¿Cuán novedosa es la Ley de la coca?
Es urgente una reglamentación que defina con claridad las condiciones para el cultivo de coca.

La Asamblea Legislativa aprobó una nueva Ley General de la Coca que reemplaza los 31 artículos de la Ley 1008. Lo notable es que conserva el espíritu de la norma dentro del paradigma del prohibicionismo.
Todos sabemos que se cultivan más de 12.000 hectáreas y que resultaba social y políticamente inviable eliminar la coca del Chapare. No era justo que se otorgara a unos el privilegio del cultivo y a otros el castigo de la erradicación sin otro argumento que el de la tradición. La nueva ley trata de resolver este problema y amplía la zona autorizada al Chapare, delimitando un máximo de 14.300 hectáreas para Yungas y 7.700 para el Chapare. No se justifican estas extensiones. Pudieron muy bien haber decidido un máximo de 5.000 o uno de 50.000 hectáreas. El consumo legal sigue siendo una incógnita y la búsqueda de usos industriales alternativos recién comenzará, si acaso. Y la cocaína absorbe lo que encuentra, sea de Yungas, Chapare o Perú.
Como en 1988, la discusión gira en torno a la cantidad de hectáreas que pueden ser necesarias para el pijcheo y los mates, y la que abastecerá a la industria ilegal de la cocaína. Se omite absolutamente el debate sobre la pertinencia de la prohibición, algo que está en la arena internacional hace tiempo.
El gran problema hoy, como hace 29 años, es que se territorializa la prohibición, generando nuevos y complejos problemas.
Cuando se autoriza cultivar en una zona, queda pendiente la definición de quién puede hacerlo. Esto se ha resuelto por la fuerza de los hechos: los sindicatos deciden, según el poder que tengan para controlar a sus bases y negociar con el Estado. En todo el periodo de la Ley 1008 esto dificultó el control de los cultivos y permitió que en las zonas de erradicación los sindicatos reemplazaran la institucionalidad estatal, permitiendo constantes violaciones a los derechos de los campesinos y de sus familiares.
Creo que no importa la cantidad de hectáreas de coca que se cultiven, sino que se lo haga en un marco de respeto a la ley, al medio ambiente, y a los derechos individuales y económicos de las personas, porque el bien mayor es el de vivir en una sociedad más justa y democrática. Es urgente una reglamentación que defina con claridad las condiciones que debe cumplir una persona para acceder al privilegio del cultivo de coca, de manera que queden claramente definidas su responsabilidad y sus obligaciones. Tendría que tener, por ejemplo, propiedad legal sobre la tierra y los impuestos prediales al día, se comprometería a una extensión precisa de cultivo, debería proteger su terreno contra la erosión y las plagas, debería contribuir a conservar el entorno forestal y animal, y por supuesto debería pagar impuestos como el resto de los productores del país, o no hacerlo si se libera a todos. En suma, la norma debería llevar a que las personas tengan o no autorización, lo que a su vez transferiría al Estado la responsabilidad de supervisión, reduciendo las probabilidades de abuso y manipulación. En ese caso, sería incluso posible ampliar y reducir la extensión total de cultivos mediante la otorgación de más o menos permisos individuales.
La nueva ley establece un registro de productores que podría canalizar esta propuesta. Ella podría aliviar la presión internacional que defenderá un prohibicionismo que, como país, seguimos aceptando.