Segundo aguinaldo, dónde está la trampa
La trampa, a nuestro modo de ver, está a mediano plazo, entre 2015 y 2016, por dos variables posibles
El Palacio Quemado marca agenda, nuevamente. Y, obviamente, es una aparente agenda social, por lo que sería suicida oponerse a ella, políticamente, aunque contenga exclusiones como el de los jubilados y otros.
Electoralmente, la decisión de un segundo aguinaldo para los sectores público y privado es calculada, porque apunta y beneficia principalmente a sectores urbanos (burocracia estatal, obreros, etc.), áreas débiles de quienes ocupan hoy el Palacio Quemado: campaña gratis con dinero de todos. Obviamente, el Órgano Electoral no actuará. Todo esto es inocultable.
Jurídicamente es inconstitucional. Veamos por qué: a) la división de poderes, los pesos y contrapesos constitucionales, señala que el Órgano Legislativo produce leyes, y es el Ejecutivo quien reglamenta y ejecuta; el segundo aguinaldo emerge con un Decreto Supremo (carácter reglamentario); b) sólo la ley produce derechos y no un DS, que solamente reglamenta el derecho legislado, y de esto, hay sentencias constitucionales (591/12 del 20/07/12 exp. 150-2012-01-aic); c) la retroactividad sólo se da mediante ley y expresamente definido dicho carácter (Art. 123 de la CPE), no así mediante DS y menos aún no definido el carácter retroactivo expresamente en dicho decreto y; d) por la calidad sorpresiva no puede darse la retroactividad, y de esto también existen sentencias constitucionales.
En la misma línea jurídica, los miembros del Tribunal Constitucional debieran no beneficiarse, hasta que fenezca el plazo para la interposición de cualquiera de los recursos constitucionales —los directos o los indirectos (derechos colectivos)—, porque de lo contrario se contagiarían e inhabilitarían de conocerlos.
No compartimos con quienes afirman que provocará un doble efecto: inflación y recesión. El retirar del mercado Bs 8.000 millones hasta el 31 de diciembre (BCB, solicitada del 25/11/13); reducir los créditos de consumo tipo “personal” a tan sólo un 20% del salario (capacidad de pago) y aumentar un 43% el arancel aduanero para importación de vehículos 0 km evitan ese doble efecto.
La trampa, a nuestro modo de ver, está a mediano plazo, entre 2015 y 2016, por dos variables posibles: la recuperación económica de EEUU, que incidirá finalmente en la baja del precio de los hidrocarburos; y en la poca inversión para la búsqueda de nuevos pozos hidrocarburíferos en nuestro país (mientras las Fuerzas Armadas en 2014 tendrán un presupuesto de Bs 2.779 millones, hidrocarburos tendrá sólo
Bs 347 millones).
De darse esas dos situaciones, Bolivia disminuirá sustancialmente su ingreso principal y será el momento en que el Palacio Quemado pedirá a los hoy beneficiarios que se ajusten los cinturones; y, los ahora “perjudicados”, los empresarios, serán los grandes beneficiarios del grueso de las políticas públicas, que buscarán equilibrar lo debilitado por los bajos precios de los hidrocarburos.