Contra las obras ilegales, Alcaldía plantea precintados y decomisos
Regulación. El Ejecutivo envió el proyecto de Ley Municipal de Fiscalización Predial
El Gobierno Municipal de La Paz carece hoy de un instrumento legal para paralizar una construcción fuera de norma. Por ello, el Ejecutivo edil envió un proyecto de ley al Concejo que le da la facultad de precintar los predios donde se erige la obra y decomisar los materiales.
La eventual demolición también está incluida en el proyecto de Ley de Fiscalización Predial, que el legislativo municipal se comprometió a aprobar hasta este fin de año. Entre 2000 y 2008, la Alcaldía aprobó 12 ordenanzas que permitían la regularización de construcciones fuera de norma, la última, lanzada en 2012, fue ampliada hasta el 27 de junio de 2014. Ese año se informó que, de las 225.000 edificaciones que habían en el municipio, 157.500 (70%) carecían de planos aprobados.
La propuesta de ley, que le dará instrumentos al gobierno local para paralizar esas obras, tiene 74 artículos, cuatro disposiciones adicionales, tres transitorias, cuatro disposiciones finales y una abrogatoria/derogatoria. El director Jurídico de la Alcaldía, Fernando Velásquez, informó de que cuando se apruebe, la norma reemplazará a la Ordenanza 76/2004 que aprueba el Reglamento de Procedimiento Técnico Administrativo.
Objetivo. “Debido a los problemas que tuvimos para paralizar efectivamente las obras durante los procesos de fiscalización se ha trabajado en una nueva norma, que no elimina el proceso de fiscalización, pero introduce, por ejemplo, el decomiso de materiales de construcción en caso de que ignoren la orden de paralización, la clausura del predio con precintos y hasta la demolición”, dijo.
El proyecto propone en el artículo 41 medidas preventivas: como el decomiso y el precintado de la obra, antes o durante el proceso técnico administrativo. “El decomiso será aplicable cuando se evidencie el incumplimiento de la instrucción de paralización de obra o una acción presuntamente infractora, con el objeto a proceder a la retención temporal del material de construcción” por un máximo de 15 días, señala la propuesta.
También advierte de que el precintado tiene el objetivo de evitar la prosecución de las obras, medida que regirá mientras dure el proceso técnico administrativo. Ambas disposiciones preventivas deberán ser ejecutadas en un plazo no mayor a 24 horas de identificado el incumplimiento del mandato municipal de paralizar la construcción irregular.
“Antes, el procedimiento establecía la entrega de notificaciones, que daban paso a la dilación de los procedimientos, lo que nos dejó sin instrumentos para que se paralicen construcciones y se realicen demoliciones. Ahora, con esta norma, se continuarán con los procesos, manteniendo el derecho a la defensa de quienes son procesados”, apuntó.
El proyecto plantea que, iniciado el proceso técnico administrativo, el denunciado debe presentar sus descargos en cinco días, aunque puede pedir una ampliación de tres días.
Habrá procesos abreviados
Admisión
El artículo 46 del proyecto de Ley de Fiscalización Predial plantea crear un procedimiento abreviado de los procesos técnicos administrativos, al que los interesados podrán acogerse en un plazo no mayor a 48 horas, admitiendo por escrito la infracción técnica y comprometiendo el cumplimiento de la sanción edil que corresponda. Cuando ello suceda, tendrá derecho a descuento de la multa que será fijado en el reglamento de la ley edil.