Banca cubrirá deuda parcial tras remate de viviendas
El proyecto de Ley de Servicios Financieros prevé que, en caso del remate judicial de una vivienda cuyo propietario haya solicitado un crédito hipotecario, será la entidad financiera la que asuma el saldo de la deuda del prestatario.
“Cuando la acción de cobranza judicial de un crédito hipotecario de vivienda se ejecute sobre un prestatario que contrajo la obligación crediticia para la compra de su primer inmueble, la cobranza judicial se limitará al remate judicial del bien inmueble hipotecado”, señala el proyecto de Ley de Servicios Financieros, que espera su tratamiento en el Congreso.
Con lo obtenido en la venta del inmueble hipotecado, “la entidad financiera dará por extinguida la acreencia, aún cuando el monto recuperado fuera menor a la liquidación del crédito, siendo improcedente y nula cualquier afectación patrimonial adicional al préstamo”, precisa la disposición que fue confirmada ayer por el viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén.
Esta disposición, explicó, se implementó con el objetivo de no penalizar doblemente a la persona que se presta dinero con garantía hipotecaria, es decir, con la misma casa adquirida. Por ejemplo, si el prestatario adeuda $us 100 mil y el remate de su vivienda hipotecada le reditúa al banco $us 85 mil, la financiera se hará cargo del saldo de la deuda del prestatario, que en este caso es de $us 15 mil.
“Hay momentos en los que hasta los propios bancos esperan que el remate de la casa llegue al 50% de su precio para comprarla”. Esta situación “causa un gran perjuicio a los prestatarios, porque deben continuar pagando el otro 50% de la deuda (crédito hipotecario)” que la venta del inmueble no pudo cubrir, señaló Guillén a Erbol.
Créditos. Para el presidente de la Asociación de Entidades Financieras Especializadas en Microfinanzas (Asofin), Nelson Hinojosa, esta disposición representa “un escollo importante para la gente de bajos ingresos que quiera acceder a un crédito de vivienda”.
Las financieras “pedirían al prestatario un cuota inicial mayor al 20% (en promedio) para la compra de la vivienda”, indicó.
El analista Armando Álvarez coincidió en que esta medida obligará a las entidades financieras a pedir “una cuota inicial mayor para protegerse en caso de que el prestatario incumpliera”.
“Esta necesidad de tener una mayor cobertura puede afectar la demanda de créditos para vivienda social, lo que podría hacer un poco más difícil promover el objetivo de la ley, que es permitir ese tipo de préstamos”, agregó.
Los avisos de remate, con alcance nacional
Con el objetivo de que el proceso de cobranza judicial de un crédito de vivienda tenga mayor transparencia, los avisos de remate de viviendas hipotecadas deberán ser publicados con mayor frecuencia en medios de prensa de alcance nacional y en la página web de la entidad financiera.
Así lo establece el proyecto de ley de Servicios Financieros, que aguarda su tratamiento en el Asamblea Legislativa.
“La Asfi regulará la publicación de avisos de remates de bienes comprometidos con la cobranza judicial” para “que su publicación se efectúe (luego de establecer un tamaño ‘mínimo’) en los medios de prensa escrita de mayor circulación” del país, señala la norma. El viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén, indicó a Erbol que “los remates de las casas se publican en los periódicos de menor circulación y (en tamaño) muy ‘chiquitito’ para que nadie vea, porque hay personas que quieren comprar la vivienda” a un menor precio, “perjudicando al prestatario”.