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Wednesday 15 May 2024 | Actualizado a 06:38 AM

¿Evo inhabilitado? La Sentencia 1010/2023 no falló sobre el caso

El fallo abordó un amparo sobre la convocatoria a las elecciones judiciales

La campaña por el No en en la consulta de 2016

Por Rubén Atahuichi

/ 4 de abril de 2024 / 06:31

El domingo, Evo Morales desafió al presidente Luis Arce a ir a elecciones primarias para la definición del candidato del Movimiento Al Socialismo (MAS) en los comicios generales de 2025.

“Si el Lucho gana, tengo que hacer campaña por el Lucho; si yo gano, el Lucho tiene que hacer campaña para mí”, justificó en radio Kawsachun Coca.

En el Gobierno no tomaron el guante, pero fue el ministro de Justicia, Iván Lima, quien puso el punto sobre las íes. La propuesta de primarias pretende dejar “sin efecto la Sentencia 1010/2023 y de esa manera poder participar en una elección primaria”, apuntó.

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Evo Morales

Con ese argumento, el ala arcista del MAS busca ahora cerrarle el paso a la postulación de Morales, quien fue presidente de Bolivia entre 2006 y 2009 al amparo de la vieja Constitución y elegido con la nueva Constitución en 2009 y reelegido en 2014.

¿De qué se trata la Sentencia Constitucional 1010/2023? Es un fallo del Tribunal Constitucional que abordó un recurso de inconstitucionalidad contra la convocatoria a elecciones judiciales.

“El accionante denunció la lesión de sus derechos a la libertad de expresión y a la ciudadanía (…)”, califica el documento de la sentencia —cuyo magistrado relator fue René Yván Espada Navía— al comenzar su desarrollo.

Causa

El recurrente, Miguel Ángel Balcázar, había planteado el recurso de inconstitucionalidad de la convocatoria a elecciones judiciales, del 27 de marzo de 2023, en la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Beni. Denunció específicamente el requisito de “no haber expresado posturas políticas de manera pública”.

Al abordar el caso “concreto”, el recurso de Balcázar, el TCP ve “necesario y relevante analizar las limitaciones al derecho al sufragio pasivo”. Así, aprovecha también para referirse a la repostulación de magistrados y consejeros.

Además, considera pertinente abordar “las previsiones constitucionales respecto a la reelección de autoridades en los otros órganos que componen el Estado”.

Al final, la sentencia del TCP solo determina “confirmar” la Resolución 024/2023, de 13 de abril, que demandó de la Asamblea Legislativa una nueva convocatoria, y “conceder” la tutela solicitada, en los mismos términos dispuestos por la Sala Constitucional.

En el “por tanto”, que es la sentencia, no falla sobre otra materia más que la relativa a la convocatoria de elecciones judiciales.

Sin embargo, el texto abunda con consideraciones jurídicas y teóricas sobre la reelección.

Dato

En 2016, a sabiendas del final de su segundo mandato al amparo de la Constitución Política del Estado (CPE) de 2009, el entonces presidente Morales y el MAS propiciaron un referéndum para la modificación de la Constitución.

El objetivo era buscar una segunda repostulación, una más que la permitida, con la modificación del artículo 168 de la CPE. En la votación, el 21 de febrero, el No a la modificación ganó con 51,3% de los votos frente al 48,7% del Sí.

Al no conseguir ese propósito, el MAS buscó otra vía. Acudió al TCP, cuya Sentencia Constitucional 0084/2017, del 28 de diciembre de 2017, definió la reelección indefinida como derecho humano y permitió una segunda repostulación de Morales en las elecciones del 20 de octubre de 2019.

En las consideraciones previas, la Sentencia 1010/2023 invoca la Opinión Consultiva OC-28/21, de 7 del junio de 2021, y solicitada por Colombia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos “señaló que la reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido” por las convenciones internacionales.

Argumentos

“La habilitación de la reelección presidencial indefinida es contraria a los principios de una democracia representativa”, cita el documento.

Al respecto, el texto de la sentencia recuerda que la CPE define el mandato del Presidente y del Vicepresidente por cinco años, “y con el derecho a ser elegido por una sola vez de manera continua”.

  “Entender a partir de lo previsto por el art. 168 de la CPE, luego de ser reelegido por una sola vez de manera continua, dejando un periodo, se puede nuevamente acudir al derecho de ser elegido, no es conforme a la Constitución”.

Además, analiza la forma gramatical del texto constitucional. “Si el pacto constituyente hubiera tenido otra intencionalidad, no hubiera colocado la frase de ‘una sola vez’”, argumenta.

Finalmente, las consideraciones señalan que, “desde el criterio teleológico, tampoco se puede arribar a que de manera discontinua se puede ser elegido nuevamente, puesto que el fin del Constituyente es evitar, de cualquier modo, la permanencia de un mandatario por más de 10 años”.

Al conocer la sentencia, Morales afirmó que es la prueba del “plan negro” en su contra.

Y el expresidente del país y extitular de la Corte Suprema de Justicia Eduardo Rodríguez Veltzé aclaró que la sentencia solo otorga la tutela sobre el amparo de Balcázar y que la reelección presidencial debe ser atendida por la Sala Plena del TCP.

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Tres personas son aprehendidas con casi 80 kilos de marihuana en la carretera Santa Cruz-Cochabamba

Los aprehendidos mostraron nerviosismo y contradicciones durante sus declaraciones, por lo que se procedió a la revisión del motorizado en el que se encontraban.

El motorizado en el que se transportaba la marihuana.

Por Daniel Zenteno

/ 14 de mayo de 2024 / 20:05

La Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) incautó, en un operativo en la carretera Santa Cruz-Cochabamba, casi 80 kilos de marihuana y aprehendió a tres personas y se quedó con el vehículo en el que se encontraban.

“El 12 de mayo de 2024, en la carretera antigua que conecta Cochabamba con Santa Cruz, se logró el secuestro de 79 kilos con 50 gramos de marihuana, además de la aprehensión de tres personas”, informó Jaime Mamani, viceministro de Sustancias Controladas.

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Operativo

Así, en esa oportunidad, según el viceministro, el personal antidrogas se encontraba realizando labores de “interdicción al narcotráfico”. Ahí, un vehículo llegó al punto de control a la altura de Bermejo, en la antigua carretera que conecta Santa Cruz y Cochabamba,

En el vehículo se encontraban tres personas; el conductor y dos acompañantes. Según Mamani, uno de ellos mostró bastante nerviosismo y contradicciones con sus compañeros respecto a las preguntas que realizaban los oficiales. A raíz de esos hechos, se decidió revisar el automóvil.

Marihuana

De esta manera se halló 150 paquetes, sellados al vacío, que contenían 79,5 kilos de marihuana. Los paquetes se escondieron previamente hábilmente en los costados laterales del vehículo.

“Ante la flagrancia del hecho, se procedió a la aprehensión de los involucrados y al secuestro de la sustancia y del vehículo”, establece el comunicado del viceministro de Sustancias Controladas.

Entonces. con éste, suman 9.003 aprehendidos a causa del narcotráfico en los últimos tres años, de acuerdo a los datos de este viceministerio.

El pasado viernes, Mamani presentó un informe de los resultados durante su gestión como viceministro. En aquella oportunidad ratificó el compromiso que existe en la lucha contra el narcotráfico.

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Choquehuanca solicita al TCP adelanto de sorteo de causa y resolución de la acción de defensa sobre las judiciales

Alurralde destacó que desde la Presidencia de la Asamblea existe la predisposición para generar espacios de diálogo y trabajo que contribuyan a la materialización de las elecciones judiciales,

Asamblea Legislativa. Foto: Archivo La Razón

/ 14 de mayo de 2024 / 19:38

Juan Carlos Alurralde, secretario general de la Vicepresidencia, informó que el presidente de la Asamblea Legislativa, David Choquehuanca, presentó un memorial al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) solicitando el adelanto del sorteo de causa y la resolución de la acción de defensa interpuesta en el proceso de preselección de las altas autoridades del Órgano Judicial.

“Se presentó al Tribunal Constitucional Plurinacional un memorial solicitando el adelanto del sorteo de causa para que una Sala Constitucional resuelva la revisión del fallo de la Sala Constitucional de Cobija, teniendo en cuenta la coyuntura nacional, la trascendencia y la importancia respecto al cumplimiento de las reglas del proceso democrático de elección de altas autoridades jurisdiccionales”, expresó.

Destacó que desde la Presidencia de la Asamblea existe la predisposición para generar espacios de diálogo y trabajo que contribuyan a la materialización de las elecciones judiciales, en conformidad con el orden institucional establecido en la Constitución Política del Estado.

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Respecto a las notas enviadas por los presidentes de las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural, explicó que los informes adjuntos a las notas remitidas a la Vicepresidencia no mencionan la aprobación de ningún instrumento de acción parlamentaria para la consideración y debate en el pleno de la Asamblea.

Informó además que los informes no cumplieron con ciertas formalidades establecidas en el Reglamento General de la Cámara de Diputados.

Asimismo, destacó la importancia de considerar la independencia, separación, coordinación y cooperación de los órganos de poder público, en particular el Judicial y el Legislativo, conforme a la Constitución.

“La resolución emitida por la autoridad jurisdiccional, de acuerdo con la normativa, debe ser enviada para revisión al Tribunal Constitucional Plurinacional, instancia que puede confirmar o revocar, en todo o en parte, la decisión de la autoridad judicial inferior a través de una Sentencia Constitucional, que debe ser emitida previo cumplimiento de un procedimiento”.

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El Senado anuncia ley corta para ampliar entre 30 y 40 días la preselección para las judiciales

El presidente de la Cámara de Senadores, Andrónico Rodríguez.

Por Boris Góngora

/ 14 de mayo de 2024 / 19:32

Los jefes de bancada de la Cámara de Senadores y los presidentes de las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural anunciaron el tratamiento del proyecto de una ley corta para extender los plazos, entre 30 y 40 días, para el proceso de preselección para las elecciones judiciales.

El encuentro de los senadores fue dirigido por el presidente de esa instancia camaral, Andrónico Rodríguez, quien además dijo que se insistirá que el presidente de la Asamblea Legislativa, David Choquehuanca, se involucre como manda la Constitución y cumpla su deber en este tema.

El 30 de abril, la Sala Constitucional de Pando dejó sin efecto el proceso de preselección la semana pasada, luego que la dirigente indígena y abogada Yeny Duri presentará una acción popular el 18 de abril, en el que denunció que la convocatoria de preselección no garantiza los derechos de las mujeres originarias.

La semana pasada, la Asamblea fue notificada con el fallo constitucional que dejó sin efecto el proceso y declaró la “inaplicabilidad” de la Ley 1549 (Transitoria para las Elecciones Judiciales) y el reglamento de preselección de candidatas y candidatos para la conformación del Tribunal Supremo Constitucional, el Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal Agroambiental y el Consejo de la Magistratura.

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Legisladores dan la espalda a Huaytari por la acusación de ganancias ilícitas

El presidente de la Cámara de Diputados, Israel Huaytari, es denunciado por haber incrementado su patrimonio de manera injustificada.

El presidente de la Cámara de Diputados, Israel Huaytari.

Por Daniel Zenteno

/ 14 de mayo de 2024 / 18:36

En medio de la denuncia de la Fiscalía contra Israel Huaytari, presidente de la Cámara de Diputados, por el presunto delito de ganancias ilícitas, varios legisladores, tanto del Movimiento Al Socialismo (MAS) como de la oposición le pidieron que dé un paso al costado.

“Pedir que el diputado Huaytari, primeramente, renuncie al cargo de presidente de la Cámara de Diputados y después pueda pedir licencia para seguir el proceso que se le viene solicitando”, exigió Juan José Torrez, diputado de Comunidad Ciudadana (CC) en entrevista con DTV.

El proceso contra Huaytari se denunció por la Fiscalía luego de una pesquisa de la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF). Denunciaron un presunto aumento injustificado en su patrimonio.

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Pese al respaldo ofrecido por el jefe de bancada de su partido, Jerges Mercado, otros legisladores del MAS no se solidarizaron con Huaytari.

Los senadores arcistas Andrés Flores y Felix Ajpi, coincidieron en que el presidente de la Cámara de Diputados debe dejar la presidencia de esta instancia. En criterio de los legisladores, de esta manera, Huaytari podría resolver con mayor tranquilidad el proceso en su contra.

Renán Cabezas, diputado del ala evista del MAS, argumentó que Verónica Challco, primera vicepresidenta de Diputados, podría tomar la presidencia durante la investigación a Huaytari.

“Vamos a exigir que se altere el orden del día y se incorpore un debate para tener una resolución y alejar de su cargo a Israel Huaytari, debería dar un paso al costado, ser suspendido en la Cámara de Diputados”, criticó en conferencia de prensa.

Huaytari, por su parte, insiste en su inocencia. Inclusive, propuso levantar su secreto bancario para corroborar que sus ingresos no se incrementaron.

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Por caso Decretazo, notifican a director de Chonchocoro para traslado de Camacho a Santa Cruz

La Justicia además ordena “al gobernador Chonchocoro coordinar con Régimen Penitenciario para el traslado de Camacho de La Paz a la ciudad de Santa Cruz, debiendo ser puesto bajo custodia del gobernador de Palmasola un día antes de la celebración del juicio oral”.

Luis Fernando Camacho, en la cárcel de Chonchocoro.

Por Boris Góngora

/ 14 de mayo de 2024 / 18:29

La Justicia notificó al director del penal de Chonchocoro de La Paz, mayor Marco Gonzales, con la orden para el traslado del gobernador encarcelado Luis Fernando Camacho a Santa Cruz para el inicio de su audiencia de juicio oral del 27 de mayo.

“El Tribunal de Sentencia Octavo de la Capital, dentro del marco de aplicación del nuevo Código de Procedimiento Penal, se encuentra preparando la audiencia de juicio oral… que sigue el Ministerio Público contra Luis Fernando Camacho Vaca para la presunta comisión del delito de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes… su autoridad deberá tomar las previsiones para asegurar la presencia del nombrado… el lunes 27 de mayo a horas 08.15”, señala parte de la notificación.

La notificación se realizó el jueves 9 de mayo por el Tribunal de Sentencia Octavo, que además ordena “al gobernador de Chonchocoro coordinar con Régimen Penitenciario para el traslado de Camacho de La Paz a la ciudad de Santa Cruz, debiendo ser puesto bajo custodia del gobernador de Palmasola un día antes de la celebración del juicio oral”.

En el caso Decretazo, Camacho está imputado por la supuesta comisión del delito de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, eso por la aprobación de un decreto departamental antes de un viaje a Brasil, en marzo de 2022.

Entonces, la autoridad cruceña encargó sus funciones al secretario de Gestión Institucional, Miguel Ángel Navarro. Pero según el Estatuto Autonómico de Santa Cruz, esa responsabilidad le correspondía al vicegobernador Mario Aguilera. Con ese fin, Camacho promulgó el 9 de marzo el Decreto Departamental 373.

El director de Régimen Penitenciario, Juan Carlos Limpias, pidió a la Justicia que se llegue a un análisis más profundo, respecto al traslado de Camacho a Santa Cruz, esto en razón a la seguridad del privado de libertad, como de sus custodios.  

“Insistimos como administración penitenciaria… que se llegue a un análisis más profundo, respecto a todos los elementos que ha dado este centro penitenciario. Hay una responsabilidad respecto al cuidado (para que) no haya algún tipo de agresiones, no solo al privado de libertad, sino estamos encargados de precautelar la integridad física, la vida, la salud de cada privado de libertad, pero no solamente eso, sino también la responsabilidad del director de este centro penitenciario es precautelar por la seguridad de sus mismos policías”, dijo Limpias a Unitel.

Señaló que se va a esperar lo que diga la Justicia y que en el transcurso de los días se informará lo que se vaya desarrollando.

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Martín Camacho, defensa del gobernador cruceño, señaló que “no hay una excusa” para el traslado de la autoridad cruceña.

“En realidad, es una obligación, no es una posibilidad. La Ley 2298 en su artículo 110 (señala que) no es una obligación del director nacional, sino del director de cada centro penitenciario el cumplir con las órdenes judiciales para los traslados a las audiencias, en este entendido, no hay una excusa que se pueda presentar”, dijo el jurista.

Añadió que los informes a los que hace referencia Limpias fueron presentados el 11 de marzo y los mismos fueron valorados por el Tribunal de Sentencia.

“(Esos informes) fueron considerados como superfluos para no dar conocimiento a una orden judicial, en este entendido lo único que está haciendo es fortalecer el error, pero además instigar a que se cometa incumplimiento de deberes por parte del mayor Gonzales”.

El gobernador cumple detención preventiva en Chonchocoro por el caso Golpe de Estado I, desde diciembre de 2022. Este proceso indaga el derrocamiento del presidente Evo Morales en noviembre de 2019, cuando renunció asfixiado por denuncias de fraude electoral, protestas cívicas lideradas precisamente por Camacho, un motín policial y la presión de los militares.

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