Diputados modifican su Reglamento para viabilizar la renuncia de los asambleístas
Los diputados que renuncien a sus cargos para postularse nuevamente en octubre deberán presentar su renuncia ante el pleno de la Cámara Baja y no así ante la Comisión de Ética como mandaba el reglamento general.
La Cámara de Diputados modificó hoy el artículo 28 de su Reglamento General para permitir la renuncia de los asambleístas que postulen a cargos en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) en las elecciones generales del 12 de octubre próximo.
La modificación establece que la pérdida de mandato por renuncia de los diputados se hará efectiva una vez sea de conocimiento del Pleno Camaral y aprobada por éste, según informó la Cámara Baja.
«En cumplimiento del Artículo 150, parágrafo 3 de la Constitución Política del Estado, la pérdida de mandato establecida en el inciso f) se hará efectiva al ser de conocimiento del Pleno de la Cámara de Diputados y se notificará al Tribunal Supremo Electoral (TSE) mediante Resolución Camaral para fines constitucionales” señala el parágrafo incluido en el artículo 28 del reglamento.
El anterior párrafo del artículo 28, referido a la pérdida de mandato de los asambleístas, mencionaba que la «Cámara deberá resolver la pérdida del mandato, previo informe de la Comisión de Ética, por dos tercios de votos».
Con la modificación las renuncias para los asambleístas que busquen su reelección en octubre serán sólo de conocimiento del Pleno Camaral y no de la Comisión de Ética.
El TSE convocó para el 12 de octubre a elecciones de Presidente, Vicepresidente, diputados y senadores. Quienes busquen presentarse como candidatos deben renunciar a sus cargos, en caso de cumplir alguna obligación pública, hasta el 14 de julio, según el calendario electoral.
El presidente de la Cámara Baja, Marcelo Elío, del oficialista Movimiento Al Socialismo (MAS), explicó que la modificación al mencionado artículo del reglamento es concordante con el parágrafo tres del Artículo 238 de la constitución.