Atentado democrático
La instrucción de la CSUTCB vulnera la libertad individual de los ciudadanos
Una disposición de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia, aprobada en un ampliado general, instruye castigar, mediante usos y costumbres, el voto cruzado en las zonas rurales del país, según informó su máximo dirigente. Con esta medida se busca garantizar que todos los votos del campesinado apoyen al partido oficialista.
Cabe recordar que uno de los pilares de la democracia representativa, el sistema establecido en nuestra Carta Maga para regir la vida de los bolivianos, es la elección libre e informada, a través del sufragio universal, de las principales autoridades del país (presidente, alcaldes, gobernadores, diputados uninominales y asambleístas supranacionales). Las autoridades elegidas a través de esta modalidad son reconocidas como los representantes legítimos del pueblo, a quienes se les otorga la responsabilidad de administrar los recursos del Estado, preservar nuestro patrimonio y tomar decisiones en favor de la población.
Ahora bien, para que exista una democracia real hacen falta varias condiciones, por ejemplo, controles institucionales y contrapesos de poder que obliguen a los mandatarios de turno a respetar el imperio de la ley. De allí la importancia de la independencia del poder judicial, porque no hay democracia en un régimen donde el Estado jamás pierde un juicio.
Otra condición es la libertad de expresión, ya que el derecho a criticar al Gobierno y a quienes detentan el poder (estatal, empresarial, sindical, etc.) es una tácita definición de la democracia.
Además de las condiciones antes mencionadas, es necesario el cumplimiento de algunos principios. Por ejemplo, se debe reconocer que todos los ciudadanos tienen los mismos derechos y deberes frente a las normas (igualdad jurídica). De igual forma, en una democracia se debe reconocer el derecho que tiene todo ser humano para obrar por sí mismo y a decidir sobre sus actos, siempre y cuando sus acciones no estén reñidas con la ley, aceptada por el pueblo de forma unánime.
Por todo lo señalado, se puede concluir que la reciente instrucción de la CSUTCB no solamente constituye un delito, sancionado por la Ley de Régimen Electoral con una pena privativa de libertad de uno a tres años, sino también un atentado contra la democracia, ya que vulnera la libertad individual de los ciudadanos de elegir a las autoridades de su preferencia, uno de los cimientos de cualquier Estado democrático.
En este sentido, es de esperar que el Tribunal Supremo Electoral (TSE), con el apoyo del Ministerio Público, haga respetar la ley electoral, pero también y sobre todo la Constitución Política del Estado, que establece que el voto debe ser secreto, libre e informado.