Una primera pugna entre la nueva autoridad municipal, por un lado, y la dirigencia de la Federación de Juntas Vecinales de la ciudad de El Alto, por otro, se ha desatado en el marco del proceso de designación de subalcaldes. A pesar de la pulseta, las posiciones institucionales y de legitimidad de ambas partes reflejan el escenario político en torno a la reconfiguración del poder municipal en la urbe alteña.

Sin embargo, más allá de la pulseta política, lo que debe interesarnos a todos los alteños es que la ciudad de El Alto no se vea perjudicada, no se trata de quién es el subalcalde o subalcaldesa, se trata de coordinar la ejecución de obras en favor de cada zona y distrito.

Por tanto, aquí no está en discusión la decisión del pueblo alteño en las subnacionales del 29 de marzo con la elección de una nueva autoridad municipal. No obstante, tampoco se puede ignorar la representatividad y legitimidad de la Federación de Juntas Vecinales de El Alto, de las juntas vecinales que la conforman así como de sus propias bases. Entonces cómo se van a ejecutar los proyectos, las obras, si no es en coordinación con las diferentes juntas vecinales. Esta pulseta lo que está planteando es un debate de fondo en términos de gobernabilidad. Está ignorando lo que la gente quiere: la población votó por una autoridad para que cumpla su oferta electoral de manera coordinada con los representantes de la sociedad civil.

Las actuales autoridades provocaron esta pulseta, asumiendo una decisión unilateral y sin el reconocimiento y participación del otro, es decir, cero asertividad y cero empatía, dejando de lado la propuesta de Unidad Nacional en su Programa de Gobierno Municipal 2015-2020: “… de reconciliación tolerante, que admite la diversidad de identidades y el derecho de éstas a ser y expresarse”. Definitivamente, equivocaron el camino. Si bien existe el tema legal y normativo, tenía que haber respeto, diálogo, coordinación y búsqueda de consensos. Contrariamente, estas actitudes generaron división y pelea entre vecinos considerando además que tenemos una ciudad joven de apenas 30 años de creación y con muchas necesidades. Resultó más extraño aun, cuando en el entorno de la autoridad municipal están personas que son exdirigentes vecinales y exsubalcaldes que fueron elegidos con las mismas prácticas que hoy ellos mismos cuestionan. Lo que sí está claro es que quien pierde es la ciudad de El Alto. 

Corresponde desprenderse, de estas formas de gobernar que no son las correctas, por lo menos en la ciudad de El Alto. Como expresidente de la Federación de Juntas Vecinales, y lo digo con conocimiento de causa, gobernar sin la coordinación con las juntas vecinales no me parece correcto ni viable. No se puede ignorar de la noche a la mañana estas prácticas, que otros llaman usos y costumbres, que yo denomino “prácticas legítimas y representativas”, que son formas democráticas para la elección de los subalcaldes en coordinación con los representantes de las diferentes juntas vecinales elegidos en asambleas zonales.

Si existen dificultades, críticas y denuncias por actos de corrupción sobre algunos dirigentes que utilizaron sus influencias para obtener beneficios personales y, por lo tanto, perjudicaron a la población, las autoridades y todo ciudadano que tenga conocimiento con documentación y pruebas, tienen que actuar como corresponda legalmente.

Los dirigentes son elegidos en asambleas zonales y si un dirigente se aplaza o es cuestionado porque no cumple con sus funciones y no trabaja en favor de los vecinos, son las mismas asambleas zonales las que les retiran su respaldo y los sancionan en sus instancias internas. Lo que no corresponde, bajo ninguna circunstancia, es mellar a las instituciones gloriosas y al conjunto de las juntas vecinales de El Alto, que dieron tanto por nuestro país.

Debo confesar que me causó molestia e indignación el hecho de generalizar a todos los dirigentes, a ciudadanos que le entregan su esfuerzo, su dedicación y tiempo para que haya obras en las diferentes zonas y distritos de El Alto, como si todos fueran perjudiciales y dañinos.

La lucha social de las juntas vecinales de El Alto permitió irradiar el coraje del pueblo alteño a toda Bolivia y al mundo, permitiendo sentar las bases para la construcción del “proceso de cambio” que hoy lidera el presidente Evo Morales, y son precisamente esas juntas el baluarte para la consolidación de este proceso y del Estado Plurinacional, que ahora asigna a todos los municipios mayores recursos y, por supuesto, al municipio de El Alto.

Volvamos a la pulseta política. La pregunta es quién gana en esta reconfiguración del poder municipal. La respuesta tiene varios caminos y en el análisis se observan algunos vacíos legales o la falta del reconocimiento a las prácticas sociales y representativas que son una conquista de las juntas vecinales.

Pulseta 1. En lo que respecta a la normativa jurídica, la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales del 9 de enero de 2014 establece como atribución del alcalde o alcaldesa la designación de subalcaldes de Distritos Municipales dentro de las áreas de su jurisdicción.

Pulseta 2. Las prácticas establecidas para la elección de subalcaldes en un inicio estaba referida a la conformación de ternas para la elección de uno ellos por el alcalde. Posteriormente fue la elección de subalcaldes por convocatoria del Ejecutivo municipal, cuya modalidad era por aclamación; esta última práctica contemplaba el informe de gestión del subalcalde saliente, mismo que podía ser reelegido. Estas prácticas que se realizaban desde hace 15 años se inscriben en el Derecho Consuetudinario.

Pulseta 3. De acuerdo con la Ley 031 de Autonomías y Descentralización Andrés Ibáñez de 19 de julio de 2010, el Municipio de El Alto prepara su Carta Orgánica, misma que se encuentra en proceso de elaboración. Aquí podría contemplarse la forma de elección de subalcaldes, ya sea que se reconozcan estas prácticas sociales representativas y el Derecho Consuetudinario, sin contravenir y sin vulnerar los preceptos de la Constitución. Finalmente, habría que considerar la elección por el voto ciudadano.

Pulseta 4. La Ley 341 de Participación y Control Social de 5 de febrero de 2012 reconoce como actor en la participación y control social a las juntas vecinales que tienen como atribución central la fiscalización de la gestión municipal, así como articular y gestionar demandas de la sociedad civil.

Pulseta 5. La Federación de Juntas Vecinales de la ciudad de El alto, en sus Estatutos, como entidad cívica tiene como objetivo central promover el desarrollo de la comunidad, defender los intereses y velar por los derechos de los vecinos.

En esta línea se plantea la necesidad de trabajar de inmediato en acciones para restaurar el respeto mutuo y reconocimiento entre ambas partes; asimismo, se tiene que avanzar en el nivel de coordinación institucional. Las juntas vecinales deberán apostar al diálogo desde las bases y a partir de una evaluación crítica asumir decisiones para denunciar y que las autoridades competentes sancionen a aquellos malos dirigentes que dañaron la imagen de la Federación de Juntas Vecinales, a la par de generar una renovación de liderazgo con principios cívicos y de servicio al pueblo. Entre tanto, la primera autoridad municipal, en el mismo plano de reconocimiento de la institucionalidad y legitimidad que demanda, deberá asumir una iniciativa de respeto, coordinación y aprendizaje para escuchar y atender las demandas de las juntas vecinales de la ciudad de El Alto.