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Sunday 8 Dec 2024 | Actualizado a 05:22 AM

Migración, niñez y adolescencia

Pedro Callisaya

/ 11 de julio de 2023 / 07:44

Con la esperanza de encontrar el calor de una familia, miles de niñas, niños y adolescentes habitan en los centros de acogimiento en diferentes países del mundo, la situación es más complicada cuando se trata de quienes llegaron al lugar producto de un desplazamiento forzado por decisión de los adultos que cuidaban de ellos; este es un ejemplo de la vulnerabilidad que atraviesan las personas extranjeras que arriban en países ajenos.

Solo en 2022, de varios casos referidos a la situación de la niñez y adolescencia en el exterior, la Defensoría del Pueblo atendió cerca de 30 casos de repatriación en Argentina y Chile, países que registran mayor cantidad de migrantes bolivianos; padres, madres y tutores que, en busca de mejores horizontes de vida, deciden migrar a otros países junto a sus hijas e hijos, poniendo en riesgo la protección de sus derechos.

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Por varios motivos, incluidos los delictuales, muchos adultos perdieron la tutela de sus hijas e hijos, dejándolos en total desprotección en un país extraño. En la mayor parte de los casos resueltos y los que se encuentran en proceso de atención, las niñas, niños y adolescentes en situación de acogimiento no cuentan con documentos de identidad o de viaje originales.

No podemos permitir que esta situación se repita, poniendo el riesgo la vida misma de las niñas, niños y adolescentes, quienes incluso recorriendo rutas clandestinas llegan a destinos inciertos, entre tanto sus derechos están vigentes y deben ser protegidos por los Estados, situación que se constituye en una deuda pendiente con el compromiso con la niñez y la adolescencia. Es imperativo que los Estados resguarden y protejan a esta población en situación de vulnerabilidad.

El 20 y 21 de julio, la Defensoría del Pueblo convocó a defensores, procuradores y presidentes de los INDH (Instituciones Nacionales de Derechos Humanos) de 22 países para reflexionar sobre la problemática migratoria, en la Cumbre Iberoamericana de Movilidad Humana y Derechos Humanos, que se desarrollará en la ciudad de Cochabamba, donde se articularán nuevas experiencias e información sobre las dificultades y contribuciones del desplazamiento forzado. Desde Bolivia, al mundo queremos dar un mensaje de respeto a los derechos de las personas en procesos de movilidad humana y exigir que los Estados den garantías para la protección de sus derechos y que la deuda con las niñas, niños y adolescentes migrantes quede en cero.

(*) Pedro Callisaya Aro es defensor del Pueblo

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Sobreexplotación en el pueblo guaraní

Pedro Callisaya

/ 6 de septiembre de 2023 / 07:51

En pleno siglo XXI se ha evidenciado que en el país, en el Chaco cruceño, aún existen condiciones de semiesclavitud, patronaje o sobreexplotación, como quiera denominarlo la academia, pero lo cierto es que estas pésimas condiciones llevaron al menos a 14 familias indígenas guaraníes a soportar por generaciones jornadas extendidas de trabajo a cambio de algo de alimentos o vestimentas. Con suerte, el acceso a la educación era viable si los patrones otorgaban el permiso para que se ausenten de la hacienda: es este el caso La Tunita, situado en el territorio indígena Kereimba Iyaambae.

Recordemos que la servidumbre es el sometimiento de la voluntad del trabajador, en condición o condiciones en las cuales el ejercicio de un trabajo no depende de la libre voluntad, sino de imposiciones externas y sin condiciones laborales dignas, situación que se naturalizó en los guaraníes.

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En un trabajo conjunto con diferentes carteras estatales, en visitas a la hacienda de más de 2.000 hectáreas, se evidenció que está forma de sometimiento impidió el acceso y goce de los derechos fundamentales de mujeres, niñas, niños, adolescentes, adultos mayores y otros miembros de las familias guaraníes de esta hacienda a tener una vida digna.

El cuestionamiento surge: Sí, se evidenciaron estás vulneraciones, se documentaron… pero ahora qué.

Se elaboró el informe defensorial Persistencia de relaciones de servidumbre o empatronamiento en el Chaco cruceño: el caso de familias guaraníes empatronadas en el predio agropecuario ‘La Tunita’, como instrumento de denuncia, mismo que permitió emitir recomendaciones al Estado para que se prioricen acciones urgentes para que las familias guaraníes puedan acceder a la alimentación, salud, educación y vivienda, como derechos de atención prioritaria. Las recomendaciones apuntan al Ministerio de Trabajo, al Instituto Nacional de Reforma Agraria, al Ministerio de Justicia y al Gobierno Autónomo Indígena Originario de Kereimba Iyaambae.

No se puede admitir que estas condiciones de explotación y sobreexplotación laboral continúen en nuestro país y con este informe dejamos como precedente para que estas condiciones de vida sean erradicadas y denunciadas para que nunca más ni una familia boliviana, indígena, campesina, originaria sea sometida a las condiciones de trabajo mencionadas y que el Estado haga vigilancia permanente para garantizar el goce de los derechos de las y los bolivianos en todo el territorio nacional.

(*) Pedro Callisaya Aro es defensor del Pueblo

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A 25 años de creación del Defensor del Pueblo

/ 4 de abril de 2023 / 01:08

La Constitución Política de 1994, que modificó la de 1967, creó la institución denominada el Defensor del Pueblo, para velar por la vigencia y el cumplimiento de los derechos y garantías de las personas que se relacionan con la actividad administrativa del sector público, así como para la promoción, difusión y defensa de los derechos humanos. Tuvieron que pasar dos años más para que los congresistas de entonces aprueben la Ley 1818, del 22 de diciembre de 1997, que establece la forma de organización y las atribuciones de la Defensoría.

El 30 de diciembre de 1997, el Congreso emitió la convocatoria pública para la postulación a Defensor del Pueblo, dirigida a todos los ciudadanos y ciudadanas, quienes podían presentarse de manera personal o ser postulados por una institución de la sociedad civil.

A la conclusión del plazo de presentación de candidatos, la Comisión Mixta de Constitución, Justicia y Policía del Poder Legislativo contabilizó 123 postulaciones.

El 26 de marzo de 1998, con más de dos tercios de votos de sus miembros, el Congreso eligió a la periodista Ana María Romero de Campero como la primera Defensora del Pueblo, siendo posesionada el 31 de marzo de 1998. Al día siguiente, inició sus nuevas funciones al mando de la Defensoría del Pueblo en su domicilio particular, con la misión de construir y estructurar la reciente entidad de defensa de los derechos humanos en el país. Por esta razón, el 1 de abril de 2023, recordamos 25 años de aquel histórico día.

Durante estos años, el Defensor del Pueblo atravesó varias dificultades en el ejercicio de sus funciones, por ejemplo, el desempeño de algunos defensores ha transmitido una idea de politización de las defensorías. En ocasiones, el Defensor se convirtió en el centro del debate político partidario, provocando el descrédito de la institución. Otras veces, la utilización del cargo para la proyección a otros ámbitos públicos, convirtió a la institución en un instrumento de poder. A esto se suma el limitado presupuesto asignado para el funcionamiento de la institución.

Pese a esas contingencias, el Defensor del Pueblo, como institución de protección no jurisdiccional de los derechos humanos, encarna enormes expectativas en los sectores sociales que, aunque no pueda resolverlas todas, no puede dejar de intentar su objetivo final: construir las bases de una sociedad en la que todos quepan y de la cual nadie sea excluido; una sociedad donde no se indica cuál forma de vida es la acertada, ni sostiene una única vía para la felicidad de los seres humanos.

Una sociedad donde la irracionalidad de la destrucción del ser humano y la naturaleza provocada por la racionalidad de los procedimientos económicos, no sean toleradas, por lo contrario, se afirme al ser humano como sujeto de los derechos humanos, no visto como un yo solitario, sino como una acción solidaria, entendiendo que el “asesinato” de uno es el suicidio de los demás. El vivir bien de unos no debe implicar la imposibilidad de vivir de los otros.

De esta manera, el mandato constitucional de vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los derechos humanos, individuales y colectivos, adquiere sentido.

A 25 años de la construcción institucional, podemos afirmar que la defensa de los derechos humanos no es una tarea neutra, es una acción por la construcción de una sociedad, donde se abraza a todos con respeto por el ser humano, por la naturaleza; una opción por la vida.

Pedro Callisaya Aro es defensor del Pueblo.

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