Postrimería
Luis Callapino López
La consolidación de la reprogramación del Calendario Escolar 2023, por parte del Ministerio de Educación, ratifica la culminación de la gestión curricular para el venidero viernes 8 de diciembre, en unidades educativas fiscales, privadas y de convenio.
La reprogramación en el Subsistema de Educación Regular responde a la necesidad de cumplir los 200 días hábiles de planificación, desarrollo y evaluación curricular, como lo dispone el artículo 6 de la Resolución Ministerial 001/2023 “Normas Generales para la Gestión Educativa”.
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En ese marco, el limitado tercer trimestre cuenta con aproximadamente siete semanas, para cumplir los objetivos del subsistema regular, que se enmarca principalmente a desarrollar y consolidar en los estudiantes conocimientos teórico-prácticos de carácter científico humanístico y técnico-tecnológico productivo para su desenvolvimiento en la vida y la continuidad de estudios en la educación superior de formación profesional.
Así también se deberá cumplir con los objetivos holísticos y perfiles de salida del nivel (inicial, primaria y secundaria), de los campos y áreas de saberes y conocimientos, los que en teoría deberían determinar que la o el estudiante sea o no promovido al año de escolaridad (curso) inmediato superior.
En ese orden, según el currículo base aprobado mediante Resolución Ministerial 1040/2022, los objetivos holísticos orientan los procesos educativos descolonizadores, comunitarios y productivos que desarrollan capacidades, cualidades y potencialidades de los estudiantes, bajo las dimensiones del ser, saber, hacer y decidir.
En la misma dirección, los perfiles de salida son las capacidades, cualidades y potencialidades alcanzadas por los estudiantes al concluir un determinado nivel de los procesos educativos en el marco de los objetivos holísticos del Subsistema de Educación Regular.
Por consiguiente, en la postrimería de la gestión escolar 2023 es imperante la concreción responsable de las actividades pedagógicas de los cuatro momentos metodológicos (práctica, teoría, valoración y producción) de los planes de desarrollo curricular del tercer trimestre que posibiliten el cumplimiento (parcial y/o total) de los objetivos holísticos y los perfiles de salida.
En tal sentido, es menester subrayar que el cumplimiento de los objetivos holísticos y perfiles de salida no solamente es responsabilidad de los maestros; al contrario, involucra a las autoridades (directores), estudiantes, madres y padres de familia. Así lo dispone el artículo 10 del Reglamento de Evaluación de Desarrollo Curricular del Subsistema de Educación Regular, aprobado mediante Resolución Ministerial 0473/2021.
(*) Luis Callapino López es magister en Políticas de Formación Docente