Impuestos dice que TAM debe empezar a facturar desde el jueves
El 25 de julio, el Servicio de Impuestos Nacionales otorgó de oficio el Número de Identificación Tributaria (NIT) 227006025 a Transporte Aéreo Militar (TAM), considerando que presta servicios comerciales de transporte de pasajeros y carga, por lo que debe pagar los impuestos correspondientes.
El presidente interino del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Erick Ariñez, ratificó que a partir del jueves 8 de agosto Transporte Aéreo Militar (TAM) está en la obligación de dosificar sus facturas con el nuevo Número de Identificación Tributaria (NIT) 227006025 que en días pasados le entregó la autoridad tributaria.
«A partir de mañana (jueves) el TAM ya tiene que hacer dosificar sus facturas con ese NIT, vale decir que tiene que hacer imprimir sus facturas con ese NIT», aseveró Ariñez en un breve encuentro con los medios.
Agregó que una vez que empiece a facturar entonces debe comenzar a pagar los impuestos que correspondan, porque «ahí no hay ninguna preferencia, el TAM tiene que pagar impuestos como cualquier otra persona».
Sin embargo, señaló que la entidad recaudadora fija plazos preestablecidos para que las empresas depositen el pago de esos impuestos, debido a que el Servicio de Impuestos realiza la verificación de lo que vaya a facturar la entidad aérea y que se constituye en una deuda tributaria que debe ser honrada.
Para ello, existe el proceso por el cual se notificará a la empresa aeronáutica el monto de los impuestos que debe facturar y que al TAM le conviene pagar los mismos «en el plazo más breve posible».
Respecto a la deuda de 55 millones de bolivianos, que desde 2008 adeudaría la entidad aeronáutica, Ariñez señaló que al momento se realiza la conciliación correspondiente para verificar el monto de la misma y la forma en que procederá a su cobro.
«El TAM es contribuyente como cualquier otro, el TAM es una empresa pública que tiene que pagar impuestos como cualquier otra empresa pública o privada, por lo que se ha entregado el NIT específico», finalizó el entrevistado.
El 25 de julio, el SIN otorgó de oficio el NIT 227006025 al TAM, considerando que presta servicios comerciales de transporte de pasajeros y carga, por lo que debe pagar los impuestos correspondientes. En esa oportunidad, el entonces presidente del SIN, Roberto Ugarte, explicó que la decisión de la Administración Tributaria fue hecha luego de haber notificado -en varias ocasiones- a las autoridades de la Fuerza Aérea solicitando la regularización de sus obligaciones impositivas.
Luego de realizados los respectivos operativos de fiscalización y al no recibir respuesta el SIN procedió a otorgar de oficio el NIT 227006025, por lo que el TAM ya no puede utilizar el NIT de la Fuerza Aérea.