70% de las concesiones mineras privadas serán revertidas al Estado
Norma. La Ley 403 establece que no habrá compensación por la reversión de las áreas
El 70% de las concesiones mineras improductivas del sector privado serán revertidas al Estado sin ninguna compensación. Éstas podrán ser asignadas a otros sectores de acuerdo con un plan de desarrollo. Así lo establece la Ley 403 de Reversión de Derechos Mineros promulgada ayer.
El presidente Evo Morales, que informó sobre la norma en el Palacio de Gobierno, dijo que según datos de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol), en el país hay como 7.000 concesiones privadas, estatales y colectivas. “De estas 7.000 concesiones, como 2.254 son totalmente privadas. Las empresas privadas (son) por demás conocidas, de todas vamos a recuperar el 70% de estas inversiones, y volverán al pueblo boliviano”, precisó.
Las concesiones privadas suman 1.466.887 hectáreas y de éstas “vamos a recuperar más de un millón de hectáreas”, especificó y añadió que no se tiene “por qué indemnizar a esos concesionarios, eso es para el pueblo”. Sin embargo, aclaró que se respetarán las áreas donde hubo inversión.
El 9 de julio de este año, La Razón ya informó sobre esta norma. En ese entonces ésta tenía el nombre de Ley de Control y Fiscalización de Áreas Mineras y fue aprobada en primera instancia el 7 de junio en la Cámara de Diputados, luego sancionada el 2 de julio por la Cámara Alta y sólo faltaba ser promulgada por el Presidente.
La ley difundida ayer tiene cinco artículos y cuatro disposiciones finales. El artículo uno indica que el objetivo es establecer las causales de reversión de los derechos mineros otorgados por Autoridades Transitorias Especiales (ATE) y contratos mineros, “previa verificación de la inexistencia de desarrollo de actividades mineras”.
Confirmación. La verificación de la inactividad será realizada por el Viceministerio de Política Minera, Regulación y Fiscalización, a partir de la publicación de dicha ley, y el uso de procedimientos técnicos.
El artículo tres especifica que en caso de establecerse la inexistencia de actividades en una concesión, la Autoridad General Jurisdiccional Administrativa Minera (AGJAM), sobre la base del informe de verificación, determinará la reversión de los derechos mineros “sin perjuicio de la responsabilidad que hubiere en el lugar”.
El artículo cuatro indica que las concesiones revertidas podrán ser asignadas a los distintos actores productivos mineros, de acuerdo con un Plan de Desarrollo Minero y a la nueva Ley de Minería y su procedimiento.
El artículo añade que la resolución de contratos sobre áreas en las que la Comibol ejerce titularidad, se mantendrán a favor de la empresa estatal. El artículo cinco indica que los recursos que se podrán interponer sobre las resoluciones de reversión son los de revocatoria y el jerárquico.
Argumentos para el caso
Precios
El Presidente dijo que algunas concesiones de privados eran guardadas para cuando suba el precio de los minerales, en otros casos se heredaban o eran vendidas.
Asalariados celebran la decisión del Gobierno
La Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia (FSTMB), a través de su dirigencia, celebró la decisión del Gobierno de revertir las concesiones que en este momento están sin actividad, y exigen que éstas sean entregadas a la Comibol para operar.
“Los recursos nacionales deben responder al interés nacional, por eso es que la ley la celebramos porque con esta actitud se está dejando la vieja práctica de hacer minería. Solamente con tener una concesión los empresarios podían lucrar, era un negocio”, indicó ayer el secretario general de dicha organización, David Ramos.
La norma responde a un acta de entendimiento que firmó la Central Obrera Boliviana (COB), a pedido de la FSTMB, acotó. Algunas áreas, según el dirigente, tenían perpetuidad hereditaria, pero además eran negociadas.
La Razón intentó contactarse con representantes de la Asociación de Mineros Medianos. El secretario general de esta organización, Marco Calderón, expresó que no podía emitir declaraciones sobre el tema y que sólo el presidente, Humberto Rada, lo podía hacer; y colgó su teléfono celular.
Se exime a cooperativas de devolver áreas
La Ley de Reversión de Derechos Mineros exime a las cooperativas de la reversión de sus concesiones, al igual que las registradas a nombre de la estatal Comibol y de los actores mineros unipersonales “cuyas áreas estén registradas en menos de diez cuadrículas o 250 hectáreas (has)”.
Así lo establece la disposición final tercera de la mencionada norma. Respecto a este punto, el presidente de la Federación Nacional de Cooperativas Mineras (Fencomin), Alejandro Santos, argumentó a este diario que en su sector “no existen áreas ociosas” y que la norma fue consensuada.
Adelantó que solicitarán las áreas que les fueron revertidas al sector privado porque la ley señala que las concesiones pueden ser exigidas por otros operadores y que en Bolivia existen 150.000 cooperativistas. El presidente de la Federación Departamental de Cooperativas Mineras (Fedecomin) de La Paz, Miguel Manuel Coñaja, indicó que cuando ellos solicitan áreas lo hacen para trabajar, y si existiese alguna concesión sin actividad se debe a la falta de caminos o maquinaria para explotar.
“De las 317 cooperativas en La Paz, unas 70 están en trámites para poder operar”, dijo el dirigente del sector cooperativo. El presidente de la Cámara Nacional de Minería, Saturnino Ramos, indicó a La Razón que en su sector están exentos de las reversiones aquellos que tienen menos de diez cuadrículas o 250 hectáreas.
“Los que somos mineros chicos tenemos este tipo de espacio”, dijo tras explicar que las áreas avasalladas tampoco ingresarán en la norma referida a la reversión. Ramos cuestionó que las cooperativas sean beneficiadas con la norma. “No sé de qué privilegios gozan, por más que tengan más de 250 hectáreas no les revertirán”.