Abogados de Goni a los demandantes: ‘No proclamen victoria’
Aseguran que la decisión del jurado ciudadano conocida el martes, que favoreció a los demandantes y fijó un resarcimiento de unos $us 10 millones, puede quedar sin efecto porque existen recursos, como la Regla 50, que pueden servir para anular esa decisión.
En el juicio civil a Gonzalo Sánchez de Lozada y Carlos Sánchez Berzaín restan pasos procesales. En ese marco, sus abogados divulgaron un comunicado en el que plantean a los familiares de las víctimas de Octubre de 2003 “que no proclamen victoria” porque el veredicto que los halló culpables por las muertes de ese suceso aún se puede revertir porque no es “una decisión final”.
Explican que la decisión del jurado ciudadano conocida el martes, que favoreció a los demandantes y fijó un resarcimiento de unos $us 10 millones, puede quedar sin efecto porque existen recursos, como la denominada Regla 50, que pueden servir para anular esa decisión.
“El veredicto que el jurado ha emitido el 3 de abril no es la decisión final del tribunal. El caso continúa y la Corte específicamente ya había advertido a los demandantes y a sus abogados que no proclamen victoria en base al veredicto del jurado debido a que el mismo no es la decisión final. (Transcripción del Juicio p. 41, líneas 4 a 12, 28 de Marzo de 2018)”, se cita en la nota fechada este 6 de abril.
“Consistente con sus declaraciones de marzo 28, la Corte no emitió sentencia final en nuestro caso. En lugar de ello, solicitó a las partes presentar por escrito argumentos suplementarios a fin de considerar nuestra moción de descartar la demanda o anular el caso en aplicación de la Regla 50 de las normas federales de Procedimiento Civil”, añaden los juristas.
En una entrevista concedida a la edición impresa de La Razón que se publica este viernes, el abogado de las víctimas de Octubre de 2003, Thomas Becker, admitió que la Regla 50 abre la posibilidad de que el juez James I. Cohn “decida el juicio” y pueda “ratificar o no la decisión del jurado”.
No obstante, precisó que si desoye el veredicto ciudadano “sería raro” porque “no se da a menudo”. De darse esa posibilidad, los demandantes apelarán la premisa, anticipó el representante de los demandantes.
“Él (juez) quiere ver el enlace legal que hay entre los hechos de 2003 y los demandados. Entonces todavía no está seguro de que hay un enlace legal, tenemos varios elementos, el juez va analizar. Nosotros creemos que sí hay un vínculo y vamos a demostrar eso”, indicó.
Se conoce de manera preliminar que las pruebas por escrito deben ser presentadas hasta el 11 de abril para que el magistrado de la corte de Fort Lauderdale de Florida, en Estados Unidos, haga su análisis.
Está fijada una nueva audiencia para el 4 de mayo en la que el juez expondrá su análisis ante las partes y se pronunciará sobre la moción 50 que interpusieron las exautoridades.
¿Qué es la Regla 50?
Los abogados de Sánchez de Lozada y Sánchez Berzaín explicaron que “es una norma bien establecida en la justicia americana que permite a un juez anular un caso cuando la evidencia es insuficiente para poder sustentar una decisión razonable del jurado en favor de los demandantes”.
Para la defensa de las exautoridades bolivianas que son prófugas de la justicia boliviana, “los abogados de los demandantes ya admitieron que no existieron órdenes de nuestros defendidos para disparar y matar civiles desarmados”.
Además, consideran que “no existen evidencias” de un plan “para utilizar fuerza letal contra la población civil” y “el veredicto del jurado es inconsistente porque ellos mismos encontraron que las muertes no fueron causadas de forma ‘deliberada o intencionalmente’ por un soldado boliviano”, tal como han denunciado los demandantes en ese tribunal del Estado Florida.
“Creemos que el veredicto del jurado será descartado cuando la ley sea correctamente aplicada”, señalan la defensa.
(06/04/2018)