Nuevas tasas para el crédito de vivienda rigen desde el 23
Normativa. Se eliminará el cobro de la tasa de referencia (TRe)
Las nuevas tasas de interés para el crédito de vivienda social rigen desde este lunes en todo el sistema financiero nacional, luego de que el Gobierno aprobara el decreto supremo que reglamenta un punto clave de la Ley de Servicios Financieros.
El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce, indicó ayer que la norma se publicará a más tardar el lunes en la Gaceta Oficial. “Y como es la normativa, a partir de la publicación entra en vigencia estas características que hemos mencionado”, dijo la autoridad en rueda de prensa.
El decreto que reglamenta el régimen de tasas de interés para vivienda social y los niveles mínimos de cartera fija una tasa de interés del 5,5% para una casa de hasta 255.000 UFV (Bs 483.528). La tasa para préstamos hasta 380.000 UFV (Bs 720.552) será del 6% y hasta 460.000 UFV (Bs 872.247) no deberá exceder del 6,5%. El cálculo en moneda nacional se hizo con base en la cotización de la UFV del 20 de diciembre.
El ministro Arce ratificó que las nuevas tasas de interés (5,5%, 6% y 6,5%) serán los topes máximos y no se podrán indexar a esos límites la Tasa de Referencia (TRe), como ocurría en el antiguo sistema de créditos.
La TRe es un referente promedio que obtiene el Banco Central de Bolivia (BCB) de las tasas que pagan las entidades financieras por los Depósitos a Plazo Fijo (DPF). Si esta tasa sube, inmediatamente se la aplica al interés que se cobra por los préstamos.
Sueldos. El 10 de diciembre, en una entrevista con La Razón, el viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén Suárez, ratificó que las tasas fijadas para el sistema financiero nacional son de estricto cumplimiento y no dan margen a negociar esos porcentajes. Tampoco se adicionará la TRe a este tipo de créditos, lo que hacía más oneroso su pago.
Arce afirmó que las tasas de interés son homogéneas para todo el sistema financiero nacional. “El crédito de vivienda es homogéneo para todos, la técnica que se utiliza es similar para una persona que utiliza la mutual, banco o una financiera y van a tener estas tasas de interés. No hay diferenciación por institución”, manifestó.
Citó como ejemplo que antes de la reglamentación de la Ley de Servicios Financieros, las entidades otorgaban a sus clientes préstamos a tasas desde 5,5% hasta 10%, pero a la larga éstos llegaban a pagar unos dos o tres puntos porcentuales más debido a que se incluía la TRe. (Ver infografía)
Arce ratificó que las personas que ganen de Bs 7.500 para abajo tendrán un interés de 5,5%. Los que tienen un salario de hasta Bs 10.500, su tasa de interés será de 6,0%, y los que ganan de Bs 10.500 para arriba la tasa será del 6,5%. Dijo que con esta norma se da la oportunidad de que la población pueda tener acceso a una vivienda propia, la refacción de sus instalaciones o un anticrético. “Dependiendo de cada caso se estructurará un plan de pagos”, acotó.
El Gobierno hizo conocer el decreto a los principales gremios que agrupan a las entidades financieras y les aseguró que no afectará a su rentabilidad.
Arce reiteró ayer que están garantizadas las ganancias para el sector financiero. “Está garantizada la rentabilidad de los bancos en la norma, pero no era correcto que los bancos tengan una alta ganancia en la gente (sic)”. Según una proyección de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi), las utilidades del sector cerrarán este año en Bs 1.453 millones.
Tasas para el ahorro
Mínimos
El ministro de Economía, Luis Arce, anunció ayer que el próximo decreto reglamentario será para regular las tasas de interés pasivas (para el ahorro). Actualmente, los intereses que pagan los bancos por los depósitos del público fluctúan entre 0,01 y 2,04%. En las microfinancieras el máximo es 1,99%.
Norma permite renegociar préstamos
El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas incluyó en el decreto supremo que reglamenta las tasas de interés para la vivienda social, una disposición transitoria que permite a los prestatarios renegociar sus préstamos antes de la emisión de la norma, en base a las nuevas tasas de interés.
“Hay una cláusula en el decreto, en la disposición transitoria tercera que establece que los clientes que tienen deudas crediticias actuales, que reúnan las características de crédito de vivienda social establecidas en nuestra ley y decreto, podrán solicitar a las entidades financieras el beneficiarse con estas condiciones de crédito de tasas de interés”, precisó el ministro del área, Luis Arce.
La Razón informó el 12 de diciembre que los prestatarios de créditos de vivienda podrán renegociar sus deudas con las entidades financieras luego de que se apruebe el decreto reglamentario.
“La ley rige hacia adelante, no rige hacia atrás; entonces, las personas que ya tienen un crédito no van a poder automáticamente pagar su tasa de interés, pero van a poder negociar con su banco”, manifestó entonces el viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén Suárez. La autoridad advirtió que si la entidad no les da esa posibilidad, “se van a tener que ir a otro banco”.