Cargos efímeros
Luis Callapino López
Como es de conocimiento público, el 13 de septiembre, los viceministros de Educación Regular (Manuel Tejerina), de Educación Alternativa y Especial (Viviana Mamani), de Superior de Formación Profesional (José Luis Gutiérrez), invitaron a las confederaciones de maestros rurales y urbanos para la socialización de la convocatoria del proceso de institucionalización de cargos directivos del Sistema Educativo Plurinacional (SEP), para 2024, 2025 y 2026.
Ello inició el 15 de septiembre y se prolongó por una semana. Y el 24 se publicó a nivel nacional la Convocatoria Pública 0001/2023 “Institucionalización de Cargos Directivos del SEP”, que se ampara en la Constitución Política, la Ley 070 Avelino Siñani-Elizardo Pérez y el Reglamento de Escalafón Nacional del Servicio de Educación, aprobado mediante el Decreto Supremo 04688, del 18 de julio de 1957; además, se sustenta en la reglamentación específica que se emitirá posteriormente.
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En ese marco, en sujeción al principio constitucional de igualdad de oportunidades, los maestros pueden postular a cargos directivos (director departamental, distrital, de unidad educativa, entre otros) sin ninguna restricción, ni veto sindical, en cumplimiento al Decreto Supremo 514 (17 de mayo de 2010) y la Sentencia Constitucional Plurinacional 0638/2023 (28 de mayo de 2013), que prohíben la valoración de vetos y procesos sindicales como causal de exclusión.
El proceso de institucionalización a cargos directivos del SEP conlleva el desarrollo de varias actividades: inscripción de postulantes en la página https://sisep.minedu.gob.bo/, aplicación del examen de competencias, calificación de méritos, defensa del proyecto de gestión, presentación de apelaciones e impugnaciones, publicación de resultados finales y la posesión de nuevas autoridades.
Estas actividades de la convocatoria deberán desarrollarse hasta la primera quincena de enero de 2024; la actividad más determinante será sin duda el examen de competencias, programado para el 11 y 12 de noviembre, su aprobación posibilitará la habilitación a las demás fases del proceso.
El objetivo del Ministerio de Educación es claro, empezar la próxima gestión educativa con nuevas autoridades institucionalizadas, que cumplirán sus funciones durante tres años, siempre y cuando no incurran en faltas y/o delitos que determinen su suspensión o destitución.
Al respecto, se cree erróneamente que un determinado cargo institucionalizado gozaría de blindaje o fuero; al contrario, es pasible a suspensión o destitución previo proceso administrativo, disciplinario o penal, como fue el caso de los directores departamentales “institucionalizados” de Educación de Potosí y de Santa Cruz.
El primero, Edwin Flores Lima, fue suspendido el 15 de noviembre de 2022, mientras que el siguiente, Edwin Huayllani Silvestre, corrió con la misma suerte el 22 de septiembre reciente. En ambos casos, el Ministerio de Educación designó oportunamente nuevas autoridades educativas: Germán Salvador Tórrez (titular) y Merlyn Luisa Ayala (interina), respectivamente. En consecuencia, queda claramente establecido que cada proceso de institucionalización deja sus secuelas, vale decir, la Convocatoria Pública Nº 0001/2020 derivó también en la renuncia del por entonces ministro Adrián Quelca.
(*) Luis Callapino López es magister en Políticas de Formación Docente