Voto consigna
He ahí, pues, las diferencias entre la democracia liberal y la democracia comunitaria
Como se señaló en este mismo espacio días atrás, el voto nulo es un derecho de los electores a la hora de marcar la papeleta. Ese dato, que nunca debió ser puesto en duda, ha sido hábilmente empleado por representantes de la oposición para indicar que el Gobierno pretendía sancionar a quienes así votasen. Sin embargo, lo que se ha señalado como prohibido no es el voto nulo, sino la campaña que lo induce.
Luego, en un llamativo giro lingüístico, el discurso opositor cambió la identidad de su campaña y la convirtió en convocatoria al «voto rechazo», lo que en los hechos sigue siendo una forma de inducir al electorado a votar de una determinada forma, y se constituye en una vulneración a la prohibición de cualquier forma de campaña, al menos en el marco de la elección de autoridades para el Órgano Judicial.
Paralelamente, organizaciones indígena originario campesinas anunciaron su determinación de evaluar a los candidatos habilitados para la elección de octubre, a fin de identificar a los que consideren más adecuados en el marco de sus respectivas comunidades y votar en ese sentido. Algunas interpretaciones han querido equiparar la campaña opositora con la toma de decisiones comunitarias.
Tales interpretaciones son equivocadas. Primero, porque si una determinada comunidad decide favorecer a ciertos candidatos, basada además en criterios de identificación ideológica o cultural con ellos, en rigor no está haciendo campaña alguna, sino, precisamente, eligiendo, cosa que según los portavoces opositores no se podrá hacer en la votación de octubre.
Segundo, es equivocada porque la elección comunitaria responde a los modos originarios de organización social, donde el conjunto de la comunidad delibera y adopta decisiones en consenso y de común acuerdo; práctica radicalmente distinta de la de aquellos que aguardan la instrucción del jefe de turno, a menudo adoptada sin mayor consulta con las bases.
He ahí, pues, las diferencias entre la democracia liberal, al menos en su versión restringida, y la democracia comunitaria, que en el marco del actual proceso está adquiriendo ‘carta de ciudadanía’ a pesar de las críticas y el rechazo de quienes promueven el antiguo modo democrático.
No es, entonces, lo mismo la consigna de quienes desean ver fracasar la renovación del Órgano Judicial que la de quienes reflexionarán y discutirán para elegir a las y los que crean más indicados para ejecutar el cambio en la justicia boliviana.