Ley municipal sanciona con Bs 589 la no utilización de barbijo en La Paz
De no pagar la multa, los infractores podrán efectuar trabajos comunitarios como limpieza y fumigación de calles. La ley municipal fue promulgada y entró en vigencia
Las personas que sean sorprendidas sin barbijo en La Paz serán sancionadas con una multa de Bs 589 o trabajos comunitarios, según lo establecido en la ley promulgada de corresponsabilidad ciudadana para evitar la propagación y contagio del COVID-19.
El artículo 11 de la norma, proyectada por la concejala Kathia Salazar, establece como medidas de prevención primaria el uso de barbijo obligatorio fuera de casa y en espacios de interacción social como primera medida, además del lavado frecuente de manos con agua y jabón por el tiempo de 20 segundos por lo menos, cobertura de la boca y nariz al toser o estornudar con la parte interior del codo, mantener el distanciamiento físico, evitar el saludo con contacto físico y seguir rutinas de limpieza y desinfección.
Respecto al incumplimiento en el uso del barbijo, la sanción pecuniaria está contemplada de acuerdo al valor actual de 250 UFV (Unidad de Fomento de Viviendas) o alternativamente, el trabajo comunitario en la fecha y hora determinada por autoridad policial, según señala el artículo 18 de la Ley Municipal.
Entre las actividades de trabajo comunitario detalladas en la Ley está la limpieza y fumigación de calles, espacios públicos y bienes de dominio público, limpieza, pintura o restauración de centros públicos de educación, de asistencia social y servicios municipales, limpieza, jardinería, reforestación u ornamentación de bienes de dominio público y cualquier otra actividad en beneficio de la comunidad.
La sanción también alcanza a quienes inciten al incumplimiento de medidas de bioseguridad. Los infractores serán conducidos a la Unidad de Conciliación Ciudadana, donde se aplicará la multa, según cada caso.