Derecho a renunciar
En los hechos, el TSE está forzando a Barriga a ser candidata, o al menos figurar como tal, contra su voluntad.
Desnudando más todavía la crisis interna del Partido Demócrata Cristiano (PDC) y la fragilidad de sus principales candidaturas, el Tribunal Supremo Electoral rechazó la renuncia de Paola Barriga, postulante a la vicepresidencia de ese partido político. La todavía candidata exigió el respeto a su “derecho humano” a renunciar. Y anunció acciones legales. Lo claro es que Barriga estará en la papeleta electoral.
La secuencia de hechos es conocida y a estas alturas figura en el anecdotario de los comicios en Bolivia. El PDC, con personalidad jurídica desde 1987, prestó la sigla al expresidente Jaime Paz Zamora como principal candidato (ya lo había hecho en las elecciones de 2014 con Jorge Quiroga). Y eligió a una abogada poco conocida como acompañante de binomio. Ambos fueron habilitados en las primarias del 27 de enero, con apenas 1.308 votos de sus más de 28.000 militantes. Ambos renunciaron después.
En el caso de Jaime Paz, el TSE rechazó en primera instancia su renuncia en cumplimiento de la Ley de Organizaciones Políticas. Pero luego permitió su sustitución mediante un atajo hacia la Ley del Régimen Electoral. El partido no presentó sus documentos y el candidato fue inhabilitado. Igual procedimiento se siguió en el caso del renunciante vicepresidencial de la alianza Bolivia Dice No. En rigor, esta decisión dejó sin efecto el carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio de las primarias.
Hasta ahí el PDC, en medio de la pugna entre dos grupos irreconciliables, logró afrontar la sustitución de su candidato presidencial. Y en lugar del expresidente eligió al médico coreano-boliviano Chi Hyun Chung, quien para salir del anonimato y tener atención mediática lanzó mensajes discriminatorios. En ese marco se produjo la renuncia de la candidata, de quien Chi dijo que tenía “psicología de dueña de casa”. Ni Chi, ni antes Paz Zamora, ni la dirigencia partidaria tomaron en serio a Barriga.
¿Por qué el TSE rechazó la renuncia de Barriga y, en los hechos, la está forzando a ser candidata –o al menos figurar como tal– contra su voluntad? Porque además de habilitarse en las primarias, formalizó su candidatura con la entrega de todos sus documentos. No fue inhabilitada, pues, por lo que no correspondía su sustitución.
Además, la presentación de su renuncia se produjo fuera del plazo legal. El PDC se quedó con la sustituta designada y se limitó a pedir al TSE que no los perjudique.
Con estas decisiones personales, partidarias e institucionales, en la papeleta electoral del 20 de octubre, cuya impresión lleva una semana de retraso por este caso, estará el nombre de Paola Lorena Barriga Machicao junto con Chi en la franja correspondiente al PDC. Es probable, para seguir abonando esta historia crítica de una organización política tradicional, que la “candidata” a vicepresidenta haga campaña en contra del candidato presidencial. ¿Y el derecho a renunciar? Por ahora, en demanda.