecciones judiciales quedara suspendido, a causa de una acción popular, surgen propuestas para que estos comicios se realicen este año.

El presidente de la Cámara de Diputados, Israel Huaytari, dio a conocer dos posibilidades que se están debatiendo en las comisiones.

Judiciales

“Escucharemos el resultado, la solución, si se podría ampliar (los plazos) con una ley corta o si es que se volvería a foja cero (el proceso de preselección). Nosotros seguramente vamos a coadyuvar y a aceptar las decisiones”, afirmó este martes en conferencia de prensa.

El 30 de abril, una Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia en Pando aceptó una acción popular presentada por la abogada Yeny Dury. Argumentó que la Ley 1549, de Elecciones Judiciales, no contemplaba los derechos de las mujeres indígenas originarias y campesinas.

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A diferencia de un amparo constitucional, que denuncia una violación al derecho del postulante, la acción popular denuncia a la ley en sí, debido a su contenido. De esta manera, la 1549 quedó inaplicable y se debe promulgar una nueva.

Comisiones

“Lo más importante es el presidente de la Comisión Mixta (…), tanto de Justicia como de Constitución (…), esperamos el resultado de la Comisión, de ellos depende”, explicó Huaytari.

A su vez, el presidente de la Comisión Mixta de Justicia, Roberto Padilla, ratificó que se está buscando una solución para continuar con el proceso.

Antes de que el proceso se detenga, las comisiones estaban listas para iniciar con las evaluaciones orales y escritas de los postulantes.

Además, Padilla afirmó que se presentarán denuncias penales contra los jueces y vocales que aprobaron amparos y acciones que imposibilitan seguir con el proceso.

La Asamblea Legislativa tenía hasta el 5 de mayo para remitir la lista de candidatos preseleccionados al Tribunal Supremo Electoral. Con los plazos cumplidos, existe la posibilidad de que las elecciones judiciales coincidan con las elecciones primarias, programadas para fin de año o los primeros meses del 2025, y por tanto no se realicen.

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Sala Constitucional de Pando notifica a las comisiones mixtas la suspensión de las judiciales

La semana pasada, la Sala Constitucional de Pando determinó dejar sin efecto y anuló el proceso de preselección.

Proceso de preselección en las comisiones mixtas de la Asamblea Legislativa.

Por Boris Góngora

/ 7 de mayo de 2024 / 16:22

La Sala Constitucional Primera de Pando notificó este martes a las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural de la Asamblea Legislativa con el fallo constitucional que anula el proceso de preselección para las elecciones judiciales.

“Por tanto, se deja sin efecto el proceso de preselección de candidatos para las elecciones judiciales y la inaplicabilidad de la Ley 1549 y el ‘Reglamento de preselección de candidatas y candidatos para la conformación del Tribunal Supremo Constitucional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura’ disponiendo que se proceda a realizar uno nuevo, en base a normas que respeten la igualdad material de los personas basadas en la realidad de cada departamento…”, señala la parte resolutiva del fallo de acción popular.

El presidente de la Comisión Mixta de Constitución, senador Miguel Rejas, confirmó la notificación con la resolución de la Sala Constitucional que indica que se debe volver a «foja cero y paralizar» todo el proceso de preselección.

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“(Este fallo) desconoce todo el proceso que hemos realizado hasta este momento, en ese sentido la Comisión va a analizar y evaluar en este momento para presentar este informe al Pleno de la Asamblea por el hecho de que hace momentos y la anterior semana esta Sala Constitucional y sobre todo los vocales han pisoteado la Constitución Política del Estado y los derechos constitucionales de más de 400 postulantes que en este momento están en carrera”.

La semana pasada, la Sala Constitucional de Pando determinó dejar sin efecto y anuló el proceso de preselección, fallo emitido por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

La acción popular fue presentada por la dirigente indígena y abogada Yeny Duri el 18 de abril. En primera instancia, la Sala Constitucional dictó una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos. Duri denunció que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

La vocal Celsa Salazar, miembro de la Sala Constitucional de Pando, señaló entonces que la Asamblea Legislativa “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección”.

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