El 94% de fiscales se sometió a evaluación que definirá su permanencia en el cargo
La nueva ley del Ministerio Público instruye la evaluación al conjunto de los fiscales.
El 94.44 % de los Fiscales de carrera fiscal y en periodo de prueba cumplió con la presentación de la documentación exigida, así como la participación en las diferentes fases del proceso de Evaluación de Desempeño en el Ministerio Público, quedando al margen de la evaluación un 6 % que no se sometió al proceso, informó el presidente de la Comisión Nacional de Evaluación de Desempeño de Fiscales de Carrera del Ministerio Público, Celín Saavedra.
Recordó que el proceso surgió como emergencia de la promulgación de la Ley N° 260 del Ministerio Público, que en su Disposición Transitoria Primera, parágrafo II dispone que en el plazo de noventa días, desde su publicación, debe procederse a la evaluación de desempeño de Fiscales de carrera y en periodo de prueba, habiendo el Fiscal General de la República, Mario Uribe, emitido la Resolución FGE/USL N° 120/2012 el 27 de agosto de 2012 por la cual dispone el inicio del proceso.
En primera instancia se designó a los miembros de la Comisión Nacional de Evaluación de Desempeño cuya presidencia recayó en el Asesor Jurídico I de la Fiscalía General, Celín Saavedra, y otros cuatro funcionarios del Ministerio Público reconocidos por su trayectoria, habiendo esta instancia emitido la convocatoria pública interna el 5 de septiembre de 2012 en un medio de circulación nacional y en el portal web del Ministerio Público, además en forma física en los tableros de avisos de las Fiscalías Departamentales, convocando a los fiscales de carrera y en período de prueba a someterse al proceso de evaluación de desempeño.
La primera etapa consistió en la presentación de las hojas de vida de los fiscales, las cuales contenían la declaración jurada de sometimiento al proceso. Posteriormente, el 21 de septiembre se inició la segunda etapa con la recepción de la prueba psicológica simultáneamente en todo el país, con el propósito de identificar las cualidades, competencias y habilidades de personalidad de los fiscales evaluados a base de cinco criterios de evaluación. Al cabo de ello, un equipo de profesionales psicólogos del propio Ministerio Público analizó y valoró la prueba.
El parágrafo II de la primera disposición transitoria de la ley del Ministerio Público prevé: «Las y los fiscales que hayan accedido a la carrera fiscal o se encuentren en periodo de prueba conforme a la Ley Nº 2175, para mantenerse en la carrera fiscal, en el plazo de 90 días desde la publicación de esta Ley, mediante un proceso público y participativo, deberán ser sometidos a evaluación sobre desempeño en sus funciones, en la cual se utilizarán criterios de probidad y objetividad, que determinarán su suficiencia o insuficiencia para continuar en el cargo de acuerdo a reglamento aprobado para el efecto».