Hacinamiento carcelario
La sobrepoblación carcelaria deviene por el uso excesivo de la detención preventiva.
Días atrás, la Defensoría del Pueblo en Chuquisaca presentó un informe en el que alerta sobre el terrible hacinamiento de la cárcel de San Roque, al extremo de que los mesones que en el día son utilizados para comer, en la noche se convierten en camas improvisadas, donde descansan gran parte de los reos, y lo propio ocurre con los pocos sillones que existen en ese penal.
Además de los problemas de sobrepoblación, siempre según la misma fuente, la cárcel no cuenta con la cantidad suficiente de baños ni duchas para tantas personas. De allí que los reos tengan que hacer largas filas para bañarse y cumplir con sus necesidades básicas todos los días. En cuanto a la alimentación, al igual que en el resto de los penales del país, el prediario de Bs 6,60 que se destina para cada uno de los internos alcanza solamente para el almuerzo; situación que se refleja en los elevados índices de desnutrición y problemas de salud, especialmente entre los reos que carecen de recursos y los niños obligados a vivir con sus padres tras las rejas.
Cabe recordar que ese recinto penitenciario, ubicado a cinco cuadras de la plaza de Sucre, fue construido para albergar a 80 personas, pero actualmente cobija a 450 reos, de los cuales el 80% tiene detención preventiva y solo el resto sentencia ejecutoriada. Una realidad en verdad lamentable que se repite en el resto de las cárceles del país. Por ejemplo, en el penal de San Pedro, construido en la ciudad de La Paz hace más de 100 años para albergar a 300 reclusos, hoy la población carcelaria sobrepasa los 2.200 reos (esto sin contar a las esposas e hijos de los internos), y muchos de ellos (aproximadamente 200) carecen de una celda propia, lo que los obliga a vagar durante el día y a dormir en los pasillos durante la noche, siempre y cuando encuentren un sitio libre. Y al igual que en la penitenciaría de Sucre, la mayoría de los internos (aproximadamente el 82%, según estimaciones de Régimen Penitenciario) están recluidos preventivamente.
Como se puede observar, el uso y abuso de esta figura legal (la detención preventiva), que en teoría debería ser utilizada solamente en casos extremos (cuando exista peligro de fuga o cuando el acusado pueda entorpecer el proceso), es una de las principales causas del hacinamiento carcelario en el país, lo que da lugar a que los reos vivan en condiciones deplorables, y en muchos casos compartiendo con familias, mujeres y niños. Un verdadero atentando contra la dignidad humana.
Urge, en este sentido, modificar los términos de la legislación sobre la detención preventiva, habida cuenta de que esta figura es una de las causas que distorsionan el régimen penal y en último término, el sentido de la Justicia. De lo contrario, el hacinamiento en las cárceles del país seguirá existiendo, por muchos indultos presidenciales que se decida otorgar.