Gobierno prevé en decreto retroactividad en provisión de información para lucha contra la corrupción
La administración del presidente Evo Morales aprobó el decreto reglamentario que establece que las entidades requeridas deberán proporcionar información registrada con anterioridad a la publicación de la norma
El Gobierno reglamentó la labor del Sistema Integrado de Información Anticorrupción y Recuperación de Bienes del Estado (SIIARBE) y estableció la retroactividad para que las entidades públicas y privadas faciliten información con fines de lucha contra este flagelo. La entidad, entre otros aspectos, coadyuvará en la verificación de oficio de declaraciones juardas de funcionarios públicos.
El decreto 2065 del 23 de julio reglamenta los alcances, organización interna, atribuciones y procedimientos del SIIARBE, unidad multidisciplinaria dependiente del Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, que tiene por objeto la centralización e intercambio de información, a través de la gestión de información en línea y parametrizada.
La ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas `Marcelo Quiroga Santa Cruz` estableció la creación del brazo técnico para centralizar e intercambiar información de las entidades relacionadas con la lucha contra la corrupción para diseñar y aplicar políticas y estrategias preventivas, represivas y sancionatorias.
El ámbito de aplicación del decreto está dirigido a las entidades públicas y privadas que poseen información de actuales y exservidores públicos sobre sus declaraciones juardas, como de personas naturales y jurídicas denunciadas o vinculadas a denuncias de corrupción ante la cartera de lucha contra ese flagelo.
Entre las obligaciones del SIIARBE está el “coadyuvar en la verificación de oficio de declaraciones juradas de bienes y rentas a través del procesamiento de información en línea y parametrizada (datos establecidos y acordados entre el Ministerio y las instituciones tenedoras, que serán solicitados y entregados como información en línea)”.
Las entidades públicas o privadas deben facilitar registros o bases de datos de utilidad para fines de las entidades especializadas en la lucha contra la corrupción, según la disposición legal firmada por el presidente Evo Morales y su gabinete ministerial. Fija la retroactividad para cumplir con esta norma y entregar información.
“Las entidades requeridas deberán proporcionar información en línea y parametrizada, registrada con anterioridad a la publicación del presente Decreto Supremo para el cumplimiento de las atribuciones y competencia de las entidades especializadas en lucha contra la corrupción”, refiere el artículo 9 del decreto.
Además establece la reserva de información de los funcionarios que trabajan en esta materia, incluso una vez hayan dejado sus funciones. De la misma forma las entidades públicas y privadas a las cuales se solicita información en línea y parametrizada, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los nombres o razón social de las personas jurídicas o naturales sobre las cuales se hubiera solicitado información, por tratarse de información confidencial y de uso y procesamiento exclusivo de las entidades especializadas en la lucha contra la corrupción.