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Thursday 2 May 2024 | Actualizado a 11:02 AM

El 64% de casos por tortura implica a la Policía y las FFAA

En cinco años, la Defensoría registra 129 denuncias ante la Fiscalía.

/ 21 de abril de 2024 / 06:45

El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), dependiente de la Defensoría del Pueblo, registra 129 casos de tortura y tratos crueles ante el Ministerio Público en los últimos cinco años, empero, no hay ninguna sentencia condenatoria.

En entrevista con LA RAZÓN, el coordinador de esta instancia, Juan Ledezma, dice que del total, el 64%, o sea 82 casos, implica a efectivos de la Policía y las Fuerzas Armadas.

La Fiscalía envió un reporte de los dos últimos años al defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, el 12 de marzo, sobre los procesos por el delito de vejaciones y torturas, del artículo 295 del Código Penal Indica que en 2022 hubo 12 denuncias en La Paz (4) Tarija (4), Chuquisaca (1), Cochabamba (1), Oruro (1) y Potosí (1), de las cuales solamente tres pasaron a las etapas preliminar y preparatoria, todas en La Paz; las restantes nueve llevan el rótulo de “cerradas”.

Mientras que el año pasado se registraron 19 casos en Chuquisaca (6), La Paz (4), Tarija (4), Cochabamba (3), Oruro (1) y Santa Cruz (1), de los cuales solo cuatro están en las etapas preliminar y preparatoria en La Paz (1), Chuquisaca (1), Cochabamba (1) y Tarija (1); el resto resultó “cerrado”.

SANCIONES. A la par, el informe de la gestión 2022 de la Defensoría, para la Asamblea Legislativa, señala que entre 2019 y 2022 se presentaron 1.463 denuncias de tortura y tratos crueles ante instancias disciplinarias de la Policía, con 19 sanciones ejecutoriadas.

“En la vía judicial no existe ninguna sentencia ejecutoriada por el delito de vejámenes y tortura. Se puede afirmar que en Bolivia existe un problema de impunidad”, advierte el documento.

Y la situación no cambió. De acuerdo con el oficio del Ministerio Público para Callisaya, entregado a LA RAZÓN, “en los casos registrados por la presunta comisión del delito de vejaciones y torturas… en las gestiones 2022 y 2023 no se cuenta aún con sentencia condenatoria”.

Al respecto, el Instituto de Terapia e Investigación sobre las Secuelas de la Tortura (ITEI) informa que desde 1952 hasta 2022 se atendieron 1.591 casos de personas torturadas en el territorio nacional. De esa cantidad, el 55% corresponde a hombres y el 45%, a mujeres.

El coordinador Ledezma explica que de las 129 denuncias de tortura y tratos crueles ante la Fiscalía en los últimos cinco años, el 50%, o sea 64, apuntan a efectivos policiales al momento de detenciones y en celdas policiales.

Mientras que el 20%, es decir 26 casos, involucra a las prisiones del país. “Ahí ya vemos otro tipo de métodos de tortura, el más común es la tortura física, producto también de extorsiones de grupos de poder”. Y por último, Ledezma asevera que el 14% de las denuncias (18) se dieron en centros de formación militar como cuarteles, y el resto se refiere a una variedad de casos, entre ellos acciones asumidas por guardias municipales.

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Emma Bravo, directora del ITEI, coincide con el MNP. Sostiene que “los que más torturan y maltratan” son miembros de la Policía y las Fuerzas Armadas. Añade que este delito se presenta al momento de la aprehensión como factor de “investigación y confesión”, durante el traslado del detenido a un recinto penitenciario como factor de “amedrentamiento”, y en los centros carcelarios, como factor “punitivo”.

MUNDIAL. Ledezma indica que la tortura es una práctica mundial, puesto que se la tiene presente en países de Europa, Asia, Latinoamérica, África… Asimismo, subraya que los métodos para aplicarla han ido mutando y las convenciones internacionales hablan de tortura física y psicológica, e incluso de métodos que no producen dolor físico directo.

Respecto a esta problemática, el funcionario de la Defensoría del Pueblo señala que en Bolivia se identificaron algunos escenarios preocupantes, como el “retraso total” en la normativa, esto en razón de que “no se cumplen las obligaciones internacionales contra la tortura, como el tipo penal”.

Dice que el segundo factor tiene que ver con el desconocimiento, lo cual está enlazado con el “problema de impunidad en esta temática”, pese a que se concretan denuncias. “Hay un desconocimiento sobre el tema de qué es tortura y qué son los malos tratos, tanto de las fuerzas del orden, me refiero concretamente a la Policía y las Fuerzas Armadas, y también de la población en general”.

Afirma que por ello, cuando se reciben denuncias hay un porcentaje que no corresponden a torturas. “La gente se confunde y piensa que si un vecino le ha hecho una serie de lesiones, es tortura, pero en la tortura debe necesariamente estar involucrado un agente estatal.

No significa que la tortura sea realizada solo por policías o militares, puede ser realizada por particulares, pero siempre y cuando existe algún tipo de intervención estatal”.

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ITEI indica que denuncias son ‘invisibilizadas’ en la Justicia

Emma Bravo, directora del Instituto de Terapia e Investigación sobre las Secuelas de la Tortura (ITEI), señala que cuando existe una denuncia por tortura, trata de ser ignorada, “no se la toma en cuenta o se la invisibiliza”.

La activista recuerda el caso de una joven que, el año pasado, estuvo detenida en celdas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC). “Una noche la sacaron y la llevaron al dormitorio de los policías. Y ahí la pegaron, la patearon, le aplicaron corriente eléctrica y le decían ‘confiesa tu crimen’, porque estaba acusada de haber participado en un crimen. Y ella decía ‘mátenme primero porque yo no voy a confesar algo que no he hecho’”.

Agrega que cuando ella contó lo sucedido al ITEI y después “estuvo delante del juez, le dijo ‘quiero mostrarle las marcas que me han dejado de la tortura’. El juez la miró y le dijo ‘no pasa nada’. Eso es una constante, los jueces no hacen nada”. Indica que en esos casos, lo que el juez tiene que pedir es que se muestren los efectos de la tortura. “Se anota, se sacan fotos y se documenta este caso de tortura, (pero) no invisibilizarlo”.

Señala también que, en noviembre de 2019, en la crisis social y política de entonces, se tenía documentación de torturas, con registros de fotos de marcas de los detenidos. “Pudimos entrar en las celdas y hablar con ellos, y uno de los jóvenes dijo ‘me voy a bajar el pantalón para que vean lo que me han hecho’. Se bajó el pantalón y tenía las piernas completamente moradas. Los detenidos se organizaron y empezaron a mostrar lo que les habían hecho y fuimos sacando fotos con un celular”.

Bravo añade que cuando se los volvió a ver en las celdas de las prisiones de San Pedro y Obrajes, “se comenzó a documentar, esto en razón a que se trabaja bajo el protocolo de Estambul”. “En una de las sesiones con el juez, estaban también los de Naciones Unidas, yo denuncié la tortura y le dije al juez: el ITEI puede presentar casos que ha documentado con fotos, (pero) nunca nos pidieron”.

Menciona que “hay un silencio de policías, jueces, fiscales y abogados sobre la tortura y eso contribuye a la impunidad. También contribuye a que las víctimas no se atrevan a denunciar y sean muy pocas las que denuncien”.

TORTURA Y TRATOS CRUELES

  • Tortura. Es todo acto por el cual se inflige intencionadamente dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener información o una confesión por un acto que se haya cometido, o se sospeche que se ha cometido, o para intimidar a esa persona cuando dichos dolores o sufrimientos son infligidos por un funcionario público.
  • Tratos crueles. Comprenden otros actos que constituyen tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y que no lleguen a ser tortura, cuando esos actos sean cometidos por un funcionario público u otra persona que actúe en el ejercicio de funciones oficiales, o por instigación o con el consentimiento o la aquiescencia de tal funcionario o persona.

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A la espera de notificación sobre fallo que anula judiciales, comisión dicta cuarto intermedio hasta este jueves

La vocal Celsa Salazar, miembro de la Sala Constitucional de Pando, señaló que la Asamblea Legislativa “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección”.

Sesión de la Comisión Mixta de Constitución.

Por Boris Góngora

/ 1 de mayo de 2024 / 00:20

La Comisión Mixta de Constitución determinó este martes entrar en cuarto intermedio mientras se espera la notificación de la Sala Constitucional que concedió la acción popular a la dirigente indígena Yeny Duri y anuló el proceso de preselección de las judiciales.

“Teniendo en cuenta que aún no nos remitieron ninguna resolución y también vamos a ir presentando el informe de los amparos, los 18 que nos han interpuesto más la acción popular… declaramos un cuarto intermedio”, dijo el presidente de esa comisión, el senador Miguel Rejas.

Añadió que “inmediatamente” se los notifique, se los convocará y definirá si se envía un informe o no al Pleno de la Asamblea Legislativa.

Andrea Barrientos, senadora por Comunidad Ciudadana, indicó que están esperando la notificación que anuló las judiciales para determinar acciones como comisión.

“Lo que nos queda claro que el fallo de la Sala Constitucional de Pando es ilegal e inaplicable, ninguna sala constitucional tiene competencia para declarar inaplicabilidad de una ley, menos de la Ley 1549 que ha sido sometida a control constitucional y que además está respaldada por dos tercios de la Asamblea Legislativa”.

Añadió que en condición de primer órgano del Estado “exigen” que sea la Asamblea Legislativa la que dé el mandato para continuar o dejar por sentado el proceso de preselección.

La Sala Constitucional Primera de Cobija determinó dejar sin efecto y anuló el proceso de preselección, fallo emitido por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

Lea más: Rodríguez Veltzé dice que por ‘incompetencia’ de Sala Constitucional es ‘inaplicable’ la anulación de las judiciales

La acción popular fue presentada por la dirigente indígena y abogada Yeny Duri el 18 de abril. En primera instancia, la Sala Constitucional dictó una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos.

Duri denunció que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

La vocal Celsa Salazar, miembro de la Sala Constitucional de Pando, señaló que la Asamblea Legislativa “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección”.

“Se ha concedido la audiencia de acción de amparo. En ese sentido, es que se ha concedido y se ha dispuesto dejar sin efecto el proceso de preselección, como la inaplicación de la Ley 1549 (Transitoria para las Elecciones Judiciales) y el reglamento correspondiente”, dijo Salazar.

La senadora Barrientos también señaló que los amparos presentados contra la Asamblea y las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural paralizaron el proceso de preselección desde hace dos semanas.

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Rodríguez Veltzé dice que por ‘incompetencia’ de Sala Constitucional es ‘inaplicable’ la anulación de las judiciales

La Sala de Pando determinó dejar sin efecto el proceso en la Asamblea Legislativa, decisión de los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

El expresidente del Estado, Eduardo Rodríguez Veltzé, en una entrevista con La Razón.

Por Boris Góngora

/ 1 de mayo de 2024 / 00:01

Luego de conocer que la Justicia anuló la preselección de postulantes para las judiciales, el expresidente Eduardo Rodríguez Veltzé señaló que la “incompetencia” de la Sala Constitucional Primera de Pando hacen “improcedente e inaplicable” este fallo. 

“El objeto de la ‘acción popular’ protege intereses colectivos distintos a los vinculados a la elección judicial. La incompetencia de la ‘sala’ y el extravío en sus razonamientos hacen improcedente e inaplicable su decisión. La ALP debe avanzar en el proceso de selección” (sic), escribió en su cuenta de X.

La tarde de este martes, la Sala de Cobija determinó dejar sin efecto el proceso en la Asamblea Legislativa, decisión de los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

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La acción popular fue presentada el 18 de abril por la dirigente indígena y abogada Yeny Duri. En primera instancia, la Sala dictó una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos.

Duri denunció que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

La vocal Salazar señaló que la Asamblea “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección”. “Se ha concedido la audiencia de acción de amparo. En ese sentido es que se ha concedido y se ha dispuesto dejar sin efecto el proceso de preselección, como la inaplicación de la Ley 1549 (Transitoria para las Elecciones Judiciales) y el reglamento correspondiente”, dijo Salazar.

Añadió que la Asamblea tiene que emitir “una nueva convocatoria, cumpliendo con los parámetros señalados en esta audiencia de acción popular”.

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La vocal de Pando indicó que la Asamblea tiene que sacar “una nueva convocatoria cumpliendo con los parámetros señalados en esta audiencia de acción popular”.

La vocal Celsa Salazar, miembro de la Sala Constitucional de Pando.

Por Boris Góngora

/ 30 de abril de 2024 / 18:47

Luego que la Justicia dejó sin efecto la preselección de postulantes para las judiciales, la vocal Celsa Salazar, miembro de la Sala Constitucional de Pando que concedió la acción popular, señaló este martes que la Asamblea Legislativa “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección” para los comicios judiciales.

“Se ha concedido la audiencia de acción de amparo, por cuanto se ha evidenciado la falta de consideración en el tema del acceso a estas convocatorias para el tema de las mujeres como el sector indígena originario campesino. En ese sentido, es que se ha concedido y se ha dispuesto dejar sin efecto el proceso de preselección, como la inaplicación de la Ley 1549 (Transitoria para las Elecciones Judiciales) y el reglamento correspondiente”, dijo la autoridad judicial en GOvisión de Pando.

La vocal de Pando indicó que la Asamblea tiene que sacar “una nueva convocatoria cumpliendo con los parámetros señalados en esta audiencia de acción popular”.

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La Sala Constitucional Primera de Cobija determinó la tarde de este martes dejar sin efecto el proceso de preselección, fallo emitido por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

La acción popular fue presentada por la dirigente y abogada Yeny Duri el 18 de abril. En primera instancia, la Sala Constitucional dictó una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos.

Duri denunció que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

El vocal Jorge Sotelo señaló que se concedió la acción popular, solicitado por la Central Indígena De Mujeres Amazónicas De Pando (CIMAP).

“Entiendo que se ha dejado sin efecto la convocatoria hasta que se tomen en cuenta los parámetros que se ha planteado. Básicamente acciones afirmativas, igualdad material y no discriminación en función de los agravios que ha planteado la CIMAP”, dijo Sotelo.

La autoridad judicial señaló que la resolución se hará conocer lo más antes posible, considerando el feriado nacional del 1 de mayo. “Lo más antes posible, ya se está redactando la resolución”.

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La tarde de este martes, la Sala Constitucional Primera de Cobija determinó dejar sin efecto el proceso de preselección, fallo emitido por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

La Comisión Mixta de Constitución revisa las carpetas de los postulantes.

Por Boris Góngora

/ 30 de abril de 2024 / 17:36

Luego que la Justicia dejara sin efecto la preselección de postulantes para las judiciales, el presidente de la Comisión Mixta de Constitución, senador Miguel Rejas (MAS), informó este martes que reinstalarán la sesión para evaluar la situación de los recursos contra el proceso.

“Lamentamos lo que sucedió en Pando. Pisotea totalmente a la Asamblea Legislativa, de un órgano a otro, lo cual creo que es una aberración de parte de estos vocales que han dado a favor la tutela a esta señora que presentó la acción popular. Sin embargo, en el transcurso de la sesión vamos a evaluar para tomar acciones conjuntas con los miembros de la comisión”.

Añadió que “estamos retomando en estos momentos (la sesión) para evaluar y analizar de aquí en adelante. Nosotros tenemos toda la intención de continuar y concluir con este proceso que hemos arrancado hace ya más de un mes”, dijo el legislador del Movimiento Al Socialismo (MAS).

La tarde de este martes, la Sala Constitucional Primera de Cobija determinó dejar sin efecto el proceso de preselección, fallo emitido por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán.

La acción popular fue presentada el 18 de abril y dictó, primero, una medida cautelar que frenó el proceso que cursaba la etapa de evaluación de méritos. Fue presentada por la dirigente indígena y abogada Yeny Duri, quien denunció que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

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Rejas recordó su denuncia sobre amaños de vocales y jueces con “algunos que presentaron sus amparos y eso significa directamente el manipuleo directo del Órgano Judicial a través de sus operadores, vocales y jueces, para poder obstaculizar y paralizar el proceso de preselección”

Mientras que el presidente de la Comisión de Justicia Plural de Diputados, Froilán Mamani (MAS), señaló que esta determinación irá en revisión al Tribunal Constitucional Plurinacional y esa instancia puede revocarla o confirmarla. 

El legislador acusó al ministro Iván Lima de perjudicar el proceso. “Estamos preocupados, no nos está perjudicando a la Asamblea, está perjudicando directamente los intereses del país. Queremos denunciar a las organizaciones sociales e instituciones que se puedan pronunciar de manera inmediata, no es posible que una autoridad de Justicia vaya en contra de la Justicia boliviana”.

El jefe de bancada por Creemos en la Cámara Baja, el diputado Leonardo Ayala, rechazó el fallo de los vocales porque, en su opinión, vulneran los derechos de los más de 400 postulantes habilitados.

“Creemos quiere que se haga justicia y que sigan las elecciones judiciales con los más de 400 postulantes habilitados”.

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CSUTCB reitera que realizará congreso del MAS en El Alto ‘con o sin’ el TSE

Chacalluca reiteró que “se garantiza sí o sí” el congreso, por lo que se están organizando los movimientos sociales.

Nicanor Chacalluca, dirigente de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB).

Por Boris Góngora

/ 29 de abril de 2024 / 21:30

Tras observación al congreso del Movimiento Al Socialismo (MAS) del Pacto de Unidad arcista por parte de la Secretaría de Cámara del Tribunal Supremo Electoral (TSE), el dirigente Nicanor Chacalluca de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB) reiteró que se garantiza el evento político “con o sin” el acompañamiento del Órgano Electoral.

“Como CSUTCB garantizamos el congreso que viene y está programado para el 3, 4 y 5 de mayo. Ese es el cumplimiento al magno cabildo que se ha llevado el año pasado. Vamos a hacer el cumplimiento y para eso las observaciones que hubo vamos a subsanar, no son de fondo sino de forma. Vamos a subsanar entre hoy y mañana”, dijo el dirigente.

Chacalluca reiteró que “se garantiza sí o sí” el congreso, por lo que se están organizando los movimientos sociales. “El congreso sí o sí, con o sin (el TSE) se lleva. No se va a postergar. Somos mayoría y somos más de 107 organizaciones que están presentes”.

Lea más: La Secretaría de Cámara del TSE vuelve a observar congreso del Pacto de Unidad

La Secretaría de Cámara del TSE volvió a observar la convocatoria al congreso del MAS del Pacto de Unidad previsto para el 3, 4 y 5 de mayo en la ciudad de El Alto.

De acuerdo con las observaciones, la solicitud no fue presentada por los delegados políticos del MAS ante el TSE, en este caso, Diego Jiménez Guachalla y Nelvin Siñani Condori, ambos acreditados ante el Órgano Electoral.

También, la Secretaría de Cámara señala que no cumple con en el plazo de 15 días de anticipación a la realización de la elección de la nueva directiva. Además, no se cumplió con cinco especificaciones: el detalle de fechas de realización del congreso, los requisitos de participación según el estatuto del MAS, requisitos para la postulación de cargos a elegir, la modalidad de elección y la dirección del evento.

Otra de las observaciones tiene que ver con la convocatoria pública que, según detalla el documento, no cumplió con la anticipación de 90 días como máximo y 60 como mínimo.

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