El Gobierno da luz verde a crédito de hasta $us 62 millones para ampliar la red de Mi Teleférico
Un decreto supremo fue promulgado este jueves, el cual autoriza que se suscriba el contrato de préstamo con el BID. Mi Teleférico adelantó que será para ampliar la Línea Café.
Se ampliará la red de Mi Teleférico. Foto: Archivo La Razón.
Mediante un decreto supremo, el Gobierno dio luz verde a que la estatal Mi Teleférico acceda a un crédito de $us 62 millones para financiar la ampliación de su red. En repetidas ocasiones, la empresa de transporte por cable ha compartido el proyecto de hacer crecer su cobertura.
“Se autoriza al Ministro de Planificación del Desarrollo, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, a suscribir con el BID, el Contrato de Préstamo N° 5808/OC-BO por un monto de hasta $us 62.000.000.- (SESENTA Y DOS MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el ‘Programa de Ampliación de la Red de Mi Teleférico para una Movilidad Eléctrica Sostenible e Inclusiva para La Paz’” (sic), señala el parágrafo I del artículo 2 del Decreto Supremo 5056.
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La red de Mi Teleférico incluye en la actualidad diversas líneas que conectan a zonas de La Paz, El Alto; e incluso llegó a la ciudad de Oruro. No obstante, el proyecto tiene miras de crecer desde hace tiempo.
MI TELEFÉRICO
Mediante su cuenta de Facebook, la empresa estatal confirmó esta nueva norma, ya publicada en la Gaceta Oficial; puntualizó que este crédito estará dirigido puntualmente a la ampliación de la Línea Café.
“El presidente del Estado Plurinacional de #Bolivia, Luis Alberto Arce Catacora, promulgó este jueves el Decreto Supremo 5056 que autoriza la suscripción del contrato de préstamo de 62 millones de dólares con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para financiar la #ampliación de la Línea #Café desde el Cruce Villas hasta Pampahasi, extendiendo de esta manera la Red de Integración Metropolitana de Mi Teleférico en La Paz” (sic), publicó la estatal en su citada red social.
La norma se reduce a tres artículos y aclara en el parágrafo II del artículo 2 que; “Suscrito el Contrato de Préstamo N° 5808/OC-BO con el BID, éste deberá ser remitido a consideración y aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional; en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado” (sic).