Aduana reitera que el jet ‘abandonado’ es contrabando y que no será devuelto a sus dueños
Marlene Ardaya, titular de la Aduana, explicó que esa medida se adoptó de acuerdo a lo estipulado en la Ley General de Aduanas de 1999 sobre mercancías que pueden admitirse temporalmente.
Para la Aduana Nacional de Bolivia (ANB), el jet Super Mid-Size- Gulfstream GIII ‘abandonado’ en el aeropuerto de Viru Viru tiene tipificación de contrabando por no regularizar su estadía en el país y, bajo esa tipificación y sobre la base de normativas nacionales e internacionales, no será devuelto a sus propietarios.
“Ya lo hemos ratificado, no se va a devolver (…) la posición de la administración aduanera es clara: es una avión de contrabando”, sostuvo la titular de la entidad fiscalizadora, Marlene Ardaya, en una entrevista con el Cristo Tv, en el marco del estreno de operaciones en el nuevo recinto Patacamaya.
La autoridad aduanera explicó que esa medida se adoptó de acuerdo a lo estipulado en “la Ley General de Aduanas de 1999. En el artículo 163 habla justamente de la internación temporal de cualquier tipo de mercancías y textual dice aviones”.
Sin embargo, ese acápite referido a las “mercancías que pueden admitirse temporalmente” se encuentra registrado en el Reglamento de Ley General de Aduanas.
La anterior semana se conoció que el avión fue declarado en abandono e incautado por la Aduana. A los opositores del gobierno les llama la atención la celeridad con la que actuó la Aduana y sospechan que el Gobierno ocultó información.
De acuerdo con los datos de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), la aeronave Super Mid-Size- Gulfstream GIII, con matrícula N557 JK, había llegado al aeropuerto de Vuri Viru el 7 de abril de 2017. Ese mismo mes, los responsables pidieron autorización para dejar el país en dos ocasiones, pero ese cometido no se cumplió por problemas técnicos.
Ardaya explicó que la aeronave estaba 30 días en poder de la DGAC de forma legal, pero, tras ese periodo, no hizo el trámite en la Aduana “y cualquier administración del mundo requiere pues de un permiso de internación temporal” que en el caso de Bolivia hubiera alcanzado hasta los dos años.
“Solo requiere el trámite administrativo con una declaración realizada por un agente despachante. En la medida que esto se iba a dar pues tenía el permiso correspondiente, además de poner una póliza de garantía por los tributos en cuanto a IVA (Impuesto al Valor Agregado), ICE (Impuesto a los Consumos Especificos) y el gravamen arancelario”, explicó.
Sin embargo, la DGAC informó el lunes que recién el 26 de febrero de este año, tras más de seis meses del último trámite, en agosto, de los responsables de la aeronave, envió una nota a Ardaya para informarle que “se encontraba parqueada en plataforma comercial del aeropuerto El Trompillo” y que “desconocía si el operador cumplió con los requisitos exigidos por la Aduana para su permanencia” en el país.
El 30 de abril, la fiscalizadora responde a la DGAC y explica “que verificó que la aeronave no contaba con la correspondiente Admisión Temporal, motivo por el cual de forma inmediata se procedió al comiso de la aeronave y la emisión de la Resolución Administrativa de Adjudicación de Mercancía Comisada a favor del Ministerio de la Presidencia”. (11/07/2018)