La ‘Ley Familia’ de Santa Cruz
El miércoles 6 de diciembre, la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz aprobó la Ley de Protección Integral de la Vida y la Familia, vulnerando todos los avances legislativos y constitucionales que protegen los derechos humanos de las personas. Esto en lo nacional puede ser asumido como un hecho anecdótico, casi provinciano, impulsado por una élite política anacrónica, que no se condice con la gran diversidad de relaciones multiculturales de Santa Cruz. Sin embargo, no es desdeñable analizar esta visión de mundo de la ley que se jacta de promover un “enfoque pro vida y pro familia”.
La ley pone en el centro de su protección a la “familia natural” que supuestamente debe ser defendida. Esta familia se entiende compuesta por un hombre y una mujer con el fin de procrear. ¿Y cuáles son los ataques que esta forma de unión estaría sufriendo? Pues la ley propone penalizar todas las acciones que “promuevan la familia como causa de la violencia estructural, la aversión al matrimonio, a la maternidad y la deconstrucción de la familia natural”.
Pero esa unión no es promovida en igualdad de condiciones, puesto que se plantea fomentar el acceso a una fuente laboral al “padre natural”, quien estaría a cargo del hogar y sería su principal proveedor, rechazando imposiciones sociales que reproducen la idea estereotipada de que “el hombre es intrínsecamente violento y que por tal motivo no puede ser la cabeza del hogar, naturalizando la desintegración de la familia”. Para decirlo en corto: el Estado solo debe proteger a la familia donde el hombre es el exclusivo proveedor y tiene todo el poder de ser cabeza del hogar.
Reconociendo la procreación como única función de esa “familia natural”, por supuesto la ley arremete contra la posibilidad de las mujeres de decidir sobre sus cuerpos, proponiendo “impulsar la protección del derecho a la vida desde la concepción”. Esto se ratifica con el mandato de un sistema público de salud que procure “salvar la vida del ser humano por nacer”, apoyando “el respeto a la libertad de consciencia de los médicos, enfermeras y paramédicos a que se resistan a realizar prácticas abortivas”. Así, la ley no solo niega lo mandado por la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014, sino promueve una objeción de conciencia que en la mayor parte de los casos impide el acceso efectivo de las mujeres a los servicios de salud sexual y reproductiva.
Por supuesto la ley promueve un disciplinamiento integral de las mujeres, planteando como función del Estado promover “el trabajo, prudencia, fidelidad, humildad, ternura, protección y fe, como núcleo fundamental de la sociedad”. Para muchos esto puede parecerles una broma de mal gusto, o un retorno al oscurantismo de la Edad Media, pero el espíritu de la normativa no se detiene allí, sino se amplía hacia los hijos. Así, los padres tienen el derecho a “la corrección de sus hijos” y a elegir la educación que consideren conveniente “de acuerdo con sus convicciones, opiniones, pensamientos, valores, culto o religión”. Se borra así de un plumazo todos los derechos de los niños y niñas, y la educación integral en sexualidad.
¿Y quién imaginan ustedes que estará a cargo de la implementación de la ley? Acertaron, una nueva institucionalidad creada bajo el pomposo rótulo de “Consejo Departamental de la Vida y la Familia” compuesto, entre otros miembros, por la Iglesia Católica, la Iglesia Evangélica, el Comité pro Santa Cruz y el Comité Cívico Femenino.
Las mujeres bolivianas libres y en ejercicio de nuestros derechos humanos, no podemos (y no queremos) imaginar la sociedad que esta visión nos propone desde Santa Cruz. Es rol del Estado nacional poner límites a estas iniciativas que solo consolidan un retroceso en el pacto social promovido por la Constitución Política del Estado.
Lourdes Montero es cientista social.