Subvención restringida
Esta medida busca mitigar el gasto que significa mantener la subvención a los carburantes
A través del proyecto de Ley Financial para la gestión 2013, el Ejecutivo ha proyectado reconocer solamente el 70% del crédito fiscal correspondiente al impuesto al valor agregado por la compra de carburantes. Esto significa que por cada Bs 100 de gasolina o diésel que se facturen, Impuestos Nacionales devolverá Bs 9 y no Bs 13 como concepto de crédito fiscal.
Esta propuesta busca mitigar el gasto que significa para el Tesoro General la subvención a los carburantes, que para la siguiente gestión se estima alcance los $us 1.060 millones; reduciendo el doble “beneficio” que perciben quienes adquieren gasolina o diésel: un precio subvencionado y crédito fiscal pleno. Por otra parte, algunos economistas, tributaristas y conductores cuestionaron esta medida, argumentando que constituye una confiscación por parte del Estado de un beneficio tributario que quebranta el principio de universalidad de los impuestos.
Ante estas dos posiciones, es relevante hacer un análisis más preciso de los alcances y efectos que significaría esta reducción del beneficio tributario, además de las posibles consecuencias para la población, que es muy sensible ante anuncios o acciones que involucren cambios en el precio de los carburantes.
Primero, una reducción en el crédito fiscal para el comprador, sin que cambie el precio subvencionado, equivale a un incremento en la alícuota del 13% al 17% en términos efectivos. Es decir que por cada Bs 100 de compra de carburantes, Bs 9 se le devuelven al comprador, y los restantes cuatro van a compensar el fondo de subvención. El efecto es neutro en el precio subvencionado del combustible, y la “pérdida” tributaria la asume el consumidor. Segundo, del monto total de la subvención, el Estado recuperaría (con el crédito fiscal restringido a los compradores) alrededor de $us 100 millones, cifra nada despreciable que amortiguará la carga que significa un precio “congelado”.
Finalmente, cabe señalar que no hay ninguna señal por parte del Ejecutivo de que el precio de los combustibles se incrementará, por lo que un efecto directo y multiplicador en la inflación no debiera incorporarse en las expectativas de la población. El riesgo de esta medida corresponde a aquellos sectores que son grandes consumidores de carburantes, como el productivo agropecuario, que percibirán menores ingresos por la reducción del crédito fiscal, y tendrán presiones por incrementar el precio de sus productos a fin de recuperar el beneficio perdido.
Es evidente que toda medida económica de orden fiscal tiene efectos positivos y negativos; lo importante es tener claridad sobre la magnitud de los mismos. Lo que corresponde entonces es poner en la balanza la pertinencia de aplicar una medida que amortigua la pesada carga de la subvención, pero con posibles repercusiones en el sector productivo.