Servir a la patria
Es preocupante que el Órgano Ejecutivo decida ignorar los fallos y sentencias del TCP.
La tendencia del Gobierno de favorecer a las demandas de las Fuerzas Armadas nuevamente ha producido un conflicto de poderes, esta vez en torno a la edad mínima para ingresar al cuartel a prestar el servicio militar, establecida en una sentencia del Tribunal Constitucional (TCP) hace años. Pareciera que se interpreta la interpretación de este órgano del Judicial.
En efecto, el Decreto Supremo 3078, aprobado días atrás (y todavía no publicado en la Gaceta Oficial del Estado), autoriza el reclutamiento desde los 17 años, pese a que el TCP, en un fallo de marzo de 2016, estableció 18 años como la edad mínima para ingresar al cuartel a prestar servicio a la patria.
Al respecto, el Director General Territorial del Ejército explicó que la decisión del gabinete de ministros se debe a la demanda de jóvenes menores de la edad mínima requerida deseosos de servir a la patria.
En criterio del jefe militar, el DS se adecua al Protocolo Facultativo de la Convención del Niño, de Naciones Unidas, pues se observan “salvaguardas” traducidas en requisitos para ser aceptado: manifestar por escrito que es voluntad del joven prestar el servicio; declaración de autorización de los padres o apoderados; documento que informe al recluta de sus obligaciones; y un documento de identidad que dé cuenta de su edad. Agregó el Director que también es obligatorio que el aspirante a conscripto cumpla los 18 años de edad antes de su licenciamiento.
Por su parte, al ser consultado al respecto, el presidente del TCP evitó ser específico sobre la constitucionalidad o no del decreto (pues estaría adelantando criterio sobre la materia, incluso si todavía no existe acción legal contra ella), pero sí reconoció que puede ser sujeto de una nueva demanda de acción de inconstitucionalidad, agregando que en la sentencia de 2016 “hay una fundamentación del porqué” se establece 18 años cumplidos como edad mínima
Se sabe que hasta la aprobación del DS 3078, los cuarteles habían estado rechazando a menores de 18 años para ingresar al escalafón correspondiente; sobre esta base, es posible imaginar que esta medida se orienta a garantizar un reclutamiento mínimo en los cuarteles del país.
Lo que debe llamar a la reflexión, en este caso, no es tanto el hecho que jóvenes de 17 o menos años anhelen hacer el servicio militar (existe abundante investigación sociológica que explica estas ambiciones), sino, por una parte, el que haya tanto interés entre los jefes castrenses por reclutar a esos jóvenes en lugar de pedirles que esperen a tener la edad apropiada.
Y lo que es verdaderamente preocupante, es que el Órgano Ejecutivo decida ignorar los fallos y sentencias del TCP, pues, con el tiempo, esta actitud puede dar lugar a perder de vista la función y competencia del Tribunal Constitucional y, por esta vía, habilitar posibles vulneraciones de derechos, lo cual no debe ocurrir.